37 años duró el pleito de las monjas Salesas contra la incautación de su Monasterio, hoy edificio del Tribunal Supremo
La Reina Bárbara de Braganza proyectó la construcción del Convento-Monasterio como el lugar de su retiro si su marido, el Rey Fernando VI, moría antes; pero fue ella la que falleció primero y desde entonces y durante más de cien años fue también la institución educativa en la que se formaban las hijas de la aristocracia.

37 años duró el pleito de las monjas Salesas contra la incautación de su Monasterio, hoy edificio del Tribunal Supremo

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05/9/2021 06:50
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Actualizado: 05/9/2021 06:50
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La Reina doña Barbara de Braganza desde que llegó a España, en 1729, deseó crear una fundación religiosa al estilo de las existentes en Francia, Alemania e Italia que fuese útil para el reino, de las religiosas del Instituto y orden de San Francisco de Sales, dedicada a la educación de niñas nobles como correspondía a personas de su distinción.

Y, con la aprobación de su esposo el Rey Fernando VI, eligió para regir el Monasterio-Colegio a la Orden de San Francisco de Sales, de ahí ser conocidas como Salesas Viejas o Salesas Reales, para hacer realidad el proyecto.

Alfonso Dánvila, en su libro “Fernando VI y Bárbara de Braganza”, afirma que el motivo de fundar ese Monasterio no era piadoso sino para tener un lugar donde retirarse, «pues tuvo por suegra o suegastra a doña Isabel de Farnesio la mujer más mayestáticamente entrometida y más loca y ciegamente afanosa de dominación de todas las Reinas de España».

Bien es cierto que, aunque doña Bárbara se vengó de ella, porque al llegar al trono la retiró a la Granja de San Ildefonso, siempre tuvo el temor a la venganza de ésta si su esposo fallecía, sin que tuvieran hijos, y lo sucediera su hermano Carlos, Rey de Nápoles y Sicilia, como así sucedió después con el nombre de Carlos III.

Doña Barbará asistió, ya enferma a la inauguración de la Iglesia, pero no llegó a ver el Monasterio terminado.

Falleció en agosto de 1758.

Los Reyes, Bárbara de Braganza, nacida en Portugal, y Fernando VI, ordenaron construir el Monasterio que más de 100 años después fue incautado por el gobierno en una de las desamortizaciones históricas.

HABITACIONES DE LA REINA

La escritura de donación se firmó en Simancas, en cuyo Archivo se encuentra con fecha de 22 de agosto de 1757. En el mismo aparece la aceptación de las Religiosas el 26 de agosto de ese año.

Prueba de ello es que en el Monasterio las dos plantas de la fachada principal eran conocidas como «Las Habitaciones de la Reina» y los «Jardines de la Reina», que ocupaban la fachada norte del edificio (hoy Plaza de la Villa de París), que constaba de doce habitaciones en la planta baja, para el verano, y otras tantas en la principal para el invierno.

Había también un pasadizo que comunicaba esas habitaciones con la tribuna que se había reservado en la Iglesia para uso de los Reyes. Un pasadizo que llegaba también hasta lo que hoy es la calle Génova.

Hoy, estos jardines se conocen como Plaza de la Villa de París, en honor al presidente francés Émile Loubet, cuando vino a Madrid, correspondiendo a la visita que el Rey Alfonso XIII, bisabuelo de nuestro actual monarca, le hizo en París el año 1905.

Durante esa visita sufrieron un atentado del que milagrosamente salieron ilesos tanto los Reyes como el presidente y su esposa.

Curiosamente hoy, por motivos que desconozco, en el Palacio de Justicia un retrato de la reina madre, doña Isabel de Farnesio, preside la mal llamada «Escalera de la Reina», cuando siempre fue conocida por «Escalera del público», dado que era el acceso al Tribunal Supremo desde la entrada a éste por la calle Marques de la Ensenada.  

¿Será por lo poco agraciada que era, físicamente hablando, la Reina?

Doña Bárbara y su esposo el Rey don Fernando VI resuelven que las Religiosas fundadoras fuesen las del Convento primitivo de la Ciudad de Anmessy (Condado de Saboya), pues conocían que la madre sor Ana Sophia de Rochebardoul tenía todas las cualidades necesarias para hacer realidad el proyecto.

Y así fue como dicha madre, acompañada de sor Ana Victoria de Oncicuso, sor María Prospera Txucher y Margarina Decrouz fueron las elegidas para esa misión en Madrid (los féretros con los restos de estas fundadoras fueron encontrados después del incendio del Tribunal Supremo, en mayo de 1915, en la Sala que hoy se conoce como de prearchivo, que lindaba con la Iglesia; las condiciones ambientales debían de ser tan adecuadas que se encontraron sus restos perfectamente momificados).

La orden de las monjas Salesas es de clausura. Además de la contemplación, uno de sus cometidos era formar a las hijas de la aristocracia española por lo que el monasterio-convento era, también, un internado.

CON EL VISTO BUENO DEL ARZOBISPO DE TOLEDO

Sucedió que, en esas fechas, casualmente, se encontraba en Saboya el arzobispo gobernador de Toledo, don Manuel Quintano Bonifaz, que consiguió la oportuna licencia del Obispo de Anmessy para que el sueño de los Reyes de España se hiciese realidad.

Por lo que se dispuso el traslado a Madrid de todas ellas de la forma más decente y cómoda posible acorde con su posición, acompañadas de dos eclesiásticos de su confianza.

A su llegada a la capital de España fueron alojadas en la Casa del Beaterio de San Joseph, en la calle Ancha de San Bernardo, pero no fue de su agrado, al no considerarla acorde con su posición social.

Solicitaron al Rey que se las trasladara a otro lugar, por lo que fueron llevadas a la casa de Don Juan de Brancacho, situada  en el Prado Viejo también conocido por Prado de San Jerónimo (casa que había sido propiedad del Almirante de Castilla y después del Marques de Alcañices, quien se la donó a don Juan Brancacho, de ahí el nombre de la Calle Almirante hoy en día).

Por orden del Rey, don Pedro de Mendoza, del Consejo de Hacienda, compró esa casa y la pagó de los caudales de lanzas y medias anatas[1].

Para el mantenimiento de las religiosas, doña Bárbara otorgó una escritura de donación de 54.632 reales y 18 maravedíes de renta anual en diferentes partidas de juras el 1 de junio de 1749, ante el secretario don Zenón de Domodavilla, marqués de la Ensenada.

La Reina cedió sucesivamente otras cantidades a las religiosas, como 400 ducados anuales de una dehesa que tenía arrendada en la Serena, que posteriormente el Convento compró, por 137.000 reales de un legado de la marquesa de Ugena, y posteriormente otras cantidades.

En 1758 el Monasterio se inauguró y funcionó como tal y como colegio de las hijas de la nobleza, según lo previsto hasta 1837 año en el que comienzan las incautaciones, que fueron dos.

La primera en 1837, con la desamortización, de Juan Álvarez Mendizabal, ministro de la Regente, doña María Cristina de Borbón, que se materializó en la Ley de 29 de Julio de 1837, (Gaceta de Madrid núm.977 de 4 de agosto de 1837).

En su artículo 2 declaraba “extinguidos en la Península, islas adyacentes y posesiones de España en África, todos los monasterios, conventos, colegios y congregaciones y demás casas de religiosos de ambos sexos”.

Entre los bienes expropiados se citaron dos casas en la Plaza de las Salesas, los números 2 y 6 (esquina Santo Tomé), una fábrica de vidrio en la villa de Cadalso, en el barrio de San Antón, un corral con cobertizos en la Calle Santo Tomé, y fuera de la capital las dehesas de la Serena y otras en Quinto de Cerromarchán, de Miraflores, Arroyomolinos y Barrionuevo, entre otras, así como una renta de 1.838.804 maravedises donada por doña Bárbara de Braganza.

Quedaron, pues, las religiosas salesas solamente en posesión del Convento y sus jardines, pero sin patrimonio para sostenerlo, viéndose obligadas a vender 40 varas de su huerta, que fueron la manzana que hoy corresponde a las calles de Marqués de la Ensenada y Paseo de Recoletos, lo que hoy comprende el edificio del Consejo General del Poder Judicial, y los edificios adyacentes, como el Instituto Francés, el Centro Financiero Génova y el Museo de Cera.

Sin embargo, a la vista de los rumores en mentideros de la Villa, las religiosas Salesas al igual que otras ordenes, a fin de prevenir acontecimientos, comenzaron a retirar alhajas, cuadros y otras clases de bienes del convento, hechos que dieron lugar a la famosa detención del Jesuita P. Ibáñez, pero eso es harina de otro costal.

El Monasterio Convento de las Monjas Salesas en su apariencia original. Entre 1875 y mayo de 1915 acogió al Tribunal Supremo, a la Audiencia Territorial y a todos los juzgados de Madrid. Foto: Poder Judicial.

SEGUNDA INCAUTACIÓN

El convento no fue expropiado por su fecha de fundación, pero en 1868 tuvo lugar la segunda incautación, mediante decreto de 15 de octubre de 1868 –Gaceta de Madrid núm. 293 de 19 de octubre de 1868, página 2– cuyo artículo 1 dice:

«Quedan extinguidos desde esta fecha todos los monasterios, conventos, colegios, congregaciones y demás casas de religiosos de ambos sexos, fundados en la Península é islas adyacentes desde 29 de Julio de 1837 hasta el día».

En vista de ello el Monasterio de las Salesas quedaba excluido, dado que su fundación databa de 1758.

Pero como siempre, hubo la consabida rebaja pues el artículo 5º del decreto, dice: “…los Gobernadores Civiles, oyendo a los Diocesanos, designarán, en el término de un mes, contado desde la publicación de este decreto, los que hayan de conservarse, prefiriendo aquellos que tengan algún mérito artístico y trasladando las religiosas de los que se supriman a otros de la misma Orden”.

El gobernador de Madrid procedió, oyendo al diocesano, a la reducción de la mitad de los Conventos subsistentes por la ley de 29 de Julio de 1837 y designó los que habrían de conservarse, encontrándose entre ellos el Monasterio de la Visitación, conocido como de Las Salesas Viejas o Salesas Reales, al que en su virtud se trasladaron las «religiosas Teresas» por haber suprimido su convento, que lindaba con las huertas de las Salesas.

Comprendía  lo que hoy son las actuales calles de Campoamor, Argensola y Santa Teresa, y, que fue derribado en 1869 construyéndose en su lugar los edificios de viviendas que hoy vemos;  de  forma, que cuando se incautó el Palacio en 1870 fueron dos las Ordenes de Religiosas desalojadas.

Es necesario tener en cuenta que el Monasterio fundado por Fernando VI y su esposa doña Bárbara era propiedad y patronato de los Reyes de España, pero bien sabido es que en esa época el bolsillo de los Reyes y el tesoro público eran la misma cosa.

También sabemos que, según consta en el  testamento de doña Bárbara lo gastado en la construcción del convento fueron 83 millones de reales, suplidos todos por la Tesorería, aunque también es cierto que ella puso alhajas, ornamentos y pinturas de su patrimonio personal, cuyo inventario obra en el Archivo de Simancas, donde fue enviado por orden del Rey Fernando VI en enero de 1758, fecha en que se termina la construcción del Monasterio de la Visitación, vulgarmente conocido como Salesas reales de Madrid. Hoy en el Archivo Histórico Nacional (A. H. N. Inventario de alhajas, ornamentos y pinturas donados por la Reina Bárbara de Braganza, al Monasterio de las «Salesas Reales» de Madrid.  PTR, LEG, 39, Doc. 110).

A la vista de este capítulo, el Gobierno tiene todo el derecho de incautarse un edificio sobre el que la opinión general creía que debía de ser ocupado solamente por tribunales superiores, es decir El Tribunal Supremo Supremo y la Audiencia Territorial. 

Ya en 1864 decía don Pedro Gómez de la Serna, en un artículo titulado «Sobre los edificios necesarios para la administración», publicado en la RGLJ, Tomo XXV (casualmente en esta segunda expropiación era presidente del Tribunal Supremo don Pedro de la Serna, que lo fue de 20-VIII-1869 a 12-XII-1871) que era verdaderamente urgente un edificio que fuese digno de albergar el Tribunal Supremo.

El edificio que se levantó sobre el original, tras el incendio de 1915, y que alberga hoy al Tribunal Supremo, sigue teniendo la Iglesia de Santabárbara adosada. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

LAS MONJAS SE RESISTIERON LEGALMENTE A DEJAR EL CONVENTO

Desde la publicación del decreto de incautación el 18 de octubre de 1868, durante un año y medio las religiosas lucharon por todos los medios, políticos y legales,  y periodísticos, incluso pidieron ayuda a Portugal a fin de dar lugar a un conflicto entre ambos países, para evitar desalojar el convento.

Finalmente, en octubre de 1870 fueron desalojadas contra su voluntad y con intervención del gobernador civil.

Fue el oficial don Juan Martínez Zorrilla quien comunicó a las dos comunidades de monjas, las Teresas y las Salesas, que tenían 24 horas para desocupar el edificio, trasladándose, las primeras, al convento de San Pascual de Aranjuez, y las Salesas a El Pardo.

La conmoción entre una parte de la sociedad fue tan grande, que una representación de madres de las señoritas educandas del convento visitaron al presidente del Consejo de Ministros solicitando se prorrogase el plazo dado a las monjas para trasladarse.

La prensa, no perdía ocasión para opinar según sus tendencias políticas.

Por ejemplo, “La Época”, diario liberal, comentaba lo curioso que era que cada vez que el general Juan Prim, presidente del Consejo de Ministros, asistía a una tertulia progresista, costaba un convento. El humorístico “Gil Blas” que, después de la famosa visita al presidente, expresaba su opinión en verso:

Un montón de señoras,

bellas y encantadoras,

toman con interés, y aún in-Teresas

defender las Salesas;

porque no pueden consentir

que vayan a un lugar sencillo

perdiendo ¡Oh dolor fiero!

Su casa y, lo que es más, su monaguillo.

O, el siguiente que tenía por título «El lance de las Salesas»:

Hay quien lleva muy á mal

que se cambie de local

á esas benditas profesas;

el lance de las Salesas

es lance que tiene sal.

Las trasladan con buen fin;

ellas pierden él magín, y,

declarándose en huelga,

la aristocracia se cuelga

de la oreja de Juan Prim

Y, después de siete estrofas más termina diciendo:

Dejad al gobierno hacer,

que en este asunto a mi ver

no hace ningún desatino,

pues siempre es mal inquilino

quien no paga el alquiler.

Después de numerosos intercambios de oficios entre el gobernador y la priora Carlota María Modet, no llegaron a ningún acuerdo ni sobre la fecha de salida del Convento y menos aún de su marcha.

En el mes de octubre tanto la prensa monárquica como la liberal increparon al gobierno por la brevedad del plazo.

Se aseguraba también que había llegado un enviado de Portugal que haría gestiones a favor de las religiosas, circulando también el rumor de que el Gobierno de Prim deseaba tener un motivo para crear un conflicto entre España y Portugal.

Se decía también que si para hacer un mausoleo a Leopoldo O’Donnell en la iglesia hubo que pedir permiso al país vecino porque se les consideró patrones, «¿porque ahora, no?». Dado que la fundación de las Salesas pertenecía a la familia real portuguesa.

Dos días después, la madre superiora dirigió una larga exposición al regente, el general Francisco Serrano y Domínguez, que publicó íntegramente el diario “La Esperanza” (18-X-1870. páginas 1 y 2), basada en el Concordato con la Santa Sede de 17 de octubre de 1811 y otras disposiciones, solicitando finalmente se dejara sin efecto el acuerdo del Consejo de Ministros.

Finalmente, el diario “La Época” hizo público que Portugal, a través de su representante, el señor Acosta, consideraba que no existía ningún derecho al monasterio-convento a favor de la Corona portuguesa. Y que no iban a hacer ninguna reclamación. Y menos aún producir un conflicto internacional como parecía que era la pretensión de las religiosas. Por lo que presentaría los documentos que fuesen necesarios.

Por otra parte, una comisión de la Grandeza de España se entrevistó con el presidente Prim en favor de las monjas Salesas. Sin obtener resultados.

Mientras, el delegado del Gobierno se presentó nuevamente ante la superiora, acompañado del juez de distrito de Universidad, don Francisco García Franco, después de que se celebrara  una junta de funcionarios de justicia y fiscalía, bajo la presidencia del presidente del Tribunal Supremo, don Pedro Gómez de la Serna, para buscar un medio de hacer intervenir a las autoridades, de la que no salió nada.

La Iglesia de Santa Bárbara tenía un pasadizo para que la Reina Bárbara pudiera oír misa de forma discreta; hoy en día alberga los restos mortales de Fernando VI y de su reina portuguesa. Son los únicos monarcas que no están enterrados en El Escorial. Foto: esmadrid.com.

EL DELEGADO DEL GOBIERNO HIZO EL «LANZAMIENTO»

El delegado del Gobierno, acompañado por el notario de Madrid, don Ángel Marcos Bausá, con el fin de levantar acta y los abogados don Valeriano Casanueva y don Eladio Bernaldez, se presentó ante la puerta del Monasterio para requerir, otra vez, a la priora que desalojara el edificio. A lo que la madre respondió que no podía acceder a ello por ser contraria esa disposición de allanamiento, a lo prescrito en la Constitución.

El delegado del Gobierno se retiró alegando que debía de consultar con sus superiores. Regresó a las 4.30 de la tarde. Le informó, nuevamente, a la priora que la decisión gubernamental era la misma, y que tenían que desalojar el Convento al día siguiente.

Y así fue.

A las 8 de la mañana, el delegado del gobierno, acompañado por los mismos del día anterior, más el escribano de actuaciones, don Jacinto Calleja Hernández, que acompañó al señor juez de Distrito, se presentó nuevamente ante la priora con la orden de dar traslado al mobiliario de la comunidad religiosa y ocupar el edificio.

La priora hizo constar que, dado que carecía de medios para resistir a la fuerza y a la violencia que se estaba empleando, dejaba que procedieran a entrar en el convento.

El notario, levantó acta.

Veinticuatro horas después, a las 9 horas, y ante una gran muchedumbre, salieron por la puerta de la Sacristía las religiosas, las cuales fueron recogidas por coches de la Grandeza y la Aristocracia, cuyas  hijas estudiaban en dicho Convento. Fueron trasladadas a las Descalzas Reales.

Aunque formalmente la instalación del Tribunal Supremo y demás tribunales en el edificio del exConvento de las Salesas se verificó en 1876, coincidiendo con el acto de Apertura de Tribunales, la realidad era que, desde el año anterior, ya se habían instalado los Juzgados en la planta baja del mismo, sin estar terminadas las obras de acondicionamiento.

Vemos en «El Diario de Avisos de Madrid» de ese año que se publican Edictos cuya dirección a comparecer es la del exConvento.

La Audiencia se había instalado en noviembre de 1875. Un año  más tarde ya estaban operativos todos los tribunales.

Por primera vez se celebró la apertura del año judicial presidida por el Rey don Alfonso XII.

SE INICIÓ UN PLEITO QUE NO SE CERRARÍA HASTA 37 AÑOS DESPUÉS

Contra el acuerdo de Consejo de Ministros de 1870 el abogado don Valeriano Casanueva, en representación de la madre superiora del Convento de las Salesas, interpuso una demanda contencioso-administratgiva ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo con la súplica de admisión y vista de los expedientes gubernativos.

Una demanda que tuvo un desenlace sorprendente, como poco.

Casanueva solicitó que se revocara y se dejara sin efecto tanto ese acuerdo del Consejo de Ministros como la Orden del Ministerio de Gracia y Justicia y que las religiosas demandantes regresaran a su Convento y permanecieran en él hasta que por sentencia dictada con arreglo a las leyes se determinara que debían mudarse.

El fiscal se opuso a la admisión de la demanda el 15 de marzo de 1871.

La Sala, tras celebrarse la vista para resolver sobre la admisión de la misma, dispuso que se reclamase el expediente de reducción de conventos o copia autorizada del mismo mediante auto de 5 de abril de 1871.

Sin embargo, nunca llegaron. Ni el expediente ni la copia, a pesar de que le fueron reclamados varias veces.

El tiempo pasó. La Sala Cuarta del Supremo, competente para este caso, fue suprimida por decreto de 19 de octubre de 1873. El pleito pasó a la Sección de lo Contencioso del Consejo de Estado que, igualmente, reclamó el expediente.

Sin éxito.

El 24 de mayo de 1881 se acordó el archivo del rollo, y que se remitió el expediente al Ministerio, sin haber podido notificarselo al abogado de las Religiosas, que había fallecido.

En 18 de enero de 1878, la Dirección de Propiedades del Estado dirigió oficio a don Antonio Cánovas del Castillo informándole sobre los terrenos vendidos de la antigua huerta de las Salesas, que su precio había sido de 1.300.959 pesetas y que, después de hablar con las monjas y con el cardenal, creyeron que aceptarían como solución definitiva ese dinero.

El Monasterio quedaría destinado a Palacio de Justicia. La Iglesia anexa y sus dependencias se entregarían al arzobispo de Toledo, el Gobierno entregaría a la Comunidad de religiosas la casa de la Plazuela denominada de los Canónigos (hoy Tribunal Superior de Justicia de Madrid) con los terrenos adyacentes a la misma, que podrá vender o disponer de ellos y el Gobierno abonará a la misma Comunidad 1.300.969 pesetas precio obtenido por la venta de las dependencias y solares, antes citados.

Siete años después, en 1885, el expediente «se politizó». El señor senador Fernández de la Hoz reclamó al Gobierno, en la sesión de 28 de marzo, que remitiera a la Cámara los siguientes documentos:

  • Expediente que instruyó el Gobierno de la provincia para la reducción de conventos, en el que se toman medidas acerca del de Las Salesas.
  • Expediente por el que en el Consejo de Estado se declare caducada la demanda interpuesta a nombre de Las Salesas.
  • Expediente instruido por la reclamación que las Religiosas hicieron en 1875, al Ministerio de Gracia y Justicia sobre la devolución del Monasterio, del que se inhibió a favor del de Hacienda.
  • Contestaciones y comunicaciones que mediaron para el traslado del Tribunal Supremo y Audiencia después de 1875.

Pero no se movió nada .

Diecinueve años después del decreto de Incautación, la superiora concedió poder de representación a otro abogado, don Luis Silvela, a quien encargó que continuase la tramitación del asunto.

Se le tuvo dado por parte formalizando la demanda en la que suplica que se revocara y dejara sin efecto tanto el acuerdo del Consejo de Ministros como la Orden del Ministerio de Gracia y Justicia de 17 y 19 de agosto de 1870.

En esencia, Silvela actualizó la demanda que en 1870 presentó Casanueva.

UN DESENLACE SORPRENDENTE

Y vuelta a la casilla de salida.

El Ministerio Fiscal pidió que se reclamase al Ministerio de Hacienda la escritura de donación otorgada por la Reina Doña Bárbara de Portugal y que se requiriese a Silvela testimonio de particulares de la Regla de San Agustín y Constituciones para las Hermanas Religiosas de la Visitación.

Dicha escritura de donación se reclamó en repetidas ocasiones al Ministerio de Hacienda que contestó siempre que no existía en sus oficinas ni en el Archivo General de la Real Casa y Patrimonio.

Mientras tanto, el tiempo siguió pasando y los abogados apoderados de las Religiosas se fueron sucediendo. Silvela le pasó el testigo al doctor Gamazo y a éste, más tarde, a don Antonio Maura. Presentaron nuevamente escrito de demanda ante la Sala de lo Contencioso del Supremo.

Al final, en 1907 la Sala dictó la primera y única sentencia en 37 años, estimando la excepción de incompetencia propuesta por el Ministerio Fiscal a la demanda presentada por la superiora de las Salesas contra la Administración general del Estado, sobre el derecho a ocupar su antiguo convento.

En sus consideraciones el fallo dice:

«Que la resolución de los asuntos políticos ó de Gobierno no está, ni ha estado jamás, encomendada a la jurisdicción contencioso-administrativa, la cual, en observancia del sistema de división de poderes sobre que se halla establecida la organización constitucional del país, debe limitarse á conocer de los actos de carácter administrativo, que habiendo causado estado, en su respectiva esfera, constituyen decisiones de los representantes de la Administración activa, pero nunca de las medidas políticas que bajo su responsabilidad, no exigible ante estos tribunales, adopten que bajo su responsabilidad, no exigible ante estos Tribunales, adopten aquellos con el carácter de gobernantes».

Y falla:

«que estimando la excepción propuesta por el Ministerio Fiscal, debemos declarar y declaramos que este tribunal es incompetente para conocer del recurso interpuesto en representación de la Madre Superiora del Convento denominado de las Salesas contra el Acuerdo del Consejo de Ministros y Orden del Ministerio de Gracia y Justicia de 17 y 19 de Agosto de 1870«.

Así se quedó todo. La expropiación fue una decisión política sobre la que el Supremo no era competente. Para llegar a esa conclusión tardaron 37 años. Como se suele decir, toda una vida.

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[1] Investigaciones Madrileñas. Conde de Polentinos. Madrid 1948

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