La Fiscalía pide al Supremo que suspenda el régimen de semilibertad de todos los condenados del 'procés'
Comparecencia de los condenados tras la suspensión del tercer grado en una foto tomada el jueves. Foto: EP.

Por una cuestión de interpretación jurídica, los 7 condenados varones por el «procés» vuelven a prisión y las 2 mujeres siguen en libertad

31 / 07 / 2020 01:45

Actualizado el 31 / 07 / 2020 11:07

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María Jesús Arnau Sala, titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Cataluña, y Jesús Ignacio Moncada Ariza, magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de la misma jurisdicción, tienen la misma edad, 67 años, el mismo tiempo de ejercicio de carrera, 28 años, y ejercen un destino con funciones idénticas.

Sin embargo, no interpretan la ley de la misma manera.

Esa es la razón por la que Arnau Sala, ha anulado el tercer grado concedido a los siete presos varones, el exvicepresidente de la Generalidad, Oriol Junqueras, los exconsejeros Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull, el exlíder de la Asamblea Nacional Catalana, Jordi Sánchez, y el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, los cuales cumplían condena en la prisión de Lladoners, Barcelona, que es de su competencia.

Arnau Sala respondió de esa manera, de un modo previsible, al recurso de alzada que la Fiscalía Provincial de Barcelona había interpuesto, solicitando la suspensión del tercer grado a todos ellos, concedido previamente por la consejera de Justicia, Esther Capella, a propuesta de Instituciones Penitenciarias de la Generalidad de Cataluña.

La magistrada compartió la interpretación de la Fiscalía, asimilando dicho recurso de alzada a un recurso de apelación.

La Fiscalía argumentó en su recurso que los condenados siguen sin reconocer el delito, y que no habían superado “ningún programa específico de tratamiento a fin de paliar tal déficit”, por lo que “no se cumplen los fines de prevención general y especial de la pena”. 

Arnau Sala ha tenido muy presente el reciente auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por el que se declaró competente para decidir sobre los recursos de apelación sobre la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que los 9 condenados disfrutaron antes de que se les concediera el tercer grado. Competente para la aplicación de dicho artículo y para el tercer grado. 

La anulación, en el caso de Forcadell, del 100.2 se debió a la falta de justificación de la decisión y la desconexión con la reinserción.

EL MAGISTRADO DISCREPANTE

La competencia de su compañero Moncada Ariza, de Vigilancia Penitenciaria 5, por su parte, se extiende a las cárceles de Wad-Ras y Puig de les Basses, donde cumplen condena la ex presidenta del parlamento autonómico, Carme Forcadell, y la exconsejera Dolors Bassa.

Moncada Ariza cree que no procede hacer la interpretación de su compañera Arnau Sala porque el recurso de alzada de la Fiscalía pertenece a otro momento procesal distinto, que será cuando presente el consiguiente recurso de apelación.

Esa es la razón por la que Junqueras, Romeva, Forn, Turull, Rull, Sánchez y Cuixart, han regresado al segundo grado –prisión–  y Forcadell y Bassa permanecen en semilibertad, teniendo que ir a dormir a las respectivas prisiones de lunes a jueves.

Pero esa situación no es permanente.

Moncada Ariza les ha dado diez días para que sus abogados le presenten las alegaciones pertinentes. Después se abrirá el plazo para el recurso de apelación.

Todo parece indicar que las dos condenadas seguirán los mismos pasos que sus compañeros varones, teniendo en cuenta el auto del Supremo, confirmando su competencia sobre cualquier cambio de estado que se decida dar a los condenados. 

El Alto Tribunal recordó en ese auto una obviedad –que en Cataluña parece haberse olvidado– sobre su sentencia: “Una vez alcanzada su firmeza, ya no pueden ser objeto de reinterpretación ni por el penado ni por terceros. Esta resolución es el incontrovertido punto de partida para el cumplimiento de la pena y, en consecuencia, para el modo de ese cumplimiento, que ha de discurrir por los cauces previstos en la legislación penitenciaria que, por otro lado -y esto es otra obviedad- no pueden ser utilizados en fraude de ley y para mostrar un desacuerdo más o menos encubierto con la condena impuesta”.

A principios de julio, los cuatro fiscales del ‘caso procés’, Jaime Moreno, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena. dijeron que el Supremo debía ser el tribunal de apelación contra la decisión de pasar a los condenados al tercer grado.

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