El anteproyecto de la nueva LECrim otorga al fiscal la dirección de la investigación con la supervisión de un juez de garantías
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha asegurado en el Congreso que el anteproyecto viene a responder a una demanda histórica: la superación de un modelo de proceso penal decimonónico.

El anteproyecto de la nueva LECrim otorga al fiscal la dirección de la investigación con la supervisión de un juez de garantías

Incorpora nuevos tribunales de instancia, modifica plazos y limita la acusación popular, entre otras novedades
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18/11/2020 17:00
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Actualizado: 19/11/2020 10:26
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El anteproyecto de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) dará la próxima semana un nuevo paso con su aprobación en el Consejo de Ministros.

El texto legal incorpora importantes novedades como el traspaso de la dirección de la investigación al fiscal -lo que implica una reforma en el estatuto del Ministerio Público-, la transformación del juez instructor en un juez de garantías, el fin de los plazos de instrucción, nuevos tribunales de instancia o la imposibilidad de que los partidos políticos o lo sindicatos ejerzan la acción popular.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha asegurado hoy en el Congreso de los Diputados que el anteproyecto viene a responder a una demanda histórica en nuestro país: la superación de un modelo de proceso penal decimonónico.

«Tenemos una norma de 138 años que está totalmente desfasada y que no encaja con la realidad social ni jurídica actual. Para poder superarla hace falta entendimiento y construcción colectiva”.

Una vez que el texto sea aprobado en el Consejo de Ministros, se abrirá un diálogo con expertos, operadores jurídicos y sociedad civil para mejorarlo de cara a su tramitación parlamentaria.

Entre las novedades que recoge, hasta el momento, el anteproyecto destaca el papel que desempeñará el juez de garantías, que ejercerá como garante de los derechos constitucionales del investigado durante el proceso. Se prevé que un número de los jueces de instrucción pasen a ser jueces de garantías.

De este modo, será el juez de garantías el encargado de autorizar, a petición del fiscal, las diligencias que afecten a derechos fundamentales y la adopción de medidas cautelares.

Por su parte, según el anteproyecto, el fiscal llevará la dirección de la investigación, bajo la supervisión de un juez de garantías. Esto implica un cambio en el Estatuto del Ministerio Público para adaptarse a sus nuevas funciones.

Entre las modificaciones, se contemplan estructuras colegiadas permanentes dedicadas a la investigación y la asignación de cada asunto por medio de un sistema de reparto.

Un magistrado más en la fase intermedia

Otro de los cambios que propone el texto es la incorporación de un nuevo magistrado en la fase intermedia del proceso penal.

Hasta el momento, el juez instructor está presente en la fase de investigación y en la fase intermedia, en la que se valora el archivo o la continuación del proceso.

La nueva LECrim apuesta por incorporar un nuevo juez en esta fase intermedia, distinto al nuevo juez de garantías.

Es el llamado  juez de la audiencia preliminar, quien será el encargado de valorar la continuación o no del asunto.

Este juez se incorporará a los nuevos tribunales de instancia, que sustituyen los órganos unipersonales, en los que se repartirán las funciones asignadas al juez durante las tres fases: de garantías, audiencia preliminar y enjuiciamiento.

Modificaciones en la acción popular

Por otro lado, el proyecto apuesta por prohibir que los partidos políticos y sindicatos ejerzan la acusación popular.

Además, con respecto a esta figura, el nuevo texto establece que será el juez de garantías el encargado de determinar si quien quiere ejercer la acción popular tiene un vínculo suficientemente relevante con el interés público para defenderlo en el proceso.

Cambios en los plazos

El anteproyecto acaba con los plazos de instrucción, uno de los grandes debates de los últimos años en relación al proceso penal.

Precisamente, el pasado mes de julio se aprobó la última modificación en el artículo 324 de la LECrim, con la ampliación de 6 a 12 meses el plazo máximo de instrucción de las causas penales con la posibilidad de que el juez acuerde prórrogas sucesivas

El actual anteproyecto termina con este sistema de plazos, pero incorpora un sistema de control para poder denunciar ante el juez de garantías dilaciones indebidas.

Otro de los cambios se produce en la prisión preventiva, en concreto se propone reducir el plazo máximo. Pasando de cuatro años a tres con una sola prórroga. El juez tendrá que revisar de oficio cada tres meses la medida de prisión provisional.

Para la incorporación de la nueva LECrim el anteproyecto marca una ‘vacatio legis’ de seis años.

El anteproyecto ha sido elaborado por una Comisión de expertos, integrada por cinco fiscales, tres magistrados y dos profesores de Derecho Procesal, coordinados por el magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid Juan José López Ortega, que la ha presidido.

Ortega también presidió el grupo de trabajo encargado de la elaboración del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2011, del anterior Gobierno socialista, en el que participaron, además, cinco de los miembros de la comisión que ha elaborado el actual.

El texto de la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal quedó concluido el pasado mes de septiembre. Según informó entonces Justicia, ha tenido como base el anteproyecto que elaboró el gobierno del PSOE en 2011, y el borrador de código procesal penal del PP de 2013, que tampoco encontró una materialización, junto a las reformas realizadas a la actual LECrim a través de dos leyes, la Ley Orgánica 13/2015 en materia tecnológica y la ley 41/2015 en relación con las garantías procesales.

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