Caso procés: El Supremo cita a declarar a Meritxell Serret para el 30 de abril
Serret era uno de los cinco miembros del gobierno catalán que huyó del país tras la declaración unilateral de la independencia en octubre de 2017, junto al propio presidente y los exconsejeros Toni Comín, Clara Ponsatí y Lluis Puig. Foto: EP

Caso procés: El Supremo cita a declarar a Meritxell Serret para el 30 de abril

La exconsejera, que estaba huida, se entregó en el Alto Tribunal el pasado 11 de marzo
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21/4/2021 14:37
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Actualizado: 21/4/2021 14:45
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El magistrado instructor del ‘caso procés’, Pablo Llarena, ha citado a declarar a la exconsejera catalana Meritxell Serret Aleu para el próximo 30 de abril, a las 10.30 horas.

Serret, que fue consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación hasta su destitución el 28 de octubre de 2017 en aplicación del artículo 155 de la Constitución, está procesada por su posible implicación en la declaración unilateral de independencia de Cataluña.

Se encontraba huida en Bélgica desde octubre de 2017, y el pasado 11 de marzo se entregó en el Supremo para ponerse a disposición del tribunal y regularizar su situación procesal de rebeldía.

Regresó desde Bruselas para ser diputada por ERC en el Parlamento de Cataluña tras los últimos comicios.

«Creo que es la decisión correcta y el paso lógico en mi lucha para contribuir a poner fin a la represión contra el independentismo del Estado», manifestó aquel día en un comunicado publicado por ERC.

Tras entregarse, Llerena dejó en libertad provisional a Serret sin medidas cautelares.

Inicialmente la citó para el 8 de abril, pero se suspendió al alegar la exconsejera que era contacto de una persona que había dado positivo en Covid.

Recientemente, la exconsejera ha manifestado al tribunal el resultado negativo de la prueba, por lo que ya puede ser interrogada.

A su declaración también han sido citadas la Fiscalía y el resto de partes personadas.

Serret fue procesada por los delitos de malversación de caudales públicos y desobediencia.

No obstante, dado que hasta ahora no se ha atribuido que su departamento realizara pagos concretos por la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, y puesto que los procesados que fueron juzgados en esa misma situación fueron condenados por un delito de desobediencia y absueltos del delito de malversación, no se había cursado contra ella ninguna Orden Europea de Detención después de la sentencia del ‘caso procés’, dictada el 14 de octubre de 2019.

Existía, sin embargo, una orden nacional de detención para recibírsele declaración y continuar el procedimiento contra ella.

La pena prevista para el delito de desobediencia es de multa e inhabilitación para empleo o cargo público de hasta dos años.

Llarena dejó en una pieza separada a los procesados huidos de la Justicia que han sido declarados en rebeldía, el expresidente catalán Carles Puigdemont, y los exconsejeros Antoni Comín, Lluis Puig, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Anna Gabriel.

El mes pasado, el Parlamento Europeo levantó la inmunidad europarlamentaria de Puigdemont, Comín y Ponsatí para que puedan ser juzgados en España, tal y como solicitó el Tribunal Supremo y ha avalado la comisión de Asuntos Jurídicos de la Eurocámara.

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