Teletrabajo: Obligaciones de la empresa

12 / 10 / 2020 06:45

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El teletrabajo, o trabajo a distancia, significa que el trabajador presta sus servicios en su domicilio, o en el lugar elegido por él, y el mínimo de tiempo será el 30 % de la jornada, en términos proporcionales, dos días de jornada completa de una semana.

Las empresas están obligadas a dotar de los medios, equipos, o herramientas y la forma de compensar esos gastos derivados del trabajo a distancia quedará fijada en convenio.

Por eso es importante guardar facturas de todo, incluso de electricidad e internet, a nombre del teletrabajador.

Inconveniente. El trabajo a distancia es voluntario, tanto para la empresa como para el trabajador o trabajadora.

El acuerdo debe constar por escrito, incorporándolo al contrato antes del comienzo del trabajo a distancia, y esa copia deberá ser remitida por la empresa a la oficina de empleo.

Sin embargo, la decisión del teletrabajo puede ser revocada

En cuanto al horario, el trabajador a distancia tendrá derecho a un horario flexible,  a través de un sistema registro, en el que se debe respetar los tiempos de descanso, garantizando igualmente, por la empresa, el derecho a la intimidad y protección de datos, así como la desconexión digital del empleado fuera del horario de trabajo.

En resumen, el trabajo a distancia o teletrabajo, será voluntario, depende en gran medida de la negociación colectiva, y de acordarse, obliga a las empresas a correr con los gastos de material.

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