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Afganistán: No podemos quedarnos en silencio

Afganistán: No podemos quedarnos en silencio
Marlen Estévez es presidenta de la asociación Women in a Legal World.
31/8/2021 06:47
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Actualizado: 31/8/2021 06:47
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El siglo XX se caracterizó entre otras cosas por la incorporación de los derechos humanos al derecho internacional. Es decir, a las normas destinadas a regular las relaciones externas entre sujetos soberanos, los Estados, y otros sujetos a los cuales también se les confiere calidad de sujetos de derecho internacional.

El propósito es armonizar sus relaciones, construyendo un ideal de justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y seguridad que permita realizarla.

Este derecho está integrado por acuerdos entre Estados —tales como tratados internacionales, con diferentes denominaciones según el caso (tratados, pactos, convenios, cartas, memorándum, declaraciones conjuntas, intercambios de notas, etc.)— como también por la costumbre internacional, que se compone a su vez de la práctica de los Estados, que estos reconocen como obligatoria, y por los principios generales del derecho.

Así lo establece el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.

Pues bien, entre estas normas de derecho internacional, la más relevante es sin duda la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948 que fue adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), como respuesta a los horrores vividos durante la Segunda Guerra Mundial y como intento de sentar las bases del nuevo orden internacional que surgía tras el armisticio.

Tras la Declaración se han aprobado numerosos tratados internacionales sobre la materia que crean diversos dispositivos para su promoción y garantía, entre los que destacan la Convención Europea de Derechos Humanos de 1950, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), y la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969.

Ahora bien, los derechos humanos no sólo se reconocen en el derecho interno de numerosos Estados y en tratados internacionales, sino que son una idea de gran fuerza moral.. Para muchos, además, la doctrina de los derechos humanos se extiende más allá del derecho y conforma una base ética y moral que debe fundamentar la regulación del orden geopolítico contemporáneo.

Son una referencia clave en el debate ético-político actual, y el lenguaje de los derechos se ha incorporado a la conciencia colectiva de muchas sociedades.

Sin embargo, esta hegemonía debe convivir en una realidad alarmante, la que se vive en muchos países del mundo y concretamente hoy en Afganistán, tras el acuerdo alcanzado por la OTAN el 14 de abril de 2021 de retirar las tropas antes del 11 de septiembre de 2021 del país.

Según datos de la ONU, más de 1.000 civiles murieron en Afganistán solo en el último mes y durante estos días se han sucedido una serie de acontecimientos que no hacen sino temer lo peor, una vuelta a la década de los 90 durante la cual se restringieron números derechos a la población afgana que afectaban principalmente a mujeres, niños y a la población más desfavorecida (personas más excluidas, más vulnerables y que tienen necesidades específicas).

No podemos quedarnos en silencio.

Hace poco una periodista escribía que las mujeres afganas con las que había hablado le indicaron que dieron un paso hacia delante porque occidente les animó, inspiró, financió y cobijó. Crecieron con libertades y oportunidades que han hecho suyas.

Por eso, como recientemente ha pronunciado Antonio Guterres, Secretario General de Naciones Unidas, ahora es el momento de permanecer unidos. “No podemos ni debemos abandonar al pueblo de Afganistán”. La comunidad internacional debe utilizar todos los instrumentos disponibles para garantizar que hable con una sola voz para defender los derechos humanos en este territorio.

Expresando preocupación por los informes sobre las crecientes violaciones contra mujeres y niñas que temen volver a «los días más oscuros», y haciendo hincapié en que sus derechos ganados con tanto esfuerzo están protegidos, la comunidad internacional también debe unirse para garantizar que Afganistán nunca más se utilice como una plataforma o refugio para organizaciones terroristas.

Se debe respetar el derecho internacional humanitario, y su piedra angular, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre los que me gustaría destacar: el derecho a la vida, libertad y seguridad de las personas (artículo 3), el derecho de hombres y mujeres a ser tratados igual, sin distinción (artículo 7), el derecho de asilo (artículo 14), el derecho a la libertad de pensamiento de conciencia y de religión (artículo 18), el derecho a la libertad de opinión y de expresión (artículo 19), el derecho a participar en el gobierno de su país y a participar en condiciones de igualdad en sus funciones públicas (artículo 21), el derecho a la educación y a la libertad de los padres de escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos (artículo 26), el derecho a participar libremente en la vida cultura de la comunidad, progreso científico y beneficios que de él resulten (artículo 27).

Todo ello, sin olvidar que el artículo 28 dispone que toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos y que el 30 concluye que: “nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración”.

Los derechos de la mujer deben ser un principio innegociable en todos los debates futuros sobre Afganistán. La futura gobernanza de este país solo debe contar con el apoyo y el respaldo de la comunidad mundial si garantiza la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres, incluye a los grupos minoritarios y a los jóvenes, defiende los derechos humanos y las libertades fundamentales y garantiza la adhesión al estado de derecho.

Se debe proteger a quienes construyeron el Afganistán de hoy, incluidas sus mujeres.

No se deben borrar veinte años de progreso.

En el 75 aniversario de Naciones Unidas debemos ampliar el apoyo a los derechos humanos, no solo entablando conversaciones que calen hondo en la sociedad, sino también con acciones y medidas concretas. Creo asimismo que en Occidente tenemos que reflexionar sobre lo sucedido ¿qué ha fallado? ¿qué podría haberse cambiado? ¿por qué no hemos conseguido instaurar la Paz?

Ahora bien, con independencia de esta necesaria reflexión, la realidad es que realización de estos derechos requiere una colaboración urgente y amplia que abarca a los Estados, las organizaciones internacionales, pero también a la sociedad civil. Nos concierne a todos. Si se quiere consolidar la función rectora de las Naciones Unidas en la promoción de los derechos humanos, es necesario proteger al pueblo afgano.

El derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos deben ser respetados.

Tenemos que materializar este llamamiento a la acción y ayudar así a todas las personas, en todos los países, a alcanzar, en palabras de la Declaración Universal, esta “aspiración más elevada” de toda la humanidad.

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