El Supremo abre juicio oral a la diputada de la CUP que se negó a responder a VOX en el juicio del ‘procés’
La Fiscalía le imputa un delito de desobediencia grave y pide una condena de seis meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación. Foto: EP

El Supremo abre juicio oral a la diputada de la CUP que se negó a responder a VOX en el juicio del ‘procés’

Se trata de Eulàlia Reguant, a quien el Supremo impuso una multa de 2.500 euros, como a Antonio Baños, porque los testigos tienen la obligación de contestar a todas las partes
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20/12/2021 12:50
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Actualizado: 27/1/2022 15:24
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El Tribunal Supremo (TS) ha notificado a la diputada de la CUP en el Parlamento catalán Eulàlia Reguant la apertura de juicio oral contra ella por un delito de desobediencia grave, por negarse a responder en calidad de testigo a las preguntas de VOX, que ejercitaba la acusación particular durante el juicio del ‘procés’.

Reguant ha confirmado haber recibido la notificación del Supremo, en una rueda de prensa en el Parlamento de Cataluña acompañada de los diputados de la CUP, en la que ha explicado que la Fiscalía le acusa de desobediencia grave y pide una condena de seis meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación.

Se le han dado 10 días para que presente su escrito de defensa.

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Madrid, María Antonia de Torres Díez-Madroñero, elevó en octubre una exposición razonada al Supremo para que evaluara si la diputada cometió un delito de desobediencia a la autoridad durante el juicio, cuando Reguant era concejal del Ayuntamiento de Barcelona por la CUP. Desde 2021 es diputada autonómica y, por tanto, aforada.

En febrero de 2019, el tribunal que juzgaba la causa del ‘procés’ acordó una sanción de 2.500 euros para Reguant y el diputado de la CUP Antonio Baños por negarse a responder a las preguntas realizadas por el abogado de la acusación popular, algo que es de obligado cumplimiento para los testigos, quienes deben responder con la verdad a todo lo que se les pregunte. El Supremo instó a que un juzgado ordinario les investigara por desobediencia.

Esta obligatoriedad está regulada en el artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y puede ser penada con hasta un año de cárcel o una multa de hasta 18 meses por un delito de desobediencia.

Las sanciones fueron sufragadas con aportaciones de independentistas a la denominada «caja de solidaridad».

En febrero de 2020, Reguant compareció ante la titular del juzgado madrileño, luego se elevó la cuestión al Supremo para que analizara si la ahora diputada del Parlamento catalán cometió o no el citado delito, y ahora el ‘Tribunal Superior de Justicia de Catalunya’ (TSJCat) es el responsable de notificarle -al ser aforada- que se le abre juicio oral en el Supremo.

La defensa de Reguant presentará esta semana dos escritos: uno pidiendo su absolución y otro de nulidad contra el procedimiento porque, entiende que ni el juzgado de instrucción ni la Fiscalía Provincial eran competentes para instruir la causa, al ser aforada por ser diputada.

«Pediremos que el Supremo vuelva a iniciar la instrucción de la causa», ha indicado el diputado de la CUP Xavier Pellicer, y ha recordado que el Supremo también abrió un proceso contra el exdiputado de la CUP Antonio Baños por la misma razón, aunque su causa se ha quedado en el juzgado de instrucción de Madrid, por lo que irá por la justicia ordinaria.

Eulalia Reguant y Antonio Baños, los miembros de la CUP multados por negarse a responder. Foto: Poder Judicial

Reguant asegura que su caso es «un elemento más de la voluntad del Estado, a través de procesos judiciales, de anular la voluntad política del movimiento independentista». «Hay que usar esta represión como un ‘boomerang’ contra el Estado», ha reclamado la diputada de la CUP, que se ha reafirmado en su actuación.

«La presencia de los que niegan derechos fundamentales en el marco del juicio era una declaración de intenciones por parte del poder judicial. Mostraba que era imposible obtener justicia en este tribunal, como vimos en la sentencia», opina.

Según ha explicado Reguant, la negativa a responder las preguntas de VOX fue fruto de «una decisión colectiva» de no aceptar la presencia de una organización de «extrema derecha» como acusación popular en el juicio.

LOS HECHOS

Los hechos se remontan al 27 de enero de 2019, en la octava sesión del juicio del ‘procés’. Antonio Baños comunicó al tribunal que no quería contestar a VOX “por dignidad democrática y antifascista”.

El presidente del tribunal, el magistrado Manuel Marchena -presidente de la Sala de lo Penal-, le aclaró que “ese derecho” a no responder “sólo lo tienen los acusados”, y le informó de que él es “un tercero que tiene información útil para alguna de las partes” y “no tiene derecho” a negar esa información a la sala.

El tribunal del ‘caso procés’, de izquierda a derecha: Andrés Palomo, Luciano Varela, Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena (presidente y ponente), Juan Ramón Verdugo, Antonio del Moral y Ana María Ferrer.

Baños manifestó que asumía ese riesgo y se mantuvo en su posición de no contestar a VOX.

Tras consultar con su compañero de tribunal, el magistrado Andrés Martínez Arrieta, Marchena dio al testigo una fórmula alternativa: que Javier Ortega Smith-Molina expusiera su pregunta y después el propio presidente la replicara, y el abogado de VOX estuvo de acuerdo.

Pedro Fernández y Javier Ortega-Smith, acusación popular por VOX. Foto: Poder Judicial.

Durante unos segundos se produjo en aquella sesión del juicio una situación inédita en los tribunales al tener que repetir Marchena la primera pregunta fue formulada a su vez en voz alta por el abogado de VOX, y que versó sobre en qué periodo fue diputado de la CUP en el Parlamento catalán.

Al darse cuenta de que VOX iba a formular sus preguntas en voz alta y Marchena las iba a repetir, Baños insistió en que no quería responder a este abogado, por lo que el magistrado cortó el interrogatorio unos instantes para decidir con sus compañeros sobre qué hacer.

Un par de minutos después se retomó la vista y Marchena le anunció que el tribunal iba a proceder a dejar constancia en el acta de la sesión de su decisión de negarse a contestar. Pidió a Baños que saliera de la sala y solicitó a la agente judicial que llamara a la siguiente testigo, Eulalia Reguant.

Tras informar de sus datos al tribunal, ésta pidió poder declarar en catalán y también comunicó su intención de negarse a contestar a VOX. Además, definió a VOX “de extrema derecha, machista y xenófobo”. Palabras que hoy ha recordado en un hilo en Twitter:

Marchena hizo a Reguant la misma advertencia que a Baños de que negarse a responder podía incurrir en responsabilidades penales.

La testigo confirmó que se mantenía en su decisión, por lo que el magistrado le pidió igualmente que saliera de la Sala.

VOX ESPERA QUE REGUANT SEA CONDENADA

«En VOX nos alegramos de que se haya elevado al Supremo la exposición razonada para que sean procesados, además por un delito de desobediencia, y que quede claro que cuando se comparece ante la Justicia hay que declarar», ha señalado a Confilegal la vicesecretaria jurídica de VOX, Marta Castro.

Marta Castro es la responsable de dirigir la acción judicial de VOX ante tribunales, Juntas Electorales y Administración Pública, y presta asesoramiento y apoyo jurídico al partido coordinando la intervención de los equipos jurídicos territoriales e institucionales.

Destaca que «todos somos iguales ante ley, como viene reflejado en el artículo 14 de nuestra Constitución», y que el ser miembros de la CUP no les excluye de estar bajo el amparo de la Constitución y del principio de legalidad.

«Por eso, en VOX nos alegramos que se haya abierto juicio oral, y deseamos, además, que sean condenados», concluye.

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