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La tecnología y los datos abiertos no ayudan a combatir la corrupción con eficacia
22/10/2021 06:48
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Actualizado: 22/10/2021 06:48
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La lucha contra la corrupción no es una tarea fácil como es de entender, ya que, al tratarse de una actividad ilegal, se intenta por todos los medios que no existan trazas o evidencias al respecto.
Gran parte de la corrupción se produce en lo que se llama las licitaciones o contratos públicos.
La idea es que cuando una Administración u Organismo Público necesita contratar la prestación de un servicio o la entrega de un bien, se tiene que celebrar un contrato público con una empresa o profesional a través de un procedimiento de concurso.
En dichos concursos cada uno de los interesados que cumpla con los requisitos preestablecidos, puede presentar su oferta para intentar ganar ese contrato.
Una vez presentadas todas las ofertas, se evalúan en función de los criterios de adjudicación previamente definidos y la empresa que mejor se ajuste a dichos criterios es seleccionada.
LA CORRUPCIÓN SE HACE DE MUCHAS MANERAS
La corrupción puede llevarse a cabo de muchas maneras, y al final lo que trata es de eludir el procedimiento regular de contratación haciendo adjudicaciones a dedo a una persona o una empresa restringiendo la libre competencia.
Además, es muy ineficiente en cuanto al uso de recursos, ya que el coste del servicio suele incrementarse, es decir nos sale más caro a los ciudadanos.
Los siguientes ejemplos muestran algunos casos aparecidos en prensa recientemente ligadas a diferentes partidos políticos.
El primer caso corresponde al pueblo de Mogán, un pequeño municipio de Las Palmas, donde según informaba la prensa[1], se ha contratado como asesor de Urbanismo al contratista de los servicios veterinarios del Ayuntamiento y al que se le habían adjudicado contratos a su empresa y la de su familia en años anteriores.
En otro de los ejemplos[2], se adjudicó un contrato de 8.000 euros a la empresa del que fuera secretario de organizaciones de juventudes del mismo partido político para la elaboración de un Plan de Movilidad.
Curiosamente la empresa se había creado solamente hacía tres meses.
Y, finalmente, destaca el que fue titulado según la prensa como “El primer caso de corrupción del Covid”, en la Diputación de Almería[3].
En este caso la persona involucrada se encargaba de adjudicar los contratos y estaba acusada de cobrar comisiones y de tener vínculos familiares con la empresa adjudicataria.
CONTRATOS MENORES
Todos los casos anteriores realmente corresponden a lo que se denomina contratos menores, básicamente necesidades de las Administraciones Públicas por importes reducidos, en general inferiores a los 40.000 euros si se tratan de contratos de obras y de 15.000 euros si se trata de prestaciones de servicios o suministros.
Al ser contratos de importe pequeño y de ámbito local, como pequeños municipios, se consideran como una gran fuente de corrupción, donde miles de contratos públicos incumplen la ley para poder ser adjudicados a dedo.
¿Sería posible detectar casos sospechosos de corrupción de una manera automática usando diferentes fuentes de información y utilizando técnicas de inteligencia artificial?
Efectivamente así lo creo, de hecho, llevo investigando sobre métodos sobre detección de la corrupción desde hace ya algunos años, desde la realización de mi tesis doctoral, hasta más recientemente colaborando con un proyecto de investigación a nivel europeo.
RETOS Y DIFICULTADES PARA INVESTIGAR LA CORRUPCIÓN
En este artículo, trato de describir cuáles son los retos y dificultades que, desde mi punto de vista, existen actualmente en España para investigar sobre corrupción.
Las dificultades detectadas las he sufrido durante la realización del último proyecto en el que he estado involucrado.
Para construir cualquier tipo de algoritmo de detección de estas actividades ilícitas, los investigadores nos basamos en información de casos donde se ha detectado corrupción, como los tres anteriores citados, e intentamos encontrar características que nos permitan diferenciar las buenas de las malas prácticas.
Una vez detectadas las prácticas a evitar, se puede automatizar el proceso de búsqueda y aplicarlo sobre cada contrato público que sea publicado.
Como en todo, para poder desarrollar un buen modelo necesitamos cuantos más datos mejor.
En este sentido, las Administraciones Públicas están tratando de ser más transparentes en la publicación de información, lo que ha sido reconocido internacionalmente como una herramienta útil para la lucha contra la corrupción.
De hecho, si acudimos a la página web de contratación del Estado o de las Comunidades Autónomas podremos descargar información sobre todos los contratos públicos adjudicados.
Por el lado de la cantidad de información suministrada se ha logrado una mejora sustancial a lo largo del tiempo, pero igual de importante es que la información sea de calidad y sobre todo que tenga valor añadido, lo cual y sobre este punto último, no está tan claro que se esté avanzando demasiado.
En este caso, nos vamos a centrar en los contratos menores formalizados en España. El objetivo sería conseguir identificar en todos los contratos menores que se celebren las alertas aprendidas de los casos mostrados anteriormente.
PATRONES DE LOS CONTRATOS
Básicamente, la idea en la que he estado trabajando es identificar los siguientes patrones: primero la existencia de contratos adjudicados a cargos políticos de cualquier ayuntamiento de España o a cargos como asesores libremente designados por cargos políticos.
Posteriormente a la detección de empresas adjudicatarias de muy reciente creación o sin empleados registrados y, por último, aunque no directamente mostrado en los ejemplos citados anteriormente, intentar analizar las relaciones entre socios de las diferentes empresas para evaluar si las ofertas recibidas para conseguir un contrato no corresponden a los socios de una misma empresa, lo cuál ha sido previamente identificado por las Autoridades como una práctica de corrupción. En este último caso, imaginemos que para la adjudicación de un contrato se cuenta con tres ofertas.
Una de ellas corresponde a una empresa y las otras dos a dos socios importantes de la misma empresa.
Estos socios podrían hacer ofertas poco realistas o elevadas para que al final el contrato le sea asignado a la misma empresa de la que ellos mismos son socios. Parece muy enrevesado, pero no es el primer caso en el que se ven pujando a empresas teniendo la misma sede social y número de teléfono.
Como puede apreciarse, no estoy hablando de modelos matemáticos complejos, más que nada consiste en el cruce de multitud de fuentes de información y de la calidad y profundidad de las mismas.
Veamos que fuentes necesitaríamos para llevar a cabo este proyecto y cuáles son los problemas.
SE ECHA EN FALTA EL IDENTIFICADOR DE OTRAS EMPRESAS QUE PARTICIPARON EN EL PROCESO
La fuente principal es el listado de contratos menores adjudicados y que puede ser fácilmente extraída de la plataforma de contratación del Estado y fácilmente tratable.
Algunos campos son relevantes tal como la fecha de publicación y resolución de la licitación, da descripción de la necesidad a ser cubierta, el importe del contrato, el valor por el que se adjudicó, el número de ofertas recibidas y por supuesto el identificador fiscal y el nombre del adjudicatario.
Aunque es la principal fuente de información se echa en falta información como el identificador de las otras empresas o personas físicas que participaron también en el proceso.
Esta información sería fundamental para trazar si hay empresas o socios que siempre acaban pujando por los mismos contratos o si hay socios de las propias empresas implicadas.
Para obtener dicha información, se puede acceder a cada página web de cada contrato. Sin embargo, en la mayor parte de los casos está información no se encuentra disponible y, de estarlo está en almacenada en ficheros pdf, lo que son más complejos de tratar de manera automática.
Cantabria puede ser un ejemplo de mayor transparencia, mientras que Castilla y León podría ser ejemplo de lo contrario.
En general la Ley 9/2017, de 8 de Noviembre sobre los Contratos del sector Público, obliga a pedir al menos tres ofertas antes de adjudicar el contrato, lo que en la práctica no se observa en la mayor parte de los casos.
LA UTILIDAD DE LA INFORMACIÓN QUE SE FACILITA ES BASTANTE LIMITADA
Por lo tanto, si tuviéramos que valorar la utilidad real de la información que se facilita, incluso siendo abundante, es bastante limitada.
Incluso detectando casos con una sola oferta recibida, siempre será muy difícil o casi imposible determinar si solamente había una empresa capacitada o interesada en el contrato o si fue adjudicado discrecionalmente.
La diferencia entre la fecha de publicación del contrato y la de adjudicación de la oferta también es un indicador que suele usarse como potencial indicador de fraude o corrupción de algún tipo.
A mayor tiempo para que empresas puedan presentar ofertas, mayor posibilidad de que accedan más empresas.
SE ECHA DE MENOS EL LISTADO DE ALCALDES Y CONCEJALES
Otra de las necesarias fuentes de información es el listado de alcaldes y concejales existentes en cada municipio de España, con el fin de conocer si algún contrato ha podido ser asignado arbitrariamente a personas ejerciendo o que han ejercido cargos públicos en un determinado municipio por ejemplo.
No necesariamente implica corrupción, pero si algo que podría ser interpretado como irregular a priori.
Esta información está disponible a través del Ministerio de Política territorial y Función Pública[4].
La descarga de la información puede hacerse en fichero Excel pero requiere ir seleccionando manualmente la provincia y posteriormente el municipio de interés.
En España contamos con más de 8.000 municipios por lo que el proceso manual no es una opción.
Para la descarga automática, no es mucho problema, ya que he podido desarrollar un pequeño código que iterativamente recorre las diferentes páginas y posibles direcciones y descarga la información en cuestión de horas.
Sin embargo, y desde mi punto de vista es un problema común en los datos abiertos y es que no se facilita en muchas ocasiones el uso real de la información con una perspectiva global, lo que dificulta su explotación.
ASESORES Y PERSONAL DE LIBRE DESIGNACIÓN
En el caso de los asesores y personal eventual o de libre designación por parte del equipo que gobierna en cada Administración, es sinceramente imposible encontrar de una manera homogénea y accesible dicha información.
Precisamente es una fuente importante de información que no podré utilizar o, al menos para todos los municipios de España. Por ejemplo, en el caso de Mogán podría haberse detectado automáticamente cruzando esta información.
Respecto a la información relacionada con las personas jurídicas, por ejemplo, para obtener el número de socios, la fecha de constitución… esta información puede encontrarse en el Registro Mercantil.
El Registro Mercantil es una institución oficial pública cuya principal finalidad es dotar al sistema económico de publicidad oficial relativa a la situación jurídica de las entidades inscritas.
La publicidad supone además una obligación que se impone al empresario que tiene que informar en él sobre hechos relevantes como el depósito de cuentas, cambio de socios y administradores, declaración de quiebra…
Acceder a este tipo de información es vital ya que podemos conocer el perfil que tiene cada empresa, sus socios o sus cuentas anuales.
EL ACCESO AL REGISTRO MERCANTIL NO ES GRATUITO
Lamentablemente el acceso a esta información no es gratuito y se debe pagar una tasa por cada empresa solicitada.
En este sentido España está a la cola de Europa, siendo uno de los pocos países europeos que no publica el registro mercantil de forma abierta y accesible. Desde mi punto de vista es un hecho muy relevante y que coarta o limita la transparencia gravemente y ya se lleva tiempo reclamando a los dirigentes políticos que se liberalice.
Como alternativa, todos los actos que el registro Mercantil publica, se reportan diariamente en la edición electrónica del Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).
La información disponible en la web se sirve en diferentes ficheros pdf, poco tratable y únicamente desde el año 2009. Del BORME podemos extraer información sobre personas físicas, siempre y cuando formen parte de una sociedad actuando como auditor, representante, socio…
No existen detalles concretos relacionados con las cuentas anuales de la empresa, en el sentido de que no es posible obtener el número de empleados, volúmenes de ventas…
Este hecho no hace que decaiga en mi empeño y gracias a la creación de diferentes programas es posible estructurar los datos extraídos diariamente de los pdf en una gran base de datos de alrededor de 14 millones de registros.
Hasta este punto puede entenderse que la cantidad de datos públicos que pueden extraerse son elevados pero que la profundidad y facilidad en su descarga es bastante limitada.
Una vez se tienen las fuentes de datos, parece que los siguientes pasos deberían ser los más sencillos.
Lamentablemente más problemas aparecen. La conciliación de la información es posible pero muy complicada.
MUY DIFÍCIL CRUZAR DATOS
El listado de contratos adjudicados, recoge los NIF/CIF de los adjudicatarios, pero la información que hemos extraído del BORME no contiene identificadores legales.
Esto hace que solamente podamos relacionar ambas bases de datos usando nombres. Por ejemplo, siendo la misma empresa SOCIEDAD A S.L. en una base de datos y la misma, pero con el nombre SOCIEDAD A S.L. no serían interpretadas como iguales y no podríamos juntarlas.
Esto requiere de nuevo que hagamos un ejercicio de limpieza y tratamiento de nombres para poder hacerlos homogéneos.
Con una base de datos con más de un millón de empresas, la tarea consume mucho tiempo y no está exenta de posibles fallos.
Este hecho es aún más problemático en el caso de las personas físicas. Imagínense cruzar el nombre de las personas físicas adjudicatarias de un contrato con el listado de alcaldes y concejales de cada municipio, donde no tenemos el NIF.
Este simple hecho hace que puedas encontrar relaciones de personas que se llaman y apellidan igual únicamente, pero que nunca seas capaz de determinar a ciencia cierta si se trata de las mismas personas.
LA LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS FACILITA LA OCULTACIÓN DE LOS DEFRAUDADORES
En este sentido creo que hay que darle un tirón de orejas a la Ley de Protección de Datos, que en ocasiones pone más facilidades a aquellas personas que quieren defraudar o tratan de ocultarse. Curiosamente, aunque en la lista de alcaldes y concejales no aparecen los NIF, este campo sí aparece reflejado en las adjudicaciones de contratos menores.
Como puede apreciarse hay muchas dificultades solamente con el tema de la transparencia y acceso a una información realmente útil. El otro problema grave es que hay pocos recursos para posteriormente analizar los casos.
¿Es decir que hacemos con los casos que los diferentes algoritmos puedan determinar cómo sospechosos?. Es necesario que alguien investigue posteriormente los posible hechos delictivos y encuentre pruebas más que señales de alarma.
De los más de 500.000 contratos que he conseguido analizar, veo casos que pueden ser considerados extraños pero ahí queda todo.
Por ejemplo se detecta un contrato menor para el servicio de restaurante y servicio de comidas para cubrir las necesidades básicas de alimentación para personal aisladas por COVID-19.
El importe de dicho contrato es de 15.000 euros sin impuestos, lo que es el límite máximo a priori para este tipo de contratos (de hecho, es 14.999 euros) y se adjudica a la única empresa que presentó oferta.
No hay mucha más información del contrato, ni en la plataforma de contratación ni en la plataforma web del Ayuntamiento que adjudicó el contrato.
Sin embargo, es llamativo que la empresa se constituyera solamente 21 días antes de la adjudicación por un capital social de 20.000 euros en la misma localidad.
Para concluir, simplemente recomendar que deben exigirse a las Administraciones Públicas, información centralizada, de calidad y realmente abierta, queda mucho por hacer y al final, la corrupción es un problema de todos y muy relevante ya que juega o se apropia con el dinero de los contribuyentes para fines personales.
Hay asociaciones como Civio y personas como Jaime Gómez Obregón que incansablemente reiteran esta idea sin lamentablemente mucho éxito por el momento.
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[1] https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/acaparar-contratos-publicos-veterinaria-mogan-asesorar-urbanismo-concurrir-elecciones-ciuca-compra-votos-raico-guerra_1_8168078.html
[2] https://sevilla.abc.es/provincia/aljarafe/sevi-pp-espartinas-denuncia-nuevo-contrato-menor-adjudicado-dedo-dirigente-socialista-andaluz-202104281257_noticia.html
[3] https://www.elmundo.es/andalucia/2021/06/19/60ccdb8f21efa0e8018b4633.html
[4] https://concejales.redsara.es/consulta/
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