La magistrada del caso del Pazo de Meirás prohíbe a la familia Franco llevarse nada de su interior y ordena un inventario
El Pazo de Meirás, declarado Bien de Interés Cultural (BIC). Foto: EP

La magistrada del caso del Pazo de Meirás prohíbe a la familia Franco llevarse nada de su interior y ordena un inventario

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09/11/2020 20:25
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Actualizado: 09/11/2020 20:25
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La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña, Marta Canales Gantes, ha ordenado que se haga un inventario de todos los bienes del Pazo de Meirás, tanto de su interior como de su exterior, prohibiendo expresamente que la familia Franco retire nada de su interior.

La magistrada entiende que es “patente” la urgencia de adoptar la medida cautelar solicitada tras conocerse que la familia Franco contrató a una empresa de mudanzas para retirar de manera inminente los bienes del pazo.

De esta forma, ha estimado la petición de medida cautelar solicitada por el Estado con el fin de preservar su integridad, antes de que el próximo 10 de diciembre se ejecute provisionalmente la sentencia que declara que es público y la familia Franco proceda a su entrega de forma voluntaria.

La magistrada subraya que se “ha de velar por la integridad del bien y la efectividad práctica de la sentencia, en el caso de que la ejecución provisional llegue a convertirse en definitiva”.

LA GUARDIA CIVIL VIGILARÁ

Para garantizar el cumplimiento de la resolución, el Juzgado ha requerido a la Guardia Civil que establezca un dispositivo de vigilancia en el inmueble.

Dicho inventario, según consta en el auto conocido en el día de hoy, será elaborado por los técnicos de la Consellería de Cultura de la Xunta, el 11 de noviembre a las 10.30 horas.

La magistrada recuerda que el pazo fue declarado Bien de Interés Cultural (BIC) en el año 2008, por lo que “goza de una protección integral”, que, tal y como advierte el Estado, “se extiende a todos sus elementos y componentes”.

El Estado aseguró que la “inmediata” realización de un inventario es “necesaria” debido a la “celeridad con que los demandados pretenden proceder al vaciado del pazo de Meirás” y al “riesgo” de que un edificio “con sus especiales características y nivel de protección, sea vaciado sin ningún tipo de constancia de los bienes que se encuentran en su interior”.

Además, justifica la solicitud de la medida para garantizar que su derecho a la propiedad del inmueble y de todos sus elementos o pertenencias “no se vea comprometido de cara a una eventual ejecución definitiva” de la sentencia.

El Juzgado también ha aceptado la solicitud de la Xunta de personarse en el incidente abierto a raíz de la petición de medida cautelar.

El gobierno autonómico gallego asegura que se ve “en la obligación de instar las medidas necesarias para la adecuada protección del Bien de Interés Cultural, con la finalidad de impedir, hasta ese día, cualquier actuación de los ejecutados que suponga un riesgo para la conservación y mantenimiento del bien en su integridad”.

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