Prisión permanente revisable para una mujer que asesinó a un niño de 8 años hijo de acogida de su pareja
La condenada, A. G. P., a su llegada a la Audiencia de Alicante. Foto: Joaquín Reina/EP

Prisión permanente revisable para una mujer que asesinó a un niño de 8 años hijo de acogida de su pareja

Asfixió al pequeño utilizando la camiseta que éste llevaba a medio poner, tras abordarle "de forma repentina y por la espalda"
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26/11/2020 16:22
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Actualizado: 26/11/2020 16:32
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La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a prisión permanente revisable a una mujer, A. G. P., que asesinó al hijo de acogida de su compañero sentimental el 30 de agosto de 2017, en Elda (Alicante).

El pequeño, llamado Dominique, tenía 8 años.

Había sido declarado en situación de desamparo por la Dirección Territorial de Bienestar Social de Alicante en agosto de 2009 y desde septiembre de 2014 se hallaba en situación de acogimiento familiar especial a cargo de una pareja.

Cuando ésta se separó, el niño quedó con la mujer y se fijó un régimen de visitas a favor del hombre, que en el momento del crimen era pareja de la condenada.

A. G. P., de 33 años, también ha sido condenada a una multa de 1.080 euros -a razón de seis euros al día durante seis meses- por simulación de delito, que también consideró probado el jurado, y conforme a la petición formulada en este sentido por la Fiscalía.

Además, tendrá que indemnizar a la madre de acogida del menor con 120.000 euros y con 5.000 euros a su expareja y compañero en aquel momento, en concepto de daño moral.

Y se le ha prohibido acercarse a menos de 1.000 metros del lugar donde resida la mujer, así como la prohibición de aproximarse o comunicarse con ella por cualquier medio por un período de 26 años.

Esta sentencia la firma el magistrado presidente del Tribunal del Jurado Pablo Díez Noval.

La dictó ayer. Es la número 6/2020.

La resolución no es firme. Cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

La condenada se encuentra en prisión provisional por esta causa. Está interna en el centro penitenciario de Alicante II, en Villena.

Su abogada, Encarnación Flores, que la ha defendido por el turno de oficio, ya ha anunciado que recurrirá la condena.

El magistrado recoge el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular el pasado lunes, 23 de noviembre, y declara probado que A. G. P., española, de 33 años, se hallaba en el domicilio del que entonces era su pareja, con el pequeño, que estaba allí con motivo del cumplimiento del régimen de visitas que éste tenía asignado.

El jurado popular, formado por seis hombres y tres mujeres, consideró probado que en un momento dado, entre las siete y media y las nueve de esa tarde, A. G. P. asfixió al pequeño utilizando la camiseta que éste llevaba a medio poner, tras abordarle “de forma repentina y por la espalda”, a fin de “evitar o disminuir notablemente” la posibilidad de que pudiera defenderse.

Señala que la condenada «se aprovechó conscientemente de la diferencia de fuerza y corpulencia” entre ella y la víctima para cometer el crimen y fingió a continuación un asalto por parte de dos desconocidos en la vivienda familiar.

En concreto, según relató a los agentes, dos individuos ataviados con trajes de motorista y cascos en la cabeza irrumpieron en el domicilio sin su consentimiento e intentaron abusar de ella, aunque habrían desistido cuando les hizo saber que estaba embarazada.

De acuerdo con esa versión inicial de la penada, los supuestos asaltantes la golpearon, agredieron al niño y abusaron sexualmente de él.

Previamente, para dar veracidad a ese relato, la mujer había bajado los pantalones y los calzoncillos al niño y le había puesto aceite corporal en los genitales.

Igualmente, ella misma se había cortado la camiseta y el sujetador que llevaba puestos, se había golpeado la cabeza con una piedra y se había atado las manos con una cuerda, al tiempo que arrojaba diversos objetos por el suelo de una de las estancias.

El jurado rechazó la versión que en el juicio dio la condenada de que el niño se había atragantado con un trozo de jamón, que intentó salvarlo «hasta el último momento» y que se inventó el asalto porque sufrió un ataque de pánico.

“De los hechos declarados probados y su calificación, la pena a imponer por el delito de asesinato necesariamente ha de ser la de prisión permanente revisable porque la víctima es menor de 16 años”, sentencia el magistrado.

Tanto la Fiscalía como las acusaciones habían solicitado prisión permanente revisable para ella.

Es la segunda condena a esta pena dictada en la provincia de Alicante, tras la impuesta el pasado septiembre en la sede ilicitana de la Audiencia a una pareja por la muerte a golpes de un bebé de 2 años.

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