Cs defenderá mañana en el Congreso su reforma de la LOPJ para ‘reforzar la independencia judicial’
La firman Inés Arrimadas, Edmundo Bal y José María Espejo-Saavedra, y previsiblemente la defenderá Bal.

Cs defenderá mañana en el Congreso su reforma de la LOPJ para ‘reforzar la independencia judicial’

PARA QUE LOS JUECES ELIJAN A SUS VOCALES EN EL CGPJ Y PARA LA REGULACIÓN DE LOS PUESTOS DE LIBRE DESIGNACIÓN, QUE SERÁN A TRAVÉS DE CONCURSO Y LOS PRESIDENTES SERÁN ELEGIDOS POR SUS COMPAÑEROS
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21/9/2020 09:50
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Actualizado: 21/9/2020 09:50
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Ciudadanos defenderá mañana en el Pleno del Congreso su Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) con la que pretende «reforzar la independencia judicial» cambiando el sistema de elección de los veinte vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Para que los jueces elijan a sus vocales en el CGPJ, como reclaman las asociaciones de jueces y fiscales, y para la regulación de los puestos de libre designación, que serán a través de concurso y los presidentes serán elegidos por sus compañeros.

Esta reforma la firman la presidenta de Cs, Inés Arrimadas; el portavoz adjunto de Cs en el Congreso y portavoz de Justicia del partido, Edmundo Bal Francés, abogado del Estado en servicios especiales; y el secretario general del grupo parlamantario, José María Espejo-Saavedra Conesa.

Fue registrada el pasado 18 de febrero por Edmundo Bal, que previsiblemente será quien la difienda.

La LOPJ establece que ocho de los veinte vocales que conforman el CGPJ deben ser propuestos por el Congreso (cuatro) y el Senado (otros cuatro) y elegidos entre juristas de reconocida competencia, mientras que los otros doce son escogidos también por las Cámaras legislativas (seis cada una) entre jueces y magistrados en activo.

Cs sostiene que este sistema «menoscaba la garantía de independencia de los miembros de la Carrera». De ahí que pretenda cambiar el régimen de elección de los vocales del CGPJ estableciendo criterios objetivos de evaluación para su nombramiento para garantizar que el proceso de selección no genere dudas en cuanto a su independencia, imparcialidad y transparencia.

Bal recuerda que así lo establece el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa en las recomendaciones que viene realizando a España sin que se haya hecho nada al respecto, y también las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el caso del órgano de dirección de los jueces en Polonia.

También alude a una sentencia del Tribunal Constitucional en la que el máximo órgano de garantías de España dice que el sistema actual es constitucional, pero que, sin embargo, sería mejor el sistema anterior.

La anterior ley, desde 1980 establecía el sistema de elección directamente por jueces y magistrados, pero en 1985 el primer Gobierno de Felipe González cambió la LOPJ para que fueran los partidos políticos a través del Parlamento los que designaran íntegramente este órgano.

Edmundo Bal también recuerda que los propios españoles ya han dejado claro en encuestas recientes del CIS que el actual sistema es el que menos les gusta (sólo 12%), frente a un 50% que comparte la necesidad de que los jueces participen directamente en esa elección.

Asimismo, destaca que según los informes de la Comisión Europea sobre España, somos «el segundo peor país de Europa en percepción por los ciudadanos de la independencia judicial».

«¿Por qué será que los ciudadanos españoles cuando les preguntas, con los buenos jueces que tiene España, opinan que no creen que la justicia en nuestro país sea independiente? A lo mejor el hecho de que el CGPJ sea nombrado directamente por los órganos políticos tiene algo que ver con esta percepción que tienen», expresa Edmundo Bal.

La semana pasada instó al PP a apoyar esta reforma.

A su juicio, sería una «incongruencia» que los ‘populares’ pretendan despolitizar la Fiscalía General del Estado y no el CGPJ, pendiente de renovación desde hace casi dos años, desde diciembre de 2017.

«El PP ha presentado una reforma del nombramiento de la fiscal general del Estado precisamente para despolitizarlo, no se entendería que votaran en contra de la toma en consideración de nuestro proyecto de Ley», sentencia Bal.

PROPOSICIÓN DE LEY ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL

Cs explica que en primer lugar, y “para el fortalecimiento de la independencia judicial”, se reforma el régimen de elección de los vocales del CGPJ previsto en la LOPJ para que los doce de procedencia judicial sean elegidos directamente por los jueces y magistrados, todo ello de acuerdo con los límites previstos en el artículo 122.3 de la Constitución, “propiciando a este fin un órgano plural y representativo de la carrera judicial”.

Añade que igualmente se refuerza la objetivación de los criterios de mérito y capacidad en la elección de otros ocho vocales del CGPJ.

“A tal efecto, se garantiza que todos aquellos nombramientos o propuestas de nombramientos y promociones que impliquen algún margen de discrecionalidad o apreciación de méritos se cubran conforme a una baremación lo más objetivada posible, adoptándose las cautelas necesarias para preservar la imparcialidad en dichas designaciones”, señala.

La reforma de Cs mantiene la autonomía presupuestaria del órgano de gobierno de los jueces, a efectos de “garantizar la verdadera independencia y autonomía», pero asegurando la dedicación exclusiva –y sin excepciones– de sus miembros.

Sobre el presidente del CGPJ, que lo es a su vez del Tribunal Supremo, Cs propone asegurar la experiencia y reconocido prestigio de la persona elegida para el cargo, que deberá proceder del propio Supremo y con al menos al menos cinco años de antigüedad en este órgano.

En cuanto al nuevo sistema de elección, Cs plantea que el juez que lo desee pueda presentarse para ser vocal si dispone de 25 avales o del aval de una asociación profesional. Después, cada juez podrá votar a un máximo de seis candidatos en una única circunscripción nacional mediante listas abiertas y voto personal, libre, igual, directo y secreto.

LIMITACIÓN DE MANDATOS

También limita a dos los mandatos que pueden permanecer en su cargo el presidente y los vocales del CGPJ, el presidente de la Audiencia Nacional, los presidentes de los tribunales superiores de justicia y los de las audiencias provinciales.

Además, modifica los artículos 333 y siguientes de la LOPJ “a fin de garantizar que todas las plazas de magistrados, incluidas las del Tribunal Supremo, se cubran conforme a criterios de mérito y capacidad«, que los criterios para ascender estén objetivados y sean iguales para todos, y que los presidentes de Sección y de Sala, así como los magistrados del Supremo, sean elegidos en un concurso de méritos público y transparente por antigüedad, especialización y evaluación continua.

Asimismo, la Proposición de Ley de Cs suprime el nombramiento de magistrados en los Tribunales Superiores de Justicia de las distintas comunidades por parte de los Parlamentos autonómicos, por medio de la modificación del artículo 330.4, para evitar que los políticos nombren a aquellos magistrados que tendrán que juzgarles si son investigados y procesados por algún delito.

También reforma el sistema de nombramiento de los secretarios de Gobierno de las Salas, tantp del CGPJ como de los órganos colegiados, TSJ, que Nno ya será el de la libre designación por parte del Ejecutivo, sino que se realizará por un concurso de méritos.

También regula las «puertas giratorias» entre la política y el Poder Judicial, de manera que los jueces procedentes de la política no podrán regresar a la magistratura hasta pasados dos años, y no podrán incorporarse a juzgados y tribunales donde se instruyan o conozcan causas judiciales en las que sean partes investigadas o enjuiciadas miembros de partidos políticos con los que estuvieran o hubieran estado vinculados.

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