Procedimiento de Actuación contra la Desinformación: ¿Está Moncloa pisando competencias del CNI?
Tras estudiar con detenimiento la documentación facilitada por el Gobierno por requerimiento del Tribunal Supremo, los abogados de Confilegal, el despacho Durán & Durán Abogados, afirman que el PAD es un germen de un CNI bis. Foto: La Moncloa.

Procedimiento de Actuación contra la Desinformación: ¿Está Moncloa pisando competencias del CNI?

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24/3/2021 01:12
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Actualizado: 25/3/2021 14:00
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El Procedimiento de Actuación contra la Desinformación (PAD) pisa de forma muy clara y evidente competencias del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y afecta a la libertad de expresión y al derecho a la información.

Es la conclusión a la que llega la demanda interpuesta por el despacho Durán & Durán, en representación de Confilegal, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Un Procedimiento, al que popularmente ya se le conoce como «El Ministerio de la Verdad», que los abogados firmantesMiguel Durán, Miguel Ángel Durán y Francisco Javier Borrego (hasta el pasado mes de noviembre magistrado de esa Sala del Supremo)– consideran nulo por cuatro razones claras  al vulnerar la Constitución y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La primera razón es porque lesiona los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional; la segunda porque se ha dictado dictado por un órgano manifiestamente incompetente; la tercera, por haberse dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido, y la cuarta por vulnerar la Constitución al regular materias reservadas a la Ley.

«El PAD aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional y publicado en el BOE, recuerda el viejo dicho de ‘Como un elefante en una cacharrería’. Cualquier limitación a la libertad de expresión, que no sea la judicial, es regulada con sumo detalle en la normativa europea y nacional. Pero el PAD ha entrado en esta materia ‘like a bull in a china shop’, de manera brusca, burdamente y sin tacto alguno», subrayan los tres abogados, quienes consideran al PAD como el germen de un CNI bis de Moncloa. 

Y añaden: «Estando atribuida al CNI la protección de la Seguridad Nacional, con sometimiento al ordenamiento jurídico y precisando de autorización judicial, cuando sus funciones entren en el campo de los derechos fundamentales, ahora un órgano de asesoramiento de Moncloa asume competencias que no le corresponden, sin mandato legal y prescindiendo de cualquier autorización judicial cuando sus funciones entren en el campo de los derechos fundamentales, monitorizando y vigilando las redes, investigando el posible origen, el propósito y haciendo un seguimiento de la actividad. Y todo ello lo hace el Departamento de Seguridad Nacional  (y la Secretaría de Estado de Comunicación) por sí y ante sí, sin mandato legal alguno y sin ningún tipo de autorización judicial. Escandaloso«.

DOS PAD DIFERENTES  

La demanda subraya que el PAD aprobado el 6 de octubre de 2020 por la Comisión Delegada del Gobierno del Consejo de Seguridad Nacional, y publicado por el BOE el 5 de noviembre de 2020, tiene sustanciales diferencias con respecto al PAD de 15 de marzo de 2019, que jamás fue publicado, a parte de cuyo expediente administrativo han tenido acceso los abogados de Confilegal.

Una de ellas es que en el de 2019 la Comisión Permanente de Lucha contra la Desinformación la presidía el secretario de Estado de Comunicación, Miguel Ángel Oliver, mano derecha de Ivan Redondo, jefe de Gabinete del Presidente.

En el de 2020 pasa a ser presidida por el director del Departamento de Seguridad Nacional (DSN) de la Presidencia del Gobierno, el general Miguel Ángel Ballesteros Martín. 

En el Anexo I del PAD 2019, figuraba en su Nivel 1 un apartado 4, que decía “Comunicación inmediata en el momento que cualquier organismo público o privado tenga constancia de una noticia falsa o posible campaña de desinformación. La Secretaría de Estado de Comunicación (SEC) remitirá la alerta al DSN. En caso de que infiera que la campaña ha sido originada por un acto exterior, se comunicará al CNI para su análisis y seguimiento”.

Este punto ha desaparecido en el aprobado y publicado PAD 2020.

Otra «anomalía»: En el PAD 2019, capítulo 3. Órganos y autoridades competentes, en el punto 5, Autoridades Públicas Competentes, figuraba “Centro Nacional de Inteligencia (para las campañas de desinformación atribuidas a actores externos)”. En el mismo lugar del PAD 2020, el paréntesis ha desaparecido.

Del estudio del expediente administrativo se puede deducir que la aprobación del PAD 2020 suple una invasión competencia por el Departamento de Seguridad Nacional de funciones atribuidas legalmente al CNI. 

«Ni una sola vez, a lo largo de todo el PAD publicado, se hace referencia alguna respecto de las actuaciones que determina, al “sometimiento al ordenamiento jurídico” y al “control judicial previo”, que sí se establecen respecto del CNI en la Ley 11/2020, y en la LO 2/2002», añade. 

«Esta delicada y compleja materia está atribuida por Ley al CNI y controlada previamente por autoridad judicial, por LO 2/2002, (autoridad judicial en la actualidad el Excmo. Sr. D. Pablo Lucas, magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y Presidente de la Sección Cuarta a la que tenemos el honor de dirigirnos)», apunta.  «El PAD impugnado no menciona ninguna ley que ampare las actividades que permite desarrollar».

Con el nuevo Nivel (AH DOS, 3), añadido al PAD de 2020, el CNI queda relegado a un papel que no es el que le corresponde, según la Ley 11/2002, y al atribuirle este nivel al DSN, se le está atribuyendo «de facto y de iure» funciones que pertenecen al ámbito del CNI, opinan los tres abogados.

«Esta atribución no es conforme con la legalidad vigente, y sorprende que la Secretaría de Estado-Directora del CNI, miembro del Consejo de Seguridad Nacional [CSN], la haya admitido el 6 de octubre de 2020, (ver AH TRES, 1)», afirman. 

Porque ningún funcionario, ni de la Dirección de Seguridad Nacional Nacional ni de la Secretaría de Estado de Comunicación, «está facultado para ‘monitorizar’ las redes, ni para ‘investigar el posible origen (de una campaña de desinformación por el exterior) su propósito y seguimiento de su actividad».

«Si carecen de atribución legal, ¿cómo van a desarrollar estas actividades funcionarios del DSN, por sí mismos, o peor aún externalizando dichas actividades mediante contratos ad hoc?», se preguntan.

INVADE COMPETENCIAS DEL CNI

De acuerdo con la demanda, el objetivo de monitorizar, vigilar, detectar, alertar de forma temprana, notificar y analizar, contemplado en el nivel 1 de capítulo 4, no se puede hacer «con la generalidad de la redacción de dicha actuación ni en ausencia de una previsión legal y sin la previa autorización judicial», recuerdan. Invade competencias del CNI.

Por otra parte, «para investigar el posible origen de la llamada ‘desinformación’ hay que seguir unos pasos y obtener unos datos que no pueden obtenerse sino por el CNI con control judicial previo, por afectar al Secreto de las comunicaciones, artículo Único de la L.O. 2/2002. O por los agentes facultados, artículo 6 Ley 25/2007, entre los que no figuran ni los funcionarios del DSN (ni los de la SEC), ni, por supuesto, cualquier empresa a la que se le externalice esta actividad, y siempre “previa autorización judicial”. 

El PAD impugnado, además, prescinde de la ley, «de cualquier autorización judicial para sus actuaciones que afectan a la libertad de expresión y al secreto de las comunicaciones, y el CSN llega a enmendar la plana a la Constitución Española, pues según en PAD, además de ‘veraz’, la información ha de ser ‘completa y oportuna’, y olvidando el derecho al secreto profesional, (artículo 20.1,d de la Carta Magana) al imponer que provenga de ‘fuentes debidamente contrastadas'». 

«Este PAD impugnado parece, por su redacción y vocabulario, un ejercicio militar de Estado Mayor. Pero es un acto administrativo, publicado en el BOE y emanado del CSN. Parece como si no hubiera juristas en el Gabinete de la Presidencia, pues, jurídicamente se estima, a la espera del pronunciamiento de la Sala, que el PAD impugnado es un desvarío. (Diccionario RAE. Desvariar es delirar, decir locuras o despropósito; apartarse del orden regular)», señalan.  

NO SE HAN APORTADO TODOS LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS

Durán & Durán Abogados solicita, de nuevo, al tribunal que La Moncloa aporte al proceso –que no lo ha hecho, a pesar de haberle sido ordenado– “Todos los documentos e informes sobre el Procedimiento de Actuación contra la Desinformación, sobre la necesidad del “reajuste” que se aprobó en 2019, y “se revisó” (acta de la reunión), “se revisó y mejoró” (página web del SCN), el 6 de octubre de 2020, que aquí se impugna”. 

Esta prueba es muy importante, pues permitirá conocer los trámites y documentos previos al PAD revisado y mejorado en 2020, pudiendo entonces conocer la razón del mismo, y el motivo del dominante papel del DSN, invadiendo las competencias del CNI, en el PAD. 

Por último, también se solicita, como prueba documental «Certificación del Departamento de Seguridad Nacional del Gabinete de la Presidencia de Gobierno acerca del número de personas (físicas o jurídicas), de plantilla o contratadas, con su cualificación profesional, que el DSN emplea para atender las actuaciones que dirige, directamente o a través de comités o grupos dirigidos por el Departamento, para realizar las actuaciones que determina el PAD aprobado el 6 de octubre de 2020. Con esta prueba se conocerá a través de qué medios y con que alcance está desarrollando el DSN las actuaciones constitutivas de nulidad de pleno derecho». 

EL PAD NO ES UNA INICIATIVA MENOR

En su recurso los tres abogados citan a las diferentes personalidades, como Borja Adsuara, abogado especialista en derecho digital: «No sabe nadie a quién se refieren. El derecho está para crear seguridad jurídica, y lo que ha creado esta norma es una gran inseguridad e intranquilidad”. El presidente de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, Nemesio Rodríguez, «El PAD tiene lagunas importantes que suscitan una profunda preocupación». O el magistrado jubilado del Supremo, Jorge Rodríguez Zapata, presidente de la Sección Cuarta de lo  Contencioso Administrativo, a quien va dirigido este escrito, que llamo la atención en ABC que no mencionaba la necesaria intervención judicial : «Los tribunales ordinarios también son guardianes de los ‘derechos fundamentales de la comunicación y pueden adoptar, con la urgencia necesaria, medidas para suspender cautelarmente medidas inconstitucionales'». 

El PAD también ha sido recurrido por el Club Liberal Español y por PP y VOX.

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