La abogada Pilar Martínez defiende que la estrategia para la conservación de los lobos debe incluir compensaciones para los ganaderos
El potro de esta foto fue muerto en la sierra de Gredos, Ávila. La letrada experta en Derecho Medioambiental apuesta por un enfoque equilibrado entre la protección de la fauna, en este caso del lobo, y la preservación del entorno con el derecho al desarrollo socioeconómico del territorio. Foto: Diario de Ávila.

La abogada Pilar Martínez defiende que la estrategia para la conservación de los lobos debe incluir compensaciones para los ganaderos

Defiende que el borrador que redacta el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico debe incluir una memoria económica que contemple partidas presupuestarias concretas para compensar económicamente o indemnizar a los afectados
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02/2/2022 06:46
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Actualizado: 24/10/2023 16:35
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La abogada Pilar Martínez cree que el borrador de la estrategia para la gestión de los lobos que, en la actualidad, redacta el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, debe incluir una memoria económica que contemple partidas presupuestarias concretas para compensar económicamente o indemnizar a los afectados por los ataques de este animal.

En concreto, se refiere principalmente a profesionales del sector de la ganadería en Galicia, Asturias y Castilla y León.

«No puede pretenderse que sean los patrimonios privados de unos pocos ciudadanos quienes hayan de afrontar el coste de interés público de la protección», sostiene.  

La letrada experta en Derecho Medioambiental defiende un enfoque equilibrado entre la protección de la fauna y la preservación del entorno con el derecho al desarrollo socioeconómico del territorio, mediante el desempeño de actividades económicas tradicionales, como la ganadería que, históricamente, ha contribuido a la propia conservación del medio rural y a fijar población en estas zonas castigadas por el éxodo a las ciudades.

«En este último sentido, si bien todos estamos de acuerdo con el principio ‘el que contamina paga’,  ya va siendo hora de que los gobiernos dejen de castigar a quienes han conservado y comiencen a asumir el principio complementario, legítimo y justo de ‘el que aporta, cobra'», mantiene.

Los últimos datos conocidos sobre los daños ocasionados por los ataques del lobo a explotaciones de ganadería extensiva en Galicia, Asturias y Castilla y León, las tres comunidades autónomas más afectadas, sitúan en más de 18.000 las cabezas de ganado perdidas desde el 2019 por ataques de los lobos.

Asegura que esta norma vulnera los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, participación y audiencia en su elaboración

Con respecto a que el sistema de seguros agrarios combinados cubre los daños provocados por los ataques si los propietarios del ganado lo suscribe, Martínez considera que igualmente «es imprescindible que el documento incluya una memoria con partidas presupuestarias concretas para indemnizarlos económicamente en un espectro mucho más amplio que los perjuicios ocasionados por los animales, que tienen obligación de compensar».

Lobo
Sobre estas líneas, la letrada Pilar Martínez, autora de estas declaraciones.

«En todo caso, la suscripción de pólizas de seguro específicas constituye un coste añadido en estos tiempos ya difíciles, que no hay obligación de soportar».

La letrada apunta que muchos de estos planes vulneran legislación estatal y europea, tanto en sus procedimientos de elaboración, como en su contenido y resultado final, es decir, en estas ocasiones es el legislador el que incumple sus propias normas.

En cuanto a la admisión a trámite por parte de la Audiencia Nacional del contencioso por la entrada en vigor en septiembre de la orden del Ministerio que prohíbe cazar a los lobos, considera que debería acordarse la medida cautelar de suspensión de su aplicación, mientras dure el pleito, pues su aplicación determina en muchos casos pérdidas gravosísimas e incluso irreparables. 

Ya en su momento, la letrada apuntó que esta norma vulnera los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, participación y audiencia en su elaboración.

Ahora reitera que, precisamente, estos principios que retóricamente dice cumplir la orden, son los que no cumple y resulta por ello, viciada de nulidad.

«Como ha sucedido con otras muchas de este tipo que, cuando se estudian sus expedientes de elaboración, se constata lo desproporcionado de la misma, la falta de estudios científicos y técnicos rigurosos que avalen la necesidad y eficacia de las medidas que propone; la ausencia de justificación de verdaderos procesos de participación de los intereses afectados en la elaboración, como exige el derecho medioambiental, así como la inexistencia de mapas rigurosos sobre presencia de la especie a proteger y, muy especialmente, la falta de memoria económica”.

Otra de las consecuencias de la norma estatal aprobada es que altera las competencias atribuidas a las comunidades autónomas en gestión medioambiental.

«Cierto es que no puede alabarse la gestión realizada hasta ahora por las CCAA, dada la proliferación de lobos con que nos encontramos, los importantes perjuicios causados por esta especie en las zonas rurales y la falta de respuestas rápidas y eficaces, frente a las afecciones, daños y perjuicios que se sufren por esta causa, alejar el centro de decisión de los diferentes aspectos de la gestión de la especie, sin duda, va a contribuir a ralentizar procedimientos y a tomar decisiones sin conocimiento de las realidades, que se producen de forma diferente y con distinta incidencia en cada Comunidad Autónoma», concluye.

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