Álvarez de Toledo recurre la multa de 500 euros que le impuso el PP por no apoyar a los candidatos pactados con PSOE y Podemos al TC
En su día declaró que "uno no puede exigir que haya una despolitización del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y sin embargo participar de una impúdica, activa y pública politización del Tribunal Constitucional".

Álvarez de Toledo recurre la multa de 500 euros que le impuso el PP por no apoyar a los candidatos pactados con PSOE y Podemos al TC

Alega que emitió su voto en "estricta coherencia ideológica" con los principios y programas de su partido, tal y como establece el reglamento del grupo parlamentario, por lo que resulta incongruente ser sancionada por ello
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07/1/2022 13:22
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Actualizado: 07/1/2022 13:24
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La exportavoz del PP en el Congreso Cayetana Álvarez de Toledo ha recurrido la sanción de 500 euros que le impuso su partido en diciembre por no haber apoyado la elección de los candidatos que los ‘populares’ pactaron con el PSOE y Unidas Podemos para renovar el Tribunal Constitucional, desmarcándose así de las directrices del partido. Votó en blanco.

En el recurso, presentado ayer, Álvarez de Toledo alega que esta multa es «incontitucional».

Asegura que infringe dos artículos de la Constitución: el 67.2, que recoge que «los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo» y el 79.3, «que lo ratifica cuando advierte que el voto de los diputados y senadores es personal e indelegable».

«La jibarización del diputado, la supresión de su libertad y su total sometimiento a la disciplina partidista es constitucionalmente inadmisible y deletérea para la salud parlamentaria porque termina por reducir la democracia representativa, que la propia Constitución ampara y organiza, a un conjunto de muecas», argumenta Álvarez de Toledo.

Por otro lado, Álvarez de Toledo aduce que no puede ser sancionada en aplicación de un reglamento del grupo parlamentario que no es público, ni siquiera para los diputados del partido, por lo que la multa es, a su juicio, nula.

«Los Estatutos están velados por el secretismo. No son de libre acceso y tampoco nadie ha facilitado a los diputados un ejemplar autenticado», indica Álvarez de Toledo, y denuncia que ha sido «imputada y amenazada de sanción» en virtud de una norma que en el momento de adoptarse era «secreta».

Además, afirma que los estatutos adolecen de «vicios» que, a su juicio, impiden considerarlos como una norma jurídicamente válida porque, de entrada, infringen el principio de «igualdad de armas» en cuanto a los plazos para actuar del instructor y del expedientado, lo que supone, según apunta, «una violación del artículo 24 de la Constitución».

Dicho artículo habla del derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimo, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión».

¿FALTA DE TACTO O VOLUNTAD DE PROVOCAR INDEFENSIÓN?

En su caso concreto, se queja de que «la desproporción es todavía mayor» porque recibió la notificación de la resolución el plenas fiestas navideñas (el 30 de diciembre, a las 22.30 horas). «¿Falta de tacto o voluntad de provocar la indefensión?», plantea.

También señala como otro «vicio de inconstitucionalidad» de lo estatutos del PP que no se respete el principio de proporcionalidad, al no haber diferencia, según indica, entre la sanción correspondiente a las faltas graves -con la que ella ha sido sancionada- y las muy graves, en tanto que en ambos supuestos la multa es de 500 a 700 euros.

Cuestiona, asimismo, que no votar en el Pleno una iniciativa del PP se sancione con una multa de 300 euros y, en cambio, no respetar la disciplina de grupo en las votaciones en el Pleno se castigue con entre 500 y 700 euros, «incluso cuando esa acción se traduce, como en este caso, en un voto en blanco cuyos efectos prácticos son idénticos a los de una omisión».

Álvarez de Toledo reitera que la posición del PP ante votaciones importantes, como la elección de los magistrados al TC, no fue definida en una reunión previa como los diputados, como marcan los estatutos. Afirma que «sólo hubo ordeno y mando», y que «en estas condiciones ningún diputado puede ser sancionado».

La exportavoz ‘popular’ insiste, como ya hizo en su escrito de alegaciones, que emitió su voto en blanco en la elección de los magistrados del TC en estricta coherencia ideológica con los principios y líneas básicas del programa electoral con el que el PP se presentó a las elecciones de abril de 2019 y con la línea política marcada por los actuales dirigentes del partido.

«El voto en blanco es una decisión que reivindico y que no puede ser objeto de sanción sin caer en graves contradicciones internas y externas. Sancionarme supondría vulnerar la Constitución y los procedimientos legales, incumplir los vigentes estatutos del grupo, socavar la autonomía del diputado, frustrar la regeneración democrática e impugnar el ideario del PP», argumenta.

Agrega que «nada, ni siquiera una multa» podrá convencerla de que existe una contradicción entre la defensa de la despolitización de la justicia -medular en el proyecto del PP- y el voto en blanco a un acuerdo que, a su juicio, «politiza» el Tribunal Constitucional.

Por todo ello, pide que se eleve su recurso contrario a la resolución que el Consejo de Dirección adoptó el pasado 30 de diciembre para que éste deje sin efecto la multa recurrida por ser «contraria a derecho».

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