El Estado pagará a los abogados del Turno de Oficio designados por juez, aunque el defendido no tenga derecho a la Justicia gratuita
El PP ha registrado recientemente en el Senado una Proposición de Ley para que el Turno de Oficio asista a las personas jurídicas, ya que la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita es de 1996 y la reforma del Código Penal que estableció que las empresas podían ser acusadas y condenadas es de 2010.

El Estado pagará a los abogados del Turno de Oficio designados por juez, aunque el defendido no tenga derecho a la Justicia gratuita

Altodo considera que es "un parche" y que esa medida debería estar recogida en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita
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12/11/2020 12:11
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Actualizado: 05/5/2021 12:46
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El proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2021 recoge que la financiación que se efectuará, conforme a baremo, de los honorarios de la prestación de asistencia jurídica a personas físicas del servicio del Turno de Oficio previa designación judicial cuando posteriormente no se reconociese el beneficio de la asistencia jurídica gratuita.

Para estos casos concretos, la disposición adicional 114 del proyecto de ley de Presupuestos contempla una partida de 1,8 millones de euros que comprendería los impagos a los abogados del Turno de oficio, así como las liquidaciones pendientes desde el último trimestre de 2019.

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) señala que «con la aprobación de esta partida, se resolvería uno de los grandes problemas que arrastra desde hace muchos meses el Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita y cuya solución venía reclamando» al Ministerio de Justicia.

Destaca que de esta forma, «los abogados del Turno de Oficio designados por jueces y tribunales y que con posterioridad a la prestación de su servicio de defensa no se les haya reconocido el beneficio de la asistencia jurídica gratuita a sus defendidos por insuficiencia de documentación, recuperarán los derechos y honorarios dejados de percibir en el último trimestre de 2019 y a lo largo del ejercicio de 2020″.

Por otra parte, el CGAE informa que el proyecto de Presupuestos establece igualmente para 2021 y siguientes una subvención al CGAE en estos mismos supuestos, los de impago de los derechos y honorarios de los profesionales del turno de oficio que actúen por designación judicial, y que se concedería mediante Resolución del secretario de Estado de Justicia, Pablo Zapatero.

Asimismo, indica que el proyecto de Presupuestos ratificará los pagos anteriores al último trimestre de 2019, en los mismos supuestos e igualmente con cargo a la subvención al CGAE.

ALTODO: ‘ALGUIEN TENDRÁ QUE EXPLICAR POR QUÉ SE PONEN LÍMITES TEMPORABLES Y POR QUÉ AHORA SÍ SE PUEDE PAGAR Y ANTES NO’

La Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (Altodo) celebra que «se paguen las actuaciones que realizan los abogados, que hasta ahora el Ministerio no estaba pagando», pero considera que es «un parche» y que esa medida debería estar recogida en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

Así lo ha manifestado a Confilegal su presidente, el letrado Juan Manuel Mayllo.

El letrado Juan Manuel Mayllo, presidente de ALTODO.

«Está muy bien como parche para solucionar momentáneamente el problema, pero tendrá que estar contemplado en una norma legal», insiste.

Considera que el texto tal y como está redactado es «confuso» y dice que «alguien tendrá que explicar por qué se ponen límites temporales, a qué es debido, y cómo es posible que ahora sí se pueda pagar cuando han estado un año entero sin abonar esos conceptos a los compañeros».

«Alguien debería explicar por qué en noviembre de 2019 se dejó de pagar y cómo es posible que sin haber modificado ninguna ley ni se haya firmado ni suscrito ningún convenio, ahora sí se vayan a abonar», agrega.

La conclusión a la que ha llegado Altodo de por qué se hace referencia al último trimestre de 2019 es porque se dejó de pagar en octubre o noviembre del año pasado, con Dolores Delgado en el Ministerio de Justicia. Cree que es por eso.

Altodo reclama que se amplíe el artículo que recoge quiénes son las personas susceptibles de justicia gratuita y que incluya a las personas jurídicas cuya defensa haya sido solicitada por un órgano judicial.

LA LEY NO RECOGE ACTUALMENTE LA JUSTICIA GRATUITA A EMPRESAS

La Justicia Gratuita se aplica a personas físicas, no a personas jurídicas, empresas.

El Partido Popular ha registrado este mes en el Senado una Proposición de Ley para que el Turno de Oficio asista a las personas jurídicas, ya que la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita es de 1996 y la reforma del Código Penal que estableció que las empresas podían ser acusadas y condenadas es de 2010.

«Con esta Proposición de Ley damos solución a un problema que se encontraba en la Ley de Justicia Gratuita, en la cual no se extendía este derecho a la persona jurídica, y ponemos fin a esta anomalía», señala a este diario el portavoz del PP en la Comisión de Justicia de la Cámara Alta y exvicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa.

«No es posible que haya responsabilidad penal de las personas jurídicas y, al mismo tiempo, no tengan derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita», ha denunciado también el decano del Colegio de Abogados de Madrid, José María Alonso, en una reciente entrevista en Confilegal.

«Se solucionó de aquella manera con el equipo de Dolores Delgado y, por ahora, está funcionando razonablemente. Esto es algo que tenemos que meter en la futura Ley Orgánica del Derecho de Defensa», señaló.

Esto ha sido solucionado en algunas Comunidades Autónomas, como Madrid, País Vasco y Navarra y la mayoría de las que tienen transferidas las competencias, haciendo unos convenidos que posibilitan el pago; algo que la Abogacía espera que se contemple en el anteproyecto de Ley de Derecho de Defensa que está elaborándose, y que parte de un borrador elaborado por el CGAE.

Lo más importante para la Abogacía es precisamente esta Ley de Derecho de Defensa. Y espera que se apruebe en esta legistatura.

El Ministerio de Justicia, constituyó el pasado mes de mayo la Comisión de expertos que elaborará este anteproyecto de Ley, que deberá regular las facetas procesal, profesional y asistencial de este derecho fundamental, y que es uno de los compromisos adquiridos por el ministro Juan Carlos Campo al inicio de la legislatura,

La Comisión, que preside Antonio Garrigues Walker, comenzó a trabajar el 22 de junio estableciendo la metodología que seguirá para empezar a fijar las líneas directrices del nuevo instrumento normativo.

En septiembre se conoció que la Comisión se ha organizado en tres subgrupos de trabajo con el fin de producir, a la mayor brevedad posible, un borrador del texto.

El primero de los subgrupos versará sobre contenido procesal y sustantivo del derecho de defensa. El segundo, sobre relaciones entre los ciudadanos y los Tribunales de Justicia. Y el tercero, sobre profesionales del Derecho e instituciones de garantía.

El proceso de elaboración de la norma discurre de forma paralela a los que se están desarrollando para la redacción de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal y la ley de eficiencia procesal.

Campo ha anunciado recientemente que el anteproyecto de la nueva LECrim llegará «muy pronto» al Consejo de Ministros.

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