Condenado a indemnizar con 35.000 euros a una clínica veterinaria por «orquestar una campaña de descrédito» en internet

Condenado a indemnizar con 35.000 euros a una clínica veterinaria por «orquestar una campaña de descrédito» en internet

Por vulneración del derecho al honor

30 / 03 / 2021 06:47

El Juzgado de Primera Instancia 7 de Santander ha condenado a un cliente de una clínica veterinaria por vulneración al derecho al honor a indemnizar a tres veterinarios en la cantidad de 34.895,83 euros.

Además, el magistrado José Luis Sánchez Gall obliga al cliente a cesar en la intromisión ilegítima del derecho al honor de los profesionales, y a que dé las instrucciones precisas, y, en su caso, la autorización a Google para retirar las afirmaciones con contenidos injuriosos, calumniosos y amenazantes.

El juez estima así la demanda presentada por tres veterinarios contra un cliente que tras anunciarles que les «machacaría» en redes sociales, «cumplió su amenaza y orquestó de forma intencionada una campaña de descrédito de la clínica veterinaria».

El cliente, según consta en la sentencia 86/2021, de 23 de marzo -contra la que cabe recurso de apelación-, ya fue condenado por la vía penal como autor de un delito leve de amenazas como consecuencia de una querella que presentaron los tres veterinarios contra él.

La Audiencia Provincial de Cantabria declaró probado en su momento que la amenaza se llevó a efecto del siguiente modo: muchas personas relacionadas con el denunciado hicieron comentarios negativos en internet sobre la clínica, «pese a que la mayoría de ellos no habían acudido nunca a dicha clínica, y carecían de elementos para hacer dichos comentarios».

Ahora, el magistrado de Primera Instancia considera que la amenaza probada sumado al posterior comentario negativo y las demás reseñas posteriores, también negativas, realizadas por personas de su entorno «sobrepasan los límites constitucionales de su libertad de expresión» y «suponen un ataque intencionado a su prestigio profesional».

DENUNCIABA UN DIAGNÓSTICO ERRÓNEO Y PEDÍA LA DEVOLUCIÓN DE 55 EUROS

El origen del conflicto se sitúa en octubre de 2017 cuando la pareja del demandado llevó al perro a la clínica veterinaria. Allí realizaron un examen general del animal, le tomaron la temperatura y propusieron pruebas de diagnóstico y tratamiento sintomático.

Ese mismo día, el demandado llevó al perro a otra clínica donde, tras realizarle varias pruebas, concluyeron que tenía una infección de orina.

Cuatro días después de la visita a la primera clínica, el dueño del animal volvió para solicitar la hoja de reclamaciones, «denunciando un diagnóstico erróneo y la devolución de los 55 euros abonados».

Ante la negativa de los veterinarios a devolver el importe de la consulta, el ahora condenado profirió las siguientes expresiones: «Os vais a enterar, os voy a hundir, os voy a machacar en las redes sociales», según se recoge en la sentencia.

Días después, apareció una reseña negativa en la página web de Google My Business de la clínica veterinaria, en la que, entre otras cuestiones, afirmaba que no se realizó ninguna prueba al animal, «ni se le tocó», «ni siquiera se puso un termómetro».

«Durante los días inmediatamente anteriores y posteriores a este comentario», indica el juez, se cuelgan «repetidas reseñas negativas» por parte de la pareja del demandado, de sus hermanos y de amigos, familiares y compañeros de trabajo de aquel.

«LA ACCIÓN VA MÁS ALLÁ DE LO QUE PODRÍA CONSIDERAR UNA LÍCITA CRÍTICA LEGAL A LA PERICIA PROFESIONAL» 

Tras la aparición de otra reseña negativa de una usuaria de la clínica, el demandado contacta con ella por medio de Google y «tras criticar la clínica, le comenta que ‘por mi parte intentaré que todos mis conocidos pongan una crítica negativa a este sitio, porque son unos sinvergüenzas'».

Junto a este relato de hechos, el juez indica que durante el último trimestre de 2017 la clínica «sufrió pérdida relativa de sus ingresos», como consta en una prueba documental aportada al procedimiento y que se cifra en 38.773 euros.

«En los meses posteriores de proferir la amenaza, se publicaron 33 opiniones muy negativas de la clínica veterinaria de los actores, cuando la media normal de publicaciones en este sitio es de unas cinco reseñas mensuales, lo que demuestra que lo ocurrido está claramente desbordado por un hecho puntual», según el informe de un perito que fue aportado a la causa.

A juicio del magistrado, «esta acción va más allá de lo que se podría considerar una lícita crítica legal a la pericia profesional de los demandantes que permiten las páginas web, y está dirigida exclusivamente a afectar negativamente a su prestigio profesional público, tanto en el aspecto de la propia estimación personal como en el de la consideración ajena, constituyendo una extralimitación del ejercicio del derecho a la libertad de expresión«.

«El uso de las páginas web de información comercial debe ceñirse a manifestar una opinión o una crítica legal por los servicios recibidos, pero sin que puedan utilizarse con fines espurios de atacar directamente el prestigio profesional del comercio», concluye el magistrado.

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