La juez decana de Madrid mantiene las restricciones de acceso del público a las sedes judiciales de la capital por el coronavirus
El acceso al edificio sólo se autoriza 15 minutos antes de la hora de la citación. Foto: Carlos Berbell

La juez decana de Madrid mantiene las restricciones de acceso del público a las sedes judiciales de la capital por el coronavirus

Solo se permite el acceso a los particulares con cita previa, y a los profesionales se les ruega que lo limiten a aquellas actuaciones que no puedan resolver por vía telefónica o por correo electrónico
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02/9/2020 10:26
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Actualizado: 02/9/2020 10:30
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La juez decana de Madrid, la magistrada María Jesús del Barco, ha acordado mantener las medidas restrictivas y de control de accesos y aforo de los edificios judiciales de Madrid establecidas en las resoluciones 232/2020 y 274/2020 para evitar la propagación del coronavirus.

Así lo ha establecido en el acuerdo gubernativo 376/2020, dictado ayer.

María Jesús del Barco, magistrada-juez decana de de Madrid. Foto: ICAM.

El pasado 18 de mayo, Del Barco dispuso en el acuerdo gubernativo 232/2020, que solo podrán acceder a los edificios judiciales aquellas personas que acrediten y justifiquen documentalmente que han sido citadas para comparecer ante un juzgado.

El acceso al edificio sólo se autoriza 15 minutos antes de la hora de la citación.

Cuando la citación se haya hecho por vía telefónica, el juzgado debe comunicar el nombre y la hora de la misma al servicio de seguridad del edificio mediante la remisión de un correo electrónico antes de las 15:00 horas del día hábil anterior.

En dicho acuerdo, la juez decana de Madrid pide a los profesionales que limiten su acceso a las sedes judiciales a aquellas actuaciones que no puedan resolver por vía telefónica o por correo electrónico.

El pasado 9 de junio, Del Barco dictó otro acuerdo gubernativo, número 274/2020, por el que se permite el acceso a los particulares a las sedes judiciales para la presentación de escritos, siempre que estos documentos estén ya redactados e impresos y a los solos efectos de su presentación y sellado.

Este es el caso de los particulares que comparecen en aquellos procedimientos donde no es preceptiva la asistencia de abogado y/o procurador.

María Jesús del Barco señala en su último acuerdo que «las circunstancias sanitarias actuales aconsejan mantener estas medidas restrictivas de acceso pues son numerosos los brotes de contagios que se están produciendo, cada día, en la Comunidad de Madrid».

La resolución ya ha sido notificada a la empresa que se encarga de la seguridad de los edificios judiciales para que adopte aquellas medidas que estime oportunas para el control del número de personas que acceden a los mismos.

Contra este acuerdo cabe recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión.

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