La indemnización de 1,2 millones de euros impuesta a Boye por el secuestro de Revilla en la raíz de la disolución de su bufete
La reclamación del empresario Emiliano Revilla, quien fue secuestrado por un comando de ETA con el que colaboró el abogado Gonzalo Boye, al parecer tiene relación directa con el cierre del bufete.

La indemnización de 1,2 millones de euros impuesta a Boye por el secuestro de Revilla en la raíz de la disolución de su bufete

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11/11/2021 06:48
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Actualizado: 11/11/2021 01:06
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Gonzalo Boye, abogado del expresidente de la Generalitat, el fugado Carles Puigdemont, de su sucesor, el también expresidente catalán Quim Torra y del exdiputado por Podemos, Alberto Rodríguez, se ha visto obligado a disolver voluntariamente su bufete, Boye-Elbal & Asociados Sociedad Limitada Profesional, solicitando el concurso de acreedores exprés.

Un bufete que compartía con su compañera María Isabel Elbal Sánchez y que tenía 5 empleados, según el Registro Mercantil.

La decisión parece tener relación directa con la solicitud que realizó ante la Audiencia Nacional, Emiliano Revilla el 22 de febrero de 2019. El empresario requirió a la Justicia que al abogado chileno-alemán le embargaran los saldos de las cuentas corrientes de las que fuera titular, la parte proporcional del salario percibido como empleado de Boye-Elbal & Asociados, y de Antena 3 Noticias, así como las cantidades que hubiera percibido del Colegio de Abogados de Madrid, donde había estado dando clases.

Revilla fue secuestrado por un comando de ETA, con el que colaboró Boye, el 24 de febrero de 1988, en el portal de su propia casa. Permaneció retenido durante 249 días. Fue liberado después de que su familia pagara a la banda terrorista 1.000 millones de pesetas (6 millones de euros), una enorme fortuna en aquella época.

Aquella petición de Revilla dio lugar a una ejecutoria, mediante la diligencia de ordenación pertinente. A la misma se opuso Boye alegando que la responsabilidad civil que se le reclamaba había prescrito el 5 de agosto de 2012, quince años después del último y único requerimiento de pago que le habían realizado.

Lo que desembocó, casi un año después, en un auto del tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Nacional, compuesto por Concepción Espejel, como presidenta, Francisco Javier Vieira, como ponente, María Riera, Jesús Eduardo Gutiérrez y Ramón Sáez.

Antes de eso, el tribunal preguntó a Revilla «¿si había llegado a percibir cantidad alguna como indemnización?». A lo que el empresario «respondió negativamente» en un escrito de fecha 14 de febrero de 2019.

En su auto los magistrados recordaron que Boye fue condenado en 1996 «como autor responsable de un delito de detención ilegal, a la pena de 14 años, 8 meses y 1 días de reclusión menor y a que indemnizara, en forma conjunta y solidaria con el resto de los acusados, a D. Emiliano Revilla Sanz en la cantidad de 200 millones de pesetas»; 1,3 millones de euros.

POR MAYORÍA, EL TRIBUNAL ACORDÓ QUE LA RESPONSABILIDAD CIVIL NO HABÍA PRESCRITO

Por 4 votos a 1, los magistrados concluyeron que no había lugar a declarar la prescripción de la responsabilidad civil de Boye, ordenando que continuaran los embargos comenzados por el letrado de la Administración de Justicia y «profundizando en la investigación patrimonial del penado».

«El legislador ha previsto exclusivamente una sola causa de finalización de la ejecución forzosa, al disponer que ‘sólo terminará con la completa satisfacción del acreedor ejecutante'», explicaban los magistrados en su auto porque consideraban que no existía prescripción.

El voto disidente fue Ramón Sáez, nuevo magistrado del Tribunal Constitucional –como Espejel–, que coincidió con la valoración de Boye.

El abogado fundó su bufete el 10 de marzo de 2010. Entre esa fecha y el 7 de febrero de 2014 fue presidente y consejero delegado. A partir de entonces, administrador solidario, junto con su compañera, María Isabel Elbal Sánchez.

Los resultados declarados en 2020 sorprenden, por lo magros, en una firma que se supone que tiene clientes con casos con tanta proyección internacional y mediática, en los que se presumen minutas cuantiosas.

Los ingresos fueron de 294.095 euros; las pérdidas económicas, 109.341 euros. El capital social era de 37.014 euros.

El 6 de marzo de 2020, 36 días después de que el tribunal dictara el citado auto –el 30 de enero– validando la vigencia de la responsabilidad civil, Boye dejó de ser administrador solidario, a Elbal como administradora única.

Según informa Telmo Avalle, de La Información, Elbal no quizo explicar las razones que motivaron la solicitud del concurso de acreedores y la extinción de la empresa. Es información privada, alegó.

No obstante, subrayó que los profesionales que trabajaban en el bufete penalista continuaban ejerciendo por su cuenta la representación y defensa legal de sus clientes.

El carpetazo a Boye-Elbal & Asociados SLP le ha correspondido al magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil 16 de Madrid, Carlos Nieto Delgado, tras comprobar que el extinto bufete carece de bienes de ningún tipo con el que hacer frente a sus deudas, de ahí que se concluyera el concurso «por insuficiencia de masa activa». La fecha de su decisión: 29 de septiembre pasado.

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