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El abogado en el turno de oficio: retribuciones ridículas para un derecho fundamental
20/7/2021 06:46
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Actualizado: 20/7/2021 06:46
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Fue un día inolvidable para mi aquel domingo en el que acompañé en el Colegio de Abogados de Sevilla a mi amigo Paco en su guardia de detenidos cuando yo acababa de jurar como abogado y todavía no tenía señalada mi primera guardia.
Deseaba conocer de cerca cómo se ejercía de abogado de oficio en el turno penal.
El trato de los ocho o nueve compañeros que aquel día comparecieron allí para cumplir con su deber no pudo ser mejor hacia mi, un abogado recién llegado a la profesión.
Los más veteranos contaban sus experiencias a primera hora antes de irnos a desayunar, las llamadas de la jefatura de policía se producirían más tarde para solicitar asistencias en sede policial y los detenidos aún no habían llegado al juzgado de guardia.
Con traje oscuro o la típica combinación del pantalón gris marengo y chaqueta azul marino, los compañeros al narrar algunas anécdotas vividas en otras guardias y casos de oficio luego derivaban su conversación hacia sus vivencias en la profesión, el bufete, los jueces, los funcionarios, los clientes, los honorarios, sus sentencias favorables y otros aspectos de la abogacía que yo tenía mucho interés en conocer portando ya en mi bolsillo mi carnet de abogado junto a mis tarjetas de abogado recién recogidas en la imprenta.
Escuchaba atentamente cómo el abogado de un banco relataba que había comprado con su socio la oficina y les iba muy bien. Otro abogado con muchos años de ejercicio y bastante sentido del humor nos detallaba experiencias con clientes advirtiéndonos del peligro de quedarnos sin cobrar muchos asuntos si no estábamos alerta.
Había un abogado que en realidad trabajaba como militar en el ejército del aire pero deseaba ejercer de oficio para estar en contacto con la jurisdicción penal y así ser abogado ejerciente. Una abogada madre de niños pequeños se quejaba del poco tiempo que podía dedicar a la profesión.
Tras desayunar, alternamos las visitas a comisarías para asistir a ciudadanos detenidos por robos, tirones, venta de drogas o alguna agresión, algunos de ellos con el síndrome de abstinencia, siendo muy correcto el trato de los policías hacia nosotros.
Volvimos al juzgado de guardia para asistir a otros detenidos y ahí puede ver cómo el juez, el fiscal y mi compañero interrogaban a esos ciudadanos que no sabían si quedarían en libertad o irían a la cárcel, aunque la mayor parte de ellos no era la primera vez que visitaban esa sede. En mis primeros años de ejercicio fui abogado de oficio en el turno penal y de familia.
Pero tras celebrarse un juicio penal que por fin tuvo lugar después de seis suspensiones, con sus correspondientes preparaciones, esperas y huecos ocupados en mi agenda, llegué a la conclusión de que lo mejor para mi carrera de abogado era darme de baja y concentrarme en mis asuntos particulares o en buscar nuevos clientes.
De la alegría y el entusiasmo inicial pasé al desengaño y disgusto por el trato dado por la administración a los abogados del turno de oficio.
Entonces el Ministerio de Justicia tenía las competencias para casi toda España y los abogados cuando nos reuníamos en la biblioteca del colegio o en las guardias comentábamos la irrisoria retribución por nuestro trabajo, la labor burocrática que debíamos realizar y lo solos que nos sentíamos asistiendo a imputados y acusados, esforzándonos siempre por ejercer la mejor defensa para ellos aunque no siempre nos lo agradecieran nuestros propios clientes.
El colmo fue el regalo que recibí de una clienta a la que llevé la separación de oficio descubriendo que sus ingresos anuales no le daban derecho a la justicia gratuita.
Era profesora y cuando le dije que aún así le asistiría gratuitamente, me aseguró que no lo olvidaría y cuando nos notificaran la sentencia me haría un buen regalo, consistiendo éste en dos cartones de cigarrillos rubios americanos, uno para mi y otro para mi secretaria.
1. RAZONES PARA QUE UN ABOGADO SE INSCRIBA EN EL TURNO DE OFICIO
La mayoría de los abogados causan alta en el turno en sus primeros años cuando cumplen los requisitos exigidos. Es una fuente de ingresos y adquieren práctica en las áreas elegidas.
También por solidaridad y altruismo. Para conocer el foro penal, las guardias de policía y juzgado, practicar la defensa penal en general.
Preguntas y te dicen los nuevos compañeros que así adquieren experiencia en los asuntos penales y la exigua retribución les cubre algunos gastos.
Porque les gusta el derecho penal, porque tienen vocación de penalistas, porque les han dicho que esos clientes de oficio les pueden recomendar a otros clientes, porque algunos de ellos los pueden contratar como abogados particulares, por el mito del turno de oficio penal. También por ética profesional.
2. LA RETRIBUCIÓN ES RIDÍCULA
Los honorarios medios pueden ser de 300 euros para un procedimiento penal cuando en un caso de designación particular la media puede ser de 3.000 o 4.000 euros, es decir, el 10% o menos de lo que cobra un abogado particular, cuando el trabajo realizado tiene la misma responsabilidad y esfuerzo en un caso y en otro.
La administración central y las autonomías ahorran mucho dinero logrando que el servicio público de justicia gratuita funcione y lo presten buenos abogados mientras que a ellos les sale muy barato.
Últimamente han mejorado en la puntualidad en los pagos pero siguen pagando muy poco, con algunas excepciones como el País Vasco y Galicia, aunque incluso en estos lugares la retribución debe mejorarse pues lo lógico es que un abogado de oficio cobrase al menos la mitad de lo que cobra un abogado particularmente.
El poder político vende un servicio de calidad que obtiene a un precio de saldo a costa de miles de abogados sacrificados y maltratados por el sistema que siguen ahí porque necesitan esos ingresos o desean contribuir altruistamente.
Si añadimos que la mayoría de las veces los gastos no son cubiertos y salen del bolsillo del abogado, aún peor.
Y esos días inacabables en las guardias, no siempre recibidos con buenas caras y amabilidad por policías, jueces, fiscales y funcionarios.
Muchos de éstos tienen prisa y quieren terminar a costa de vulnerar el derecho de defensa, no les dejan hacer su trabajo como es debido y causan malestar en el abogado que desea cumplir con su deber.
Pero la realidad es así, el funcionario quiere terminar y el abogado, el abogado de verdad, no tiene prisa, antes al contrario no piensa en la hora que va a llegar a su casa, lo mismo si vive aún con sus padres, que si vive solo, con su pareja o si tiene hijos.
El abogado está concentrado en su trabajo, en esa ocupación que tanto anhelaba y que por fin puede desarrollar. La carrera de obstáculos se superará, con entusiasmo e ilusión.
Por supuesto, siempre hay funcionarios que no solamente nos reciben bien sino que nos ayudan, conversan y hasta se toman un café con nosotros, preocupándose sinceramente por nuestra digna labor.
Imaginemos una defensa por un delito de estafa en un procedimiento abreviado que llega a juicio.
Los honorarios son de 350 euros y las horas que el abogado de oficio pueden ser 40 entre las reuniones con el cliente, estudio, asistencia a diligencias, preparación del juicio y asistencia en estrados, eso sin contar que a lo mejor ha tenido que visitar a su defendido en prisión.
La hora de ese abogado le saldrá al Ministerio de Justicia o a la comunidad autónoma correspondiente a menos de 9 euros.
En las macrocausas penales, a pesar de que algunas veces los colegios establecen un convenio especial para la retribución del abogado de oficio con la administración competente, en la mayoría de las ocasiones se le ha causado un perjuicio importante al abogado designado y a su bufete, pues las cientos o miles de horas que habrá de dedicar a una defensa de esa clase nunca serán recompensadas.
La diferencia sustancial en la remuneración según la comunidad autónoma en la que preste el servicio el abogado de oficio infringe el principio de igualdad, por lo que nuestros representantes deberían exigir que en todo el territorio nacional se abone una retribución igual a la del lugar donde mejor se pague.
Eso para comenzar, porque después habría que conseguir al menos que se abone la mitad que en la designación particular.
3. EXPLICACIONES PARA UNA REMUNERACIÓN MÍSERA
Hay suficientes abogados que trabajan con esos emolumentos y aunque algunos se dan de baja en el turno, más aún se dan de alta. Hoy hay más de 45.000 abogados en el turno.
Por lo tanto, el servicio está garantizado.
El servicio prestado por los abogados de oficio en general es de calidad y se cumplen los fines. De vez en cuando hay quejas y protestas pero no hay bajas masivas de letrados en el turno.
Por lo tanto, no es necesario aumentar el presupuesto de justicia gratuita mucho más. De manera que lo que se despilfarra en otras áreas se ahorra en esta materia.
La abogacía institucional no ejerce demasiada presión y sugiere mejoras diplomáticamente, básicamente en la puntualidad de las retribuciones, ya casi lograda después de décadas.
Por supuesto hay excepciones como la del Colegio de Abogados de Málaga con el decano Francisco Javier Lara.
Durante el estado de alarma, el servicio del turno de oficio ha seguido funcionando aún con el riesgo personal de miles de abogados a los que casi nunca se les dotaba de medios ni de la protección adecuada.
En definitiva, se cubre un servicio público esencial y eficaz con poco dinero, y se garantiza el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. Es la Justicia ‘low cost’.
4. MUCHOS ABOGADOS CRITICAN EL TURNO PERO SIGUEN EN ÉL
La mayoría sigue aunque otros abandonan. Pero las filas se nutren de nuevo con jóvenes abogados que comienzan, otros más veteranos que deciden volver o incluso que se dan de alta por primera vez.
Necesitan esos ingresos, bajos pero imprescindibles. Algunos gastos cubren. Quizás si causan baja, después cueste trabajo volver o cambien los requisitos.
Además, no es fácil salir del turno de un día para otro, pues aunque se renuncie siempre habrá diligencias, trámites, vencimientos y señalamientos de todos los asuntos que aún están de alta.
En las guardias se viven buenos momentos entre los compañeros, se hacen amigos, confidencias, se ayudan unos a otros, se aprende, incluso algunos terminan como socios o parejas, quién sabe.
Además, la sorpresa, la intriga, por saber qué nuevos clientes y casos nos encomendarán.
Y algún día podría llegar el Caso con mayúsculas. Con más antigüedad, más casos interesantes podrán llegar y de tribunales superiores.
No digamos ya si son del Tribunal del Jurado, Audiencia Nacional, Tribunal Supremo o el Tribunal Constitucional. Muy mal pagados también, desde luego.
Pero les compensa, les gusta. Además, si les va mal en los asuntos de libre designación, siempre tendrán unos ingresos fijos.
Los clientes de oficio les podrán recomendar a veces en otros casos que llevarán privadamente con honorarios libremente establecidos.
Y aún los de oficio querrán retribuirle en ocasiones para compensar los exiguos honorarios estatales o autonómicos.
También si les pide la venía un abogado particular, podrán reclamar honorarios según baremos.
Y no podemos olvidar que hay partidos judiciales rentables e incluso comunidades autónomas donde merece la pena ejercer de oficio y supone una buena entrada de ingresos.
El otro día me decía una compañera que en su ciudad se daban de alta muchos compañeros que no eran de allí pero que podían facilitar un domicilio porque en ese término había muchos asuntos penales y no demasiados abogados, con lo cual se cobraban retribuciones interesantes.
También me cuenta un compañero de Tenerife que él puede ejercer en el turno penal en todas las Islas Canarias y que mensualmente logra unos honorarios respetables que le ayudan bastante, aparte de los nuevos casos particulares que le llegan recomendados por clientes de oficio.
Otros compañeros apenas atienden directamente sus casos de oficio y son ayudados por abogados del bufete o de fuera.
5. LA ABOGACÍA INSTITUCIONAL PODRÍA HACER MUCHO MÁS
Desde que ejerzo, hace ya treinta años, todavía no he visto una actuación contundente del Consejo General de la Abogacía Española o de los Colegios de Abogados, con algunas dignas excepciones.
Se actúa con demasiada diplomacia, se reivindica poco.
El Consejo y los Colegios deberían presionar más para que se elevaran los honorarios del turno y al menos se percibiera la mitad de lo indicado en los baremos orientadores para los casos llevados particularmente, como reivindican asociaciones de abogados del turno como ALTODO.
No es suficiente con reclamar puntualidad en los pagos y la actualización de las retribuciones con el IPC. Ustedes saben que los emolumentos son míseros e inmerecidos por los valientes y esforzados abogados del turno.
Saben de sobra que se podría hacer más, advertir a los políticos que podrían tener problemas con las asistencias.
Solo con comparar las retribuciones existentes en otros países de nuestro entorno sería argumento suficiente, pero a veces nuestros representantes quieren llevarse bien con las autoridades y no plantearles demasiados problemas.
La mayoría no son abogados de oficio y no sufren las carestías que sí padecen éstos. De todas formas, siempre han pagado poco las administraciones y así siguen haciéndolo, es difícil solucionarlo porque los políticos no quieren gastar más y solo incrementan los presupuestos de justicia gratuita porque sube la demanda pero no porque vayan a pagar retribuciones más adecuadas al trabajo realizado
¿Entonces para qué reclamar?
Incluso podría criticarles la sociedad.
¿Pedir más dinero para los abogados con lo bien que viven? Es un honor y una gran dignidad cobrar 200 euros por llevar una defensa penal, como decía el ministro Campos.
También sería un honor cobrar al menos 2.000 euros por esa defensa, la mitad quizás de lo que cobraría un abogado de designación particular.
En definitiva, se trata de un servicio con retribuciones mínimas y por vocación, o eso piensan algunos de nuestros representantes.
6. LOS ABOGADOS DEL TURNO NO SE REBELAN
Al individualismo propio de la profesión se une la falta de unidad cuando se trata de presionar al gobierno autonómico o central, a pesar de que en los últimos años se han incrementado las protestas, paros y encierros.
Si a eso se añade la falta de apoyo suficiente por parte de la abogacía institucional, peor aún.
Además, al menos en el turno penal, se temen represalias pues las suspensiones en las asistencias y otras diligencias y actuaciones penales afectarían a derechos fundamentales.
Además de la posible responsabilidad administrativa, civil y/o penal que podría conllevar en su caso. Ya lo que faltaba. La administración siempre es más fuerte que el abogado de oficio.
7. JUSTICIA GRATUITA PARA LOS QUE NO TIENEN DERECHO A ELLA
Hay una falta de control por parte de las administraciones, y a veces de los colegios. Aún así, se pretende que sea el abogado el que cargue con todo el trabajo burocrático, como si no tuviese ya bastante.
Siempre existirá la picaresca de tener un buen abogado gratis por aquel que puede pagarlo pero prefiere ahorrarse ese dinero para destinarlo a otros fines.
Eso lo hemos visto todos, cuando nos hemos llevado la sorpresa de ver el cochazo, mejor que el nuestro, que lleva el cliente de oficio; o su reloj, su abultada cartera, o lo hemos encontrado en un buen restaurante o comprando en una boutique de lujo.
Pero si documentalmente puede demostrar que no supera unos ingresos, aunque si los tenga, nosotros cobramos poco mientras él se ahorra ese dinero.
La economía sumergida tiene ciertas ventajas. Y si descubren al que engaña, pocas posibilidades hay de que le reclamen.
8. EL CASO DEL REINO UNIDO: ¿UN SISTEMA DE JUSTICIA GRATUITA IDEAL?
Hace ya casi veinte años la familia de un español encarcelado en Reino Unido me encargó que hiciera lo posible por ayudarlo en el procedimiento penal y en su asistencia letrada.
Lo visité en Birmingham, me entrevisté con varios abogados penalistas y llegué a la conclusión de que el abogado que lo defendía era el mejor para ello, además de que hablaba español.
Ese abogado ‘solicitor’ había sido designado por el sistema de justicia gratuita porque tenía mucho años de experiencia en la jurisdicción penal, era el socio director del departamento penal de un importante bufete y podía demostrar sus conocimientos y casos llevados.
Por ese trabajo cobraba una tarifa horaria igual a la que cobraba a sus clientes particulares. Sin embargo, en este caso, en la defensa del ciudadano español le pagaba el Estado.
El ‘solicitor’ cobraba unos 250 euros/hora hace casi veinte años, el ‘barrister’ unos 400 euros/hora y el ‘barrister’ que asistió al juicio mucho más. Además, otros profesionales como la intérprete jurado, que también traducía todas las actuaciones, cobraba 150 euros/hora.
Con lo cual, solo en ese caso, al haber cuatro investigados, dos españoles y dos británicos, el Estado habría de asumir una factura superior a los 100.000 euros a la que tenían derecho esos ciudadanos por no tener unos altos ingresos.
Aprendí mucho en ese proceso, entre otras cosas el respeto que se profesa a los abogados en la justicia británica, cosa que no siempre ocurre en España, vi el trato exquisito de jueces y fiscales con el ‘solicitor’ y el ‘barrister’ a los que acompañaba, cómo ejercían la defensa de modo muy profesional y cómo preparaban meticulosamente cada actuación, escrito, presentación de pruebas, petición de libertad provisional, etc.
Pero sobre todo vi cómo el Estado proporcionaba todos los medios a los abogados y al justiciable, sin ahorrar en nada.
Antes de entrar en una vista, estábamos reunidos con el cliente en un despacho con todas las comodidades, nos ofrecían comida y bebida, y no teníamos que aguardar de pie horas hasta que nos llamaran para entrar en la sala sino que por megafonía nos avisaban minutos antes, aprovechando ese tiempo para conversar con el cliente.
Hasta a mi me pagó Reino Unido, no por trabajar junto a los abogados ingleses allí, retribución que correspondía a la familia del español, sino por haber atendido dos días en España a los abogados ingleses para averiguar ciertas circunstancias e inspeccionar ciertos lugares donde ocurrieron presuntamente parte de los hechos.
Mis colegas ingleses me solicitaron mi minuta para entregarla a su Colegio de Abogados, recomendándome cobrar al menos la tarifa horaria del ‘solicitor’.
Así lo hice y por dos días de trabajo cobré más de lo que había cobrado en su día por un año en el turno de oficio.
Después de haber leído ‘El Abogado Secreto‘ y algunos informes, sé que en los últimos años se ha recortado bastante el presupuesto para la justicia gratuita en Reino Unido y las cosas no son lo mismo.
Pero esa referencia sería la ideal para que los abogados españoles del turno de oficio cobraran una retribución digna: lo mismo que si ejercieran particularmente.
Pues para eso realizan el mismo trabajo que un abogado privado y tienen la misma responsabilidad.
Así, hasta yo mismo me daría de alta de nuevo.
Después de todo lo expuesto, felicito a los valerosos abogados de oficio españoles por su importantísima labor y su abnegada entrega, que hacen posible que se garantice el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva en toda España.
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