La exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, y su pareja de hecho, el periodista Carlos Sosa. Foto: El día. La Opinión de Tenerife
Menos de doce horas después de celebrado el juicio, la magistrada-juez sustituta dictó sentencia dando por buena, al ciento por ciento, la versión de Victoria Rosell y de Sosa frente a la de su exempleada doméstica.

Sentencia «exprés» desestimatoria a favor de Victoria Rosell y su pareja en el caso de su exempleada de hogar

16 / 03 / 2021 20:48

Actualizado el 17 / 03 / 2021 13:17

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La magistrada-juez sustituta, María José Andrade Santana, del Juzgado de lo Social 7 de Las Palmas de Gran Canaria, en una sentencia «exprés», dictada en menos de 12 horas después de haberse celebrado el juicio en estos tiempos de COVID-19, ha desestimado la demanda interpuesta por la exempleada de hogar, la boliviana Simona Chambi, por despido nulo o improcedente contra sus dos empleadores, la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell Aguilar, y su pareja de hecho, el periodista Carlos Sosa Báez.

Andrade Santana, en su fallo, da por buena la versión de Rosell de que le regaló a Simona 1.660 euros en 2015, en cuatro transferencias bancarias, en enero, febrero, mayo y junio de ese año, bajo los conceptos «Sueldo Simona» y «Pago Simona», para «satisfacer las necesidades de la actora entre otros conceptos por el pago de billetes». 

La trabajadora, que no fue interrogada en el juicio por desistimiento de la abogada de la pareja –su abogado, según las normas, no podía hacerlo–, negó gestualmente, de forma ostensible, cuando Rosell explicó lo del regalo.

Después de celebrado el juicio, Simona declaró a los medios que «durante todo el tiempo que trabajé allí no me invitaron a un café y me iban a hacer regalos económicos». 

La magistrada-juez sustituta también da por válido el relato de Sosa de que era su empleador, con el que suscribió contrato de trabajo el 12 de noviembre de 2015, como empleada de hogar, a pesar de que quien le pagaba era Victoria Rosell, desde su cuenta bancaria.

Considera que la empleada doméstica no ha demostrado que trabajara para Rosell periodos sin contrato «ni que existiesen pagos irregulares o en B  durante esos mismos periodos –extremo tampoco acreditado–».

La magistrada-sustituta afirma, asimismo, que la empleada doméstica no ha podido conformar ni los pagos ni los periodos trabajados sin contratos.

Tampoco hay constancia, según la magistrada-juez sustituta, de que, tras regresar de Bolivia, «trabajase sin contrato o percibiese cantidades en B».

«Lo único que consta acreditado es que prestaba servicios con contrato, que desde el 12.11.2015 -antigüedad aceptada en la papeleta de conciliación-, prestaba», añade.

Andrade Santana especifica en su «sentencia exprés» que la demanda contra Victoria Rosell está «caducada» porque la demanda de conciliación se presentó el  20 de agosto de 2020, más de 20 días después de haberse materializado el despido, el 16 de julio de 2020.

Por ello, la magistrada-juez sustituta da por bueno el despido de Simona Chambi y la indemnización abonada, 833,34 euros. «No estamos ante un despido nulo, sino un desistimiento legítimo del empleador», dice Andrade Santana.

La trabajadora y su representante legal, Federico Vicente, todavía no han tomado ninguna decisión sobre la interposición de un posible recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, presidida por Humberto Guadalupe, miembro de Juezas y Jueces para la Democracia, asociación a la que pertenecía la magistrada en servicios especiales, Victoria Rosell, antes de dar su salto a la política.

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