El Gobierno concede el indulto parcial a Juana Rivas
El Ejecutivo rebaja la pena de prisión a un año y tres meses, y los seis años de inhabilitación especial para ejercer la patria potestad los ha conmutado por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Foto: EP

El Gobierno concede el indulto parcial a Juana Rivas

Fue condenada a dos años y medio de cárcel por la sustracción de sus dos hijos menores
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16/11/2021 12:22
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Actualizado: 16/11/2021 16:10
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El Consejo de Ministros ha concedido el indulto parcial a Juana Rivas, condenada a dos años y seis meses de cárcel por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2017. En julio de aquel año, instada por una juez a entregar a sus dos hijos al padre para que volviera con ellos a Italia, Rivas desapareció un mes con ellos y no volvió hasta casi un mes después.

El Ejecutivo ha rebajado la pena de prisión a un año y tres meses, y los seis años de inhabilitación especial para ejercer la patria potestad los ha conmutado por 180 días de trabajo en beneficio de la comunidad.

El indulto queda condicionado a que Rivas no cometa el mismo delito por el que fue condenada en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto que concede el indulto.

El Ministerio de Justicia ha informado que «Gobierno ha decidido conceder esta medida de gracia, prevista en la Constitución y la ley, teniendo en cuenta razones de justicia y equidad, atendiendo fundamentalmente al interés superior de los menores»

Asimismo, ha indicado que «se valora que la indultada carece de antecedentes penales, ha satisfecho la responsabilidad civil y ha cumplido las resoluciones judiciales sobre guardia y custodia, así como los plazos y términos del régimen de visitas». Y ha añadido que «la decisión está en la línea del Informe del Ministerio Fiscal, que es favorable a la concesión del indulto parcial».

Esta decisión se produce dos semanas después de que el Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) enviara un informe al Gobierno sobre la postura de sus magistrados en torno al indulto. El Pleno descartó, por unanimidad, apoyar la concesión del indulto total a Rivas. Respecto a un indulto parcial, ocho magistrados se mostraron a favor y otros ocho en contra, entre ellos el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena. 

El tribunal decidió enviar un informe al Ejecutivo en el que se recoge tanto la postura de los magistrados favorables al indulto parcial, como la de los que se oponen.

El Supremo explicó que su función es la de ilustrar al Ejecutivo sobre los elementos que recomiendan o desaconsejan hacer uso del derecho de gracia. En este caso, concluyó que el cumplimiento de esa función, con el criterio dividido de los integrantes de la Sala, «en nada se resiente, antes al contrario, se enriquece con la conjunta exposición de las razones sostenidas por unos y otros».

El primer grupo apelaba «al interés del menor», tras analizar nueva documentación presentada por la madre sobre la situación de «angustia» que vivía el hijo mayor por la separación de su progenitora y los presuntos malos tratos del padre.

El otro grupo cuestionaba que se pudiera conocer el interés superior de los niños solo a partir de la información aportada por una de las partes. Estos magistrados creen que si esta medida de gracia se administra «sin atender a circunstancias verdaderamente distintivas, relacionadas desde luego con criterios de equidad», se vería afectada «la generalidad de la norma y el derecho a la igualdad de todos los ciudadanos».

Juana Rivas fue condenada por el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, Manuel Piñar Díaz, quien la juzgó en primera instancia, a cinco años de cárcel y a seis sin sus hijos como autora de dos delitos de sustracción de menores, dos años y medio por cada uno de los delitos. Una sentencia que Rivas recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial de Granada, que en marzo de 2019 ratificó la pena, si bien discrepó en la cuantía de la indemnización a su exmarido. Piñar la había fijado en 30.000 euros y la Audiencia la redujo a 12.000 euros.

Entonces, Rivas recurrió la sentencia de la Audiencia ante el Supremo, que el pasado mes de abril la confirmó, pero la rebajó de cinco años a dos y medio al considerar que aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos.

La resolución incluye el voto particular de los magistrados Leopoldo Puente Segura y Javier Hernández García, al que se adhirió el magistrado Andrés Martínez Arrieta, favorables a confirmar la sentencia de la Audiencia al considerar que se trata de dos delitos y no de uno.

El juez Piñar negó la suspensión de la pena el pasado mes de mayo, por ser superior a los dos años, y Rivas ingresó el 11 de julio en el centro de inserción social (CIS) Matilde Cantos de la capital granadina, en el que estuvo interna cuatro días, hasta que se fue clasificada en tercer grado y se le aplicó el artículo 86.4 del Reglamento Penitenciario, que supuso que cumpliera la pena en su domicilio con pulsera telemática. 

La Fiscalía recurrió la concesión del tercer grado que desde el 15 de junio permitió a Rivas cumplir en su domicilio la pena, y el 20 de julio el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria estimó parcialmente su recurso de alzada, por lo que la condenada tuvo que volver a ingresar en un Centro de Inserción Social. Cumple la condena en el centro de Matilde Cantos.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, defendió el 27 de mayo la necesidad de una «justicia feminista» para Juana Rivas, y dijo que trabajarían para que así sea». «Las mujeres que defienden sus derechos y los de sus hijos e hijas frente a la violencia machista necesitan saber que estamos con ellas», añadió.

Cabe destacar que en febrero de 2020, la justicia italiana archivó las 8 denuncias que Rivas presentó contra su expareja, Francesco Arcuri, por maltrato. Según publicó El Mundo, que tuvo acceso al auto, el juez tachó las denuncias de Rivas de «inconsistentes» e «inverosímiles», aludió a «ausencia de pruebas», y a niños utilizados como «escudos humanos» contra el padre, como «envases de angustia», con «manipulación materna».

El pasado mes de septiembre, la expareja de Rivas presentó una demanda contra la ministra con el objetivo de que se retractara de declaraciones y manifestaciones públicas que realizó y en las que mencionaba su caso. También emprendió acciones legales contra el diputado de Más País Íñigo Errejón.

En la demanda contra Montero, Arcuri reflejó varias declaraciones de la líder de Podemos, como las que hizo en un acto público en Zaragoza en junio de 2021 cuando en relación a diversos sucesos ocurridos esos días, entre ellos la supuesta muerte de dos menores de Tenerife a manos de su padre, lo relacionó con el caso de Juana Rivas.

La expareja de Rivas señala que a estas declaraciones se sumó un tuit que publicó en su perfil y en el que se recogía la referida intervención y la enfatizaba apuntando: «Siempre hay nombres propios: Beatriz, Anna, Oliva, Rocío, Juana, Irune. Creer y acompañar a las mujeres que están vivas para evitar los asesinatos machistas y erradicar la violencia contra las mujeres».

Los abogados de la ministra de Igualdad declararon en el acto de conciliación con Arcuri, celebrado el 27 de octubre, que no se retractaba de sus declaraciones públicas en las que se refería a su caso concreto. Tampoco aceptó pedir disculpas o indemnizarle con 80.000 euros, tal y como le requerían.

Aquella cita, a la que no acudieron ni Montero ni Arcuri, siguió los cauces esperados, era el paso previo para la presentación de una querella por injurias y calumnias contra la ministra.

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