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¿»Hace trampas» el Supremo al Legislativo permitiendo que el CGPJ nombre a dos magistrados de la Sala de lo Militar?

¿»Hace trampas» el Supremo al Legislativo permitiendo que el CGPJ nombre a dos magistrados de la Sala de lo Militar?
Fernando Marín Castán, en una foto tomada en 2014, cuando fue nombrado fiscal jefe de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo; en noviembre de 2019 fue nombrado magistrado de esa misma Sala, junto con Ricardo Cuesta del Castillo. Ambos nombramientos han sido anulados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que ha ordenado que se vuelva a repetir la elección. Foto: FGE.
15/4/2021 06:48
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Actualizado: 11/5/2021 23:18
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Entiendo que el término «hacer trampas» es llamativo –es una licencia literaria, que los de «piel fina» no se me alteren–. pero confieso que no hay una expresión que resuma mejor la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de anular los nombramientos de los dos magistrados de la Sala de lo Militar y de permitir que, en el plazo de un mes, el Consejo General del Poder Judicial pueda volver a proceder a una nueva elección para ocupar las dos vacantes.

También confieso que la idea no es mía sino de las múltiples conversaciones que he mantenido estas últimas 48 horas con elevados juristas sobre este asunto. Soy solo el mensajero.

Y ya avanzo que la cosa no es, para nada, pacífica.

Vamos por partes. Como todos recordamos, el pasado 30 de marzo el Boletín Oficial del Estado publicó la Ley Orgánica 4/2021 que modificaba la Ley Orgánica del Poder Judicial prohibiendo que un CGPJ en funciones pueda hacer ningún nombramiento.

Ese mismo día la reforma entró en vigor.

Ocho días después, el 8 de abril, el tribunal de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo firmó dos sentencias. La 485/2021 y la 486/2021. Ambas anularon los nombramientos de Ricardo Cuesta del Castillo y Fernando Marín Castán como magistrados de la Sala de lo Militar de ese mismo órgano judicial.

De la lectura de la reciente reforma de la LOPJ queda claro que el CGPJ a partir de ese día tiene prohibido hacer nombramientos estando en funciones. Su actual situación. 

No hay otra.

Sin embargo, las dos sentencias del Supremo, posteriores a esa modificación de la LOPJ, afirman que ambos procedimientos tienen que volver a la casilla de salida, una vez subsanados los errores, y que los nuevos nombramientos deben realizarse en el plazo de un mes.

Y pone fecha. Las dos sentencias fueron comunicadas el 13 de abril pasado. Por lo tanto, el CGPJ tiene hasta el 13 de mayo para celebrar un Pleno y cubrir esas plazas.

Varios de los juristas consultados opinan que con esa decisión la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo se ha fabricado, a su medida, una cuasi disposición transitoria «ad hoc» que no figura, para nada, en la Ley Orgánica 4/2021.

Y no tiene competencia para ello.

El Supremo no puede ir contra una Ley aprobada anteriormente por el Parlamento nacional.

Si la reforma de la LOPJ prohíbe que el CGPJ haga ningún nombramiento desde el 30 de marzo, y las dos sentencias anulatorias del Supremo son posteriores –pasaron ocho días– parece estar claro que la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo no puede tener virtualidad alguna.

A pesar de ello, el tribunal afirma que las modificaciones realizadas en la Ley Orgánica del Poder Judicial –recordemos que por las dos cámaras, la del Congreso y la del Senado, donde reside la soberanía popular–, «no pueden afectar a una sentencia firme que retrotrae actuaciones a un momento anterior a tales hipotéticos cambios para que el procedimiento se repita conforme a derecho por el Consejo General del Poder Judicial en las circunstancias y condiciones existentes en aquel momento y con respeto a los intereses legítimos de los sujetos afectados por la irregular actuación del referido Consejo».

Lo lógico, argumentan las mismas fuentes, es que Ricardo Cuesta del Castillo como Francisco Marín Castán deben esperar, adscritos a dicha Sala, hasta que el próximo Consejo proceda a realizar los nuevos nombramientos.

¿Seguirá adelante el CGPJ con el proceso de nombramiento, tal como le ha dicho el Supremo? ¿Dirá algo el Parlamento sobre esto o permanecerá en silencio, permitiendo que lo hagan?

La cosa, ya lo avanzo, posee todos los ingredientes para un choque de trenes de esos que se dan de vez en cuando, entre el Poder Judicial y el Legislativo. ¿Qué pasará?

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