El ministro del Interior justifica la «patada en la puerta» frente a fiestas ilegales aunque no sean delito
Grande-Marlaska considera que los pisos turísticos no son morada y los policías pueden entrar sin orden judicial para disolver las fiestas ilegales. Foto: EP.

El ministro del Interior justifica la «patada en la puerta» frente a fiestas ilegales aunque no sean delito

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31/3/2021 14:18
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Actualizado: 31/3/2021 14:18
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Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior, ha justificado la entrada de la Policía en viviendas donde se estén celebrando fiestas no permitidas por la pandemia, mediante la «patada en la puerta», en aquellos pisos turísticos que no sean morada.

El también magistrado de la Audiencia Nacional en servicios especiales, defendía así las entradas de efectivos de la Policía Nacional en dos pisos del centro de Madrid, las madrugadas de los pasados 21 y 22 de marzo –sin mandamiento judicial–, para disolver dos fiestas.

En uno de ellos, el del día 21, penetraron mediante el sistema del ariete.

Confilegal informó ayer que la vivienda no era un piso turístico sino una morada, y, por lo tanto, domicilio, de un ciudadano de los Países Bajos que lo había alquilado durante un año. Al no disponer de una orden de entrada y registro judicial, la actuación de los policías, en opinión de varios juristas, podría encajar en los delitos de prevaricación, coacciones y allanamiento de morada.

Grande Marlaska ha justificado la entrada policial en pisos turísticos que no se usan como morada sino como locales para organizar fiestas ilegales y ha negado que los Cuerpos de Seguridad esté «violentando» derechos fundamentales.

El ministro del Interior ha hecho estas declaraciones tras la toma de posesión de la nueva delegada del gobierno en Madrid.

Grande-Marlaska ha recalcado que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad están haciendo «una labor fundamental y esencial» para garantizar la salud de los españoles y hacer frente a la pandemia en primera línea.

Su labor, según ha recalcado, es «hacer frente a infracciones de la ley» y, en este caso, «atajar fiestas ilegales», pero «en modo alguno limitar o violentar un derecho fundamental».

El estado de alarma no supone un recorte de derechos fundamentales, en este caso el de la inviolabilidad del domicilio, establecido en el artículo 18 de la Constitución y en el 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Las fiestas ilegales en tiempo de pandemia no están tipificadas en el Código Penal como tampoco está autorizado en ningún texto legal –al contrario- la entrada en domicilios sin orden judicial. Son infracciones administrativas que son castigadas con multas.

Preguntado por la polémica de la ‘patada en la puerta’ y la inviolabilidad del domicilio, el ministro-juez en ha tratado de explicar que, desde su punto de vista, el concepto de «morada» no es formal, sino material», y afecta al lugar en el que se realice «la intimidad más plena de una persona».

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