¿Es lógico que la instructora del Tribunal de Cuentas en la causa de los separatistas pida un informe a la Abogacía del Estado?

28 / 07 / 2021 06:45

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En apariencia todo parece muy normal, pero no lo es. Esperanza García, la delegada instructora en la causa abierta en el Tribunal de Cuentas contra los líderes separatistas por promocionar su causa en el extranjero, tiene serias dudas.

Serias dudas sobre si la legalidad de los avales presentados por el Institut Catalá de Finances (ICF), organismo público que depende de la Generalitat, pueden garantizar la posible responsabilidad contable de 5,4 millones de euros de altos cargos y políticos de la Generalitat en el pasado, como los expresidentes Artur Mas y el prófugo Carles Puigdemont,los indultados Oriol Junqueras y Raül Romeva, además de Francesc Homs y Andreu Mas-Colell.

Y para ello ha pedido un informe razonado a la Abogacía del Estado.

La delegada instructora quiere que se le aclare si una entidad pública como el ICF puede garantizar esa responsabilidad contable.

Una entidad supuestamente perjudicada –ya sea directa o indirectamente– por el destino que estos exdirigientes le dieron al dinero público en su afán de contar al mundo su “relato separatista”.

García quiere saber, para ser precisos, si la jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo “ampara o no” una fianza como esta a “cargos y empleados públicos que actúen con dolo o culpa grave”.

Para ello, la delegada instructora ha echado mano a su “libro de Petete”, la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Para ver qué dice.

La respuesta la ha encontrado en el artículo 20: Le corresponde al abogado del Estado de dicho órgano hacer los informes que le soliciten el presidente, el Pleno del Tribunal, la Comisión de Gobierno y los consejeros.

Ella, por lo tanto, no puede pedirlo directamente.

Tiene que hacerlo a través de un consejero. De forma vicaria.

En este caso lo ha hecho por medio del presidente de la Sección de Enjuiciamiento, el consejero José Manuel Suárez Robledano, que fue elegido por el PP.

Su jefe directo.

¿Es esta una forma de trasladar una patata caliente del Tribunal de Cuentas al Gobierno socialista a través del abogado del Estado?, me pregunto yo.

Una pregunta que he trasladado a varios juristas. La respuesta ha sido unánime: Sí, sin duda alguna.

Pero es que hay un problema gordo con esa petición.

EL ABOGADO NO PUEDE EMITIR INFORME PORQUE ES PARTE DEL PROCEDIMIENTO

El abogado del Estado es parte en el procedimiento. Es altamente irregular y anómalo que una delegada instructora le pida un informe a una de las partes. 

Jamás ha ocurrido esto antes. 

Su informe podría ser objeto de impugnación por parte de las defensas de los encausados. Con toda razón.

Otra solución sería la lógica. García podría solicitarlo al defensor de la legalidad, el Ministerio Fiscal. Es verdad que la citada ley no dice nada.

Por lo que sería aplicable el principio general del derecho: lo que no está prohibido está permitido.

Sin embargo, hay un problema.

Miguel Ángel Torres Morato, fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, formó parte del Pleno que, el 28 de marzo de 2019, votó el Informe de Fiscalización relativo al destino dado a los recursos asignados a la ejecución de políticas de acción exterior de la Comunidad Autónoma de Cataluña, correspondiente a los ejercicios 2011-2017”.

El informe que dio pie a esta causa. El informe que la abrió.

Torres Morato está “contaminado” también. Su apariencia de imparcialidad estaría seriamente comprometida.

Además, también es parte. Imposible.

Y lo mismo ocurre con el presidente de la Sección de Enjuiciamiento citado, Suárez Robledano, quien también votó dicho Informe, y que vuelve a contaminarse nuevamente con la petición de la delegada instructora.

Suárez Robledano, por cierto, formará parte del tribunal de apelación, en el caso de que el fallo de la juez y consejera del Tribunal de Cuentas, Margarita Mariscal de Gante, sea condenatorio.

Mariscal de Gante no debería haber estado tampoco en aquel Pleno del 28 de marzo de 2019. Ni haber tenido ningún conocimiento previo con esta causa.

Como magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid –en servicios especiales– que es, Suárez Robledano debería haberlo sabido.

Como dicen los argentinos, con esta solicitud de la delegada instructora la causa se complica y la está convirtiendo en un carajal jurídico que solo beneficia a los encausados.

Un auténtico carajal jurídico.

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