El Juzgado impide la retirada del pazo de Meirás de los elementos disputados por la familia Franco al considerar que son bienes inmuebles
El juzgado decretó en septiembre que el pazo y las fincas son propiedad del Estado, algo que posteriormente confirmó la Audiencia Provincial de A Coruña en una sentencia que no es firme. Foto: EP.

El juzgado suspende las actuaciones sobre el pazo de Meirás hasta resolver si el mobiliario debe considerarse parte de la finca

20 / 05 / 2021 13:00

El juzgado de Primera Instancia 1 de A Coruña ha suspendido las actuaciones relativas al pazo de Meirás hasta resolver si el mobiliario forma parte del inmueble y de las fincas incluidas en el recinto que la familia Franco debe devolver al Estado.

El pasado mes de septiembre, el juzgado decretó que el pazo de Meirás y las fincas incluidas en el recinto son propiedad del Estado, algo que posteriormente confirmó la Audiencia Provincial de A Coruña en una sentencia que no es firme.

En esa resolución en la que se declaró que el pazo es propiedad del Estado, según recoge la providencia con fecha de hoy que firma la magistrada Milagritos Belso Sempere, no se condena a los demandados a entregar los muebles existentes en las distintas dependencias al Estado.

De modo que, tal y como determinó la Audiencia Provincial, corresponde a las administraciones públicas «promover el correspondiente incidente de ejecución para discutir y resolver sobre cuál es la extensión de la sentencia que se ejecuta». 

Por ello, la Administración General del Estado ha presentado un incidente de ejecución en el que demanda la «necesaria conservación del inventario» aprobado en su día por el juzgado, así como una segunda cuestión incidental en la que solicita la «delimitación de los bienes integrantes y pertenencias» del pazo teniendo en cuenta el artículo 334 del Código Civil, en el que se definen los bienes inmuebles.

Por su parte, el Ayuntamiento de Sada reclama que se incluya, a efectos de ejecución de sentencia, el mobiliario como parte del pazo de Meirás.

El juzgado tramitará las tres cuestiones incidentales de forma conjunta y las resolverá al mismo tiempo. Contra la providencia dictada hoy cabe presentar recurso de reposición en el plazo de cinco días.

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