El TSJM desestima la demanda de Ciudadanos de Boadilla del Monte, que reclamaba asignaciones económicas para su grupo en la oposición
El TSJM recuerda al concejal que presentó el recurso que el alcalde ejerció su competencia como entendió conveniente y que no le impidió participar en la actividad de control, intervención y votación en el pleno y tuvo toda la información necesaria para ejercer sus funciones.

El TSJM desestima la demanda de Ciudadanos de Boadilla del Monte, que reclamaba asignaciones económicas para su grupo en la oposición

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10/3/2021 06:46
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Actualizado: 10/3/2021 09:45
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Alejandro Corral, concejal de Ciudadanos en Boadilla del Monte, ha perdido su causa contra el Ayuntamiento de Boadilla del Monte, localidad al oeste de la Comunidad de Madrid, al que demandó por  no asignar a su partido retribuciones económicas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado su recurso de apelación y le ha condenado al pago de las costas procesales, 2.000 euros.

La Sección Segunda de dicha Sala, formada por los magistrados José Daniel Sanz Heredero, como presidente, Francisco Javier Canabal Conejos, José Ramón Chulvi Montaner, Álvaro Domínguez Calvo y Maria Soledad Galo Serrano, en su sentencia 245/2020, de 23 de febrero, considera que el Ayuntamiento de Boadilla no vulneró derechos fundamentales de los miembros de la oposición, como afirmaba Corral.

El tribunal afirma que no asignar una cantidad económica a los grupos políticos de la oposición no perjudica a los derechos y facultades de los concejales. Además, los magistrados subrayan en que esto no afecta al núcleo de su función como representantes municipales.

Corral demandó al Ayuntamiento en noviembre de 2019, seis meses después de que el Partido Popular ganara las elecciones municipales en Boadilla con el 50,42% de los votos y 15 concejales.

En dos Plenos municipales posteriores, Ciudadanos (que obtuvo 5 concejales y el 18% de los votos) solicitó que se les concedieran asignaciones económicas al resto de grupos políticos de la Corporación (PSOE, con 3 concejales, Vox, con 2, y el propio C’s).

Esta petición no se incluyó en el orden del día de dichos plenos, motivo por el cual llevó al Ayuntamiento a los tribunales, además de reclamar que se les concediera a los portavoces de la oposición dedicación exclusiva a la función de Concejal.

Argumentó que dicha decisión vulneraba los artículos 23.2 de la Constitución, 73.3 de la Ley de Bases de Régimen Local y el 32.5 de la Ley 2/2003, de la Administración Local de la Comunidad de Madrid, al hurtarse el debate y votación respecto al establecimiento de asignaciones económicas a los grupos municipales –adujo que la competencia correspondía al Pleno–, y el artículo 32.5 de la Ley 2/2003, de la Administración Local de la Comunidad de Madrid, al no haberse asignado medio personal alguno a los grupos, y también afirmó que se vulneraba el principio de igualdad.

Según su punto de vista, se había vulnerado el derecho a ser tratado de igual manera que los corporativos del Grupo Municipal del Partido Popular gobernante en cuanto a asignación de recursos humanos, que se adjudicaba la totalidad de éste, en exclusiva, y en la vulneración de su derecho o no sufrir discriminación negativa alguna por razones ideológicas.

PERDIÓ EN PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA

El concejal naranja perdió la causa en primera instancia, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Madrid, y después ante el TSJM, en apelación.

La Sala rechaza que se haya vulnerado el derecho de Corral y los demás partidos políticos a no sufrir discriminación por razones ideológicas al no concederles asignaciones económica: “no existen elementos de juicio” para sustentarlo, dice textualmente la sentencia.

El TSJM también se pronuncia en contra de otra reclamación de Corral: que los concejales de la oposición tuvieran una mayor retribución.

A lo que el tribunal contesta diciendo que  “no todos los concejales de un Ayuntamiento tienen derecho a retribución por dedicación exclusiva, sino sólo los que desempeñan un cargo que comporta tal derecho”.

Desde el Ayuntamiento, gobernado por Javier Úbeda, del Partido Popular, celebran esta sentencia, pues “la Justicia se pone de lado de quienes velamos porque los recursos públicos no se destinen a los partidos políticos, que deben ser financiados con las cuotas de los afiliados, no con los impuestos de los vecinos. Es un insulto, y más en mitad de esta crisis económica y sanitaria, que haya concejales de la oposición que lleven a los tribunales al Consistorio por no asignar medios económicos a los grupos municipales”.

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