¿Qué se entiende por acoso escolar o bullying?

¿Qué se entiende por acoso escolar o bullying?

La violencia en los centros educativos es un fenómeno que ha adquirido desde los años setenta una gran importancia en países como Estados Unidos o el Reino Unido, aunque, por desgracias, cada vez se habla más de él en nuestro país.

El acoso escolar comenzó a ser un problema social en España tras el caso de Jokin Zeberio, un chaval de 14 años que, en septiembre de 2004, no aguantó más las afrentas, burlas y agresiones de sus compañeros de clase y decidió acabar con su vida.

Esa muerte de este joven marcó un antes y un después en la consideración social del acoso escolar. Ese día los abusos entre iguales dentro de la escuela dejaron de considerarse «cosa de críos». Y pasó a judicializarse cada vez más.

Tras un largo periplo judicial, en 2001, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco condenó a pagar 10.000 euros a los padres de cada uno de los siete menores que fueron declarados culpables de acosar a Jokin, pero eximió al centro educativo.

Desde el punto de vista penal, al acoso escolar tiene su encaje en el artículo 173 del Código Penal dentro de los delitos contra la integridad moral, resultando de aplicación la  Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

Se entiende por acoso escolar cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico, producido entre escolares, de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Consiste, normalmente, en intimidar, someter, amedrentar emocional e intelectualmente a la víctima, a través de burlas, insultos, amenazas, agresiones físicas. Esto es lo que desde muchos medios de comunicación se define como Bullying, del inglés bull, que significa matón.

La escuela debería ser siempre un espacio en el que sentirse seguro. Sin embargo, para muchos niños, la escuela se ha convertido en la fuente de un tipo de violencia del que son víctimas y que ejercen sus propios compañeros, se trata del acoso escolar o bullying.

Como su nombre indica, el acoso escolar, ocurre en el aula, en los lavabos o en el patio de los centros escolares. Y por eso, los centros docentes también pueden llegar a tener responsabilidad civil y no sólo los padres o tutores legales del menor.

En la Instrucción 10/2005 de la Fiscalía general del Estado. Sobre el tratamiento del acoso escolar desde el sistema de justicia juvenil se establece que «hay acoso escolar cuando hay una desigualdad jerárquica continua en el tiempo, por el cual uno de ellos tendría el papel de dominante y el otro adquiriría el papel de sumiso a través de diferentes agresiones físicas, amenazas o faltas de respeto, siendo habitual la concurrencia de estas. En estos casos ha de haber dolo en las agresiones físicas, verbales o psicológicas y, considera, que es habitual la manifestación en grupo ya que genera más fortaleza entre estos».

RESPONSABILIDAD DE LOS CENTROS

En España ya existe jurisprudencia en la responsabilidad civil de los centros educativos ante el acoso escolar. Los centros pueden ser condenados por omisión del deber de cuidado y muchos colegios han visto sentarse a la dirección en el banquillo de los acusados por mirar para otro lado ante las situaciones de acoso. Muchas escuelas han recibido sentencias condenatorias, mientras otras muchas han elegido la conciliación y evitando así el proceso judicial.

Las personas y entidades que sean titulares de un centro responden por los daños y perjuicios que causen los alumnos menores de edad durante los periodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo control y vigilancia del profesorado.

En este sentido conviene recordar que los niños menores de 14 años son inimputables, lo que hace que los padres una vez han agotado todas las vías administrativas para poner fin al acoso de sus hijos se inclinen por denunciar a la escuela por omisión del deber de cuidado.

La mayor parte de las sentencias condenatorios sobre este asunto insisten en que  la actitud de los docentes había sido pasiva, olvidando “su labor educativa, formativa y disciplinaria de los alumnos que tienen bajo su control, así como la obligación de garantizar el bienestar físico y psíquico, dentro y fuera de las aulas”.

Y es que todos somos un poco responsables de la educación de los menores. Y no conviene olvidar que el acoso entre iguales, para entendernos, entre chicos y chicas con edades parecidas, es un fenómeno sostenido de abuso de poder, maltrato y exclusión social. Y que en menor medida, daña la convivencia escolar, y deteriora el clima de seguridad y confianza necesario para el progreso intelectual, afectivo y moral de los escolares.

Pero, que en sus formas más crueles, como el hostigamiento continuado o las agresiones constantes, puede tener efectos devastadores para la víctima, que tardará años en recuperarse.

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