Tres asociaciones de jueces denuncian ante la Comisión Europea el ‘riesgo claro de violación’ del Estado de Derecho en España
Advierten también que el Gobierno pretende "rebajar y politizar más todavía la mayoría necesaria para renovar el CGPJ" y que esto “sería el inicio del camino hacia el totalitarismo”; en la imagen La presidenta de FJI, Concepción Rodríguez; el portavoz nacional de AJFV, Jorge Fernández Vaquero; y el presidente de APM, Manuel Almenar, registrando en el Congreso el Manifiesto por la Independencia Judicial.

Tres asociaciones de jueces denuncian ante la Comisión Europea el ‘riesgo claro de violación’ del Estado de Derecho en España

Le instan a abrir un procedimiento para constatar la “intromisión política en el Poder Judicial”, lo que vulnera varias normas comunitarias y amenaza, por tanto, los fondos europeos para nuestro país
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12/4/2021 12:47
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Actualizado: 13/4/2021 10:42
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La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y Foro Judicial Independiente (FJI) —que representan a más de 2.500 jueces y magistrados españoles— han denunciado ante la Comisión Europea una situación de «riesgo claro de violación grave del Estado de Derecho en España», tras la aprobación de la reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que limita las competencias del órgano de gobierno de los jueces estando en funciones, y que jueces, fiscales y abogados critican duramente.

Han enviado sendas misivas a la vicepresidenta de la Unión Europea para Valores y Transparencia, Věra Jourová, y al comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, alertando de ello.

Piden al Consejo de Europa que inste al Gobierno de España que aborde las reformas legislativas que resulten compatibles con las garantías que demanda el artículo 49 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en los términos en que los viene interpretando.

Solicitan, en su caso, que se valore la procedencia de la aplicación del Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, sobre un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión.

En última instancia, de no subsanarse la situación denunciada, le piden que inicie el procedimiento previsto en el artículo 7 del Tratado de la Unión Europea, de constatación de riesgo claro de violación grave por parte del Reino de España, como Estado miembro, de los valores contemplados en el artículo 2 y del Estado de Derecho.

LA MISIVA PARA DESCARGAR

LA CARTA ENVIADA, EN INGLÉS

Estas tres asociaciones denuncian formalmente ante la Unión Europea la “intromisión política en el Poder Judicial que se está produciendo en España”, con iniciativas del Gobierno de PSOE y Unidas Podemos como la aprobada el pasado mes de marzo para forzar el “apagón del Consejo General del Poder Judicial” cada vez que los dos principales partidos (PSOE y PP) no se pongan de acuerdo para renovar este órgano clave para el buen funcionamiento de la Justicia española, pues es el único que puede cubrir las bajas y vacantes en los tribunales más importantes del país, algo que ya no podrá cumplir mientras los políticos no lo renueven y lo mantengan bloqueado, como ocurre desde diciembre 2018, como sucedió entre 2006 y 2008 y como puede volver a ocurrir en un par de años cuando toque renovarlo de nuevo.

Denuncian «apagón y desapoderamiento del CGPJ y su colonización por los partidos políticos», que comprometen los nombramientos de altos cargos judiciales, así como toda la actividad gubernativa sobre jueces (disciplinaria, promoción, formación,…), y con ello su independencia e imparcialidad.

Y advierten que esta actuación «pone en riesgo el Estado de Derecho, lo que constituye un riesgo claro de violación grave por parte de España de los valores contemplados en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea y por lo tanto, del propio Derecho de la Unión».

También alertan a la Comisión Europea sobre la otra reforma de la LOPJ planteada por PSOE y Unidas Podemos para que todos los vocales y el presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo dependan sólo de la mayoría que apoye al Ejecutivo de turno en cada momento y dejando a la oposición fuera de un reparto que, ya de por sí, estas mismas asociaciones y el propio Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa señalan como una de las principales razones de la politización de la Justicia española.

APM, AJFV y FJI afirman que, si esta reforma termina de aprobarse, supondría el “inicio del camino hacia el totalitarismo” en nuestro país.

El procedimiento que estas asociaciones solicitan a la Comisión Europea para que compruebe lo que está ocurriendo con el Poder Judicial en España está previsto en el artículo 7 del Tratado de la UE y puede derivar en sanciones contra los Estados miembros que incumplan principios y valores fundamentales para la misma Unión de la que forman parte, como el respeto a la independencia judicial, la separación de poderes y el Estado de Derecho.

APM, AJFV y FJI apuntan en su escrito algo que puede tener graves consecuencias y más en las actuales circunstancias de crisis sanitaria y económica, ya que el reparto de fondos europeos está condicionado a que los países miembros que los reciben cumplan con las normas de la propia UE, como recoge expresa y nítidamente el Reglamento del Parlamento y del Consejo de la UE, cuyo primer ejemplo de “vulneración de los principios del Estado de Derecho” es precisamente “poner en peligro la independencia de los jueces” (artículo 3.a), que afirman que es justo lo que ocurre cuando un Ejecutivo como el de España aprueba reformas no ya para limitar una de las principales atribuciones de su CGPJ, sino incluso para politizarlo más todavía rebajando las mayorías necesarias para repartírselo sólo entre los partidos que apoyen al Gobierno de turno.

El documento se completa con una hemeroteca de noticias de medios españoles publicados al respecto.

«Con enorme pesar, nos vemos obligados a recurrir a la Comisión Europea para poner en su conocimiento nuestra inquietud ante el actual panorama que se cierne sobre la independencia judicial en España, aun sabiendo que sólo en contadas ocasiones la UE se pronuncia sobre asuntos de organización interna», explican en su misiva -fechada a 6 de abril y hecha pública hoy-, y le instan a que tome cartas en el asunto.

“La reforma realizada y la que está por venir no son sino corolarios de un sistema perverso en su origen, contrario a las exigencias del Consejo de Europa y de la Unión Europea, por el que los partidos políticos llevan más de 35 años repartiéndose los puestos más importantes del Poder Judicial”, ha manifestado a Confilegal la presidenta de Foro Judicial Independiente, Concepción Rodríguez, una de las asociaciones firmantes, que buscan con esta iniciativa que «se respete la separación de poderes».

LA MISIVA, AL DETALLE

Estas tres asociaciones señalan que «a pesar de que la Comisión ha expresado ya su preocupación por la posible limitación de garantías a la independencia judicial en España, se siguen ignorando las recomendaciones que se han ido proponiendo y, desafortunadamente, se continúa en la línea de ir horadando paulatinamente la independencia judicial, de modo que, en lugar de acometer una reforma que de una vez por todas establezca un sistema de nombramiento de los vocales del Consejo General del Poder Judicial que se adecue a los estándares existentes en la mayor parte de los países de la UE – es decir, por elección de los propios jueces entre sus iguales -, se camina en la dirección opuesta».

Explican que ante esta situación se dirigen la Comisión Europea para poner de manifiesto «el riesgo a que se ve sometido el Estado de Derecho en España a causa de la deriva legislativa por reformas de la Ley Orgánica del Poder Judicial en trámite».

Informan que la primera reforma, ya en vigor, prevé un “apagón” del CGPJ, al dejarle sin funciones de designación de cargos judiciales en la situación actual y hasta que sean renovados sus componentes (vocales).

Le advierten que la segunda reforma prevista «implica una rebaja de las mayorías exigidas en las Cámaras Legislativas para la designación de los vocales judiciales, de manera que los partidos de Gobierno por sí solos puedan decidir la íntegra composición del CGPJ».

Solicitan a la Comisión Europea «una actuación en garantía del Estado de Derecho en España, como valor fundamental de la UE».

Estas tres asociaciones recuerdan que «España, desde hace más de 35 años, no cumple con las recomendaciones del Consejo de Europa al privar a los jueces de la elección de los vocales del CGPJ de procedencia judicial, ya que los eligen las Cámaras (Congreso de los Diputados y Senado)».

Indican que en España, desde la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, los 20 vocales del CGPJ son designados por las Cámaras legislativas (Congreso de los Diputados y Senado) por mayoría de 3/5, incluidos los 12 vocales de procedencia judicial, los cuales, desde el año 2013, son nombrados de entre unos candidatos que se presentan con avales de 25 miembros de la carrera judicial o de una asociación judicial. Una vez admitidas sus candidaturas, la designación formalmente es hecha por las Cámaras.

Este sistema fue avalado por el Tribunal Constitucional español (en la sentencia número 108/86), aunque con las siguientes precisiones: que el modelo preferible de selección de vocales es la elección directa por jueces y magistrados; que la elección parlamentaria suponía el riesgo de que las Cámaras, al hacer sus propuestas, distribuyesen los puestos a cubrir entre los distintos partidos en proporción a la fuerza parlamentaria de estos; y que existía un riesgo de politización de la Justicia; y en su Fundamento Jurídico 13o dejó claro que la designación de los Vocales conforme a criterios partidistas “no era admisible”, aunque concluyó que ello no era fundamento para declarar la inconstitucionalidad de la norma, porque existía la posibilidad de una interpretación conforme al espíritu y la letra de la Constitución.

«En definitiva, la condición de constitucionalidad pasaba porque las formaciones políticas no se repartiesen los vocales atendiendo a su representación parlamentaria”, destacan APM, AJFV y FJI.

Y señalan que después de 35 años, «los riesgos previstos por el Tribunal Constitucional se han convertido en lamentables realidades».

«Puede afirmarse que el actual sistema “de facto” es contrario a la Constitución, y a las exigencias de las Instituciones europeas, según las cuales ‘las autoridades políticas no pueden intervenir en ningún momento del proceso en la elección de los vocales de procedencia judicial'», exponen estas asociaciones.

Añaden que «la práctica, desde 1985 hasta la actualidad, consiste en que los principales partidos políticos se reparten los puestos a cubrir en negociaciones secretas fuera del parlamento; y una vez alcanzado su acuerdo, los diputados y senadores votan según la consigna dada por sus partidos».

También apuntan que «antes esto se hacía discretamente, pero actualmente se realiza con conocimiento público y con comentarios de políticos en la prensa».

APM, AJFV y FJI informan, asimismo, que el actual proceso de renovación del CGPJ se inició hace más de dos años y que las candidaturas a vocales judiciales del CGPJ fueron admitidas.

«Desde entonces, los negociadores de los partidos políticos se reúnen sin llegar a un acuerdo. Las Cámaras no son convocadas para debatir la cuestión. De esta manera, la decisión de las Cámaras legislativas es suplantada por los partidos políticos dominantes, que también se han negado a modificar el sistema de elección de vocales judiciales, a pesar de que algún partido lo ha propuesto y las asociaciones judiciales lo han reclamado conforme a las recomendaciones europeas», explican.

Señalan que en esta situación, dado que el CGPJ sigue cumpliendo sus funciones institucionales, entre ellas la de nombrar a los jueces de altos tribunales de España, de acuerdo con la ley, los partidos que gobiernan en coalición en España (PSOE y Unidas Podemos) han promovido dos reformas legislativas.

La primera consiste en reducir las mayorías necesarias para la elección de los vocales de procedencia judicial, que pasa de 3/5 a ser la misma que para formar Gobierno.

Estas asociaciones denuncian que «la reforma supone eliminar la única garantía del deficiente sistema español de elección de vocales judiciales del CGPJ».

Recuerdan que «esta propuesta, ha sido rechazada duramente por los operadores jurídicos (especialmente, casi todas las asociaciones judiciales), la prensa y por el propio CGPJ», y que la Comisión Europea expresó su oposición por ser contraria a las recomendaciones de la UE.

Dicha proposición está paralizada, si bien sus promotores han manifestado públicamente que continuaran adelante si el CGPJ no se renueva.

La segunda tiene como finalidad que el CGPJ no pueda realizar su función mas importante, que es la de nombrar a los altos cargos judiciales, cuando su mandato haya expirado, una reforma que entró en vigor el pasado 31 de marzo.

«Esta reforma suprime otras facultades del CGPJ que consideremos esenciales, como la legitimación para promover conflictos de competencias entre órganos constitucionales», informan, y que, en suma, «reduce las funciones del CGPJ a aspectos meramente burocráticos, en detrimento de su función esencial: ser el garante de la independencia judicial».

Destacan que «estamos ante una “ley de apagón o desapoderamiento” del CGPJ, ya que esta limitación persistirá hasta que se elija al nuevo CGPJ, acentuando la dependencia política del órgano de gobierno de los jueces respecto de las Cámaras que lo nombraron».

También recuerdan que no se ha solicitado el parecer de la Comisión de Venecia, en salvaguarda de las garantías del estado de Derecho y la independencia judicial, como era debido, según en su día subrayó VE, al valorar la primera de las propuestas.

Además, resaltan que la segunda propuesta ha prosperado sin dar audiencia ni al CGPJ ni a las asociaciones judiciales, a pesar de que se había solicitado expresamente este trámite.

También destacan que «resulta especialmente preocupante que en este tipo de reformas no se de específica audiencia a las asociaciones judiciales, lo que es contrario a las recomendaciones europeas en materia de refuerzo y garantía de la independencia judicial.

En este sentido, recuerdan que en el reciente informe de GRECO, de finales de 2020, acerca de San Marino se subraya que “no hace falta decir que los jueces deben ser consultados y tener voz en las decisiones básicas sobre la forma de la justicia moderna y las prioridades involucradas. Ese proceso de consulta debe estar dotado de garantías adecuadas de inclusión, transparencia y rendición de cuentas”.

Asimismo, indican que el propio Consejo Consultivo de Jueces Europeos en su Opinión Número 23 (2020) establecía que «en general, la opinión de las asociaciones judiciales debe solicitarse y ser considerada por el poder ejecutivo a todos los niveles con respecto a las reformas y proyectos judiciales, incluidas las cuestiones presupuestarias y la asignación de recursos, las condiciones de trabajo y todos los aspectos del estatuto de los jueces.”.

Informan que el siguiente paso, que ya ha sido anunciado, consistirá, como ya se ha expuesto, en sustituir la mayoría reforzada de 3/5 de los miembros de las Cámaras que se exige para elegir a los vocales del CGPJ por una mayoría absoluta, que se conseguiría con los partidos que sostienen el Gobierno (algunos de ellos abiertamente animan a no respetar la Constitución).

Estas tres asociaciones judiciales denuncian que «se trata de una ley de sometimiento del Poder Judicial a los partidos políticos que dominen en cada momento, lo que es el inicio del camino hacia el totalitarismo, el menoscabo de los derechos humanos y la corrupción».

Como conclusión, afirman que dicha actuación constituye un «desapoderamiento del CGPJ como órgano constitucional de gobierno de los jueces de España, a realizar en dos fases: el “apagón” del CGPJ en sus funciones de nombramiento de altos cargos judiciales, mediante reforma legal que ya ha sido aprobada; y la «sumisión del poder judicial al Gobierno de cada momento», con poder de decisión sobre los nombramientos de altos cargos judiciales, así como toda la actividad gubernativa sobre jueces (disciplinaria, promoción, formación,…), a través de la reforma de la LOPJ sobre las mayorías que está en trámite.

También recuerdan que las Asociaciones Judiciales firmantes vienen reclamando desde hace años que los 12 vocales judiciales del CGPJ sean elegidos directamente por la Carrera Judicial, siguiendo los estándares del Consejo de Europa.

Entienden que las anteriores iniciativas «agravan la intromisión política en el poder judicial que se está produciendo en España, lo que compromete los valores que consagran los arts. 2 y 49 del Tratado de la UE en cuanto proclama la obligación de todos los Estados de preservar el Estado de Derecho».

Consideran que está «en juego la separación de poderes y la independencia judicial, que es el apoyo del Estado de Derecho, como garantía de respeto de los derechos humanos, inseparable de los valores de dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, que son fundamentos de nuestra Unión Europea (artículo 2 del Tratado de la Unión Europea); y como parte de nuestro patrimonio espiritual y moral de la Unión Europea, fundada sobre dichos valores indivisibles y basada en los principios de la democracia y del Estado de Derecho (Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea).

«La separación de poderes y el respeto a la independencia judicial son requisitos necesarios para que haya un Estado de Derecho, que es como los Estados democráticos garantizan el respeto de los derechos fundamentales y a los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad, la justicia, el pluralismo político y la solidaridad», subrayan.

Además, señalan que asumen que los jueces nacionales son esencialmente también jueces europeos, que aplican el Derecho de la Unión, «razón por la que la Unión, incluido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, debe vigilar la independencia del poder judicial en todos los Estados miembros como una de las exigencias del Estado de Derecho, y tal como se establece en el artículo 49 del TUE y en el artículo 47 de la Carta».

Recuerdan que entre los grandes objetivos que persigue la Unión Europea está la creación de un espacio común de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores, y destacan que «esto no es posible si no se garantiza la aplicación del Derecho de la Unión entre sus miembros constituidos como Estados de Derecho, sometidos a la ley (rule of law), con jueces nacionales y a la vez de la UE independientes, que puedan aplicar debidamente la ley nacional y el Derecho de la UE.»

Recuerdan, igualmente, los considerendos 3 y 16 del Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, sobre un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión.

Asimismo, aluden al artículo 3 del referido Reglamento, que bajo el título “Vulneración de los principios del Estado de Derecho” dispone que a los efectos del mismo «se podrá considerar indicio de vulneración de los principios del Estado de Derecho lo siguiente: Poner en peligro la independencia de los jueces”.

APM, AJFV y FJI señalan que la Comisión Europea, junto con otras instituciones de la Unión y sus Estados miembros, «es responsable, con arreglo a los Tratados, de garantizar el respeto del Estado de Derecho como valor fundamental de nuestra Unión y de velar por que se observen la legislación, los valores y los principios de la UE», y le reclaman que actúe.

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