El juez archiva la demanda por los derechos de 'El Rosco' de Pasapalabra al entender que es cosa juzgada
Esta sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia de Barcelona, pone fin así al litigio sobre los derechos de propiedad intelectual del popular concurso televisivo; Mediaset dejó de emitirlo en octubre de 2019 después de que el Supremo avalara la sentencia de la Audiencia de Madrid sobre el contrato con la productora ITV, y ratificó la condena a «cesar inmediatamente» su emisión. Foto: Atresmedia.

Antena 3 podrá seguir emitiendo ‘El Rosco’ del concurso ‘Pasapalabra’

Un Juzgado de lo Mercantil de Barcelona considera que el formato televisivo de ‘El Rosco’ no está protegido como propiedad intelectual

15 / 02 / 2022 15:27

Actualizado el 15 / 02 / 2022 17:11

Antena 3 podrá seguir emitiendo el concurso ‘Pasapalabra’ en su formato actual después de que el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona haya desestimado la demanda presentada por la sociedad holandesa MC&F, que reclamaba se le reconociera la autoría de ‘El Rosco’ y que se declarase que esta prueba televisiva fuera una obra original protegible como formato televisivo por la propiedad intelectual.

Esta sentencia, número 3/2022, de 14 de febrero, pone fin a la primera instancia del procedimiento judicial sobre los derechos de propiedad intelectual sobre ‘El Rosco’, incluido como prueba final del programa de televisión ‘Pasapalabra’. 

El magistrado-juez Roberto Niño Estébanez desestima las pretensiones que planteaba en su demanda MC&F Broadcasting Production and Distribution C.V. frente a las compañías Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación S.A. e ITV Studios Global Distribution LTD, en la que exigía que se reconociera la propiedad intelectual del formato ‘El Rosco’, se prohibiera su emisión y se la indemnizara por daños y prejuicios.

El juez razona que no se ha practicado ningún medio de prueba, especialmente dictámenes periciales, para probar la originalidad y la autoría de la prueba o juego televiso conocido en España como ‘El Rosco’, pues no todo formato televisivo puede ser objeto de protección por la propiedad intelectual, sino sólo aquel supone una concreta plasmación de una idea original que refleja la creatividad intelectual de su autor. 

También desestima las acciones subsidiariamente ejercitadas al amparo de la Ley de competencia desleal, al aplicar el principio de la complementariedad relativa, ya que los hechos en que se fundamentan las acciones de competencia desleal no presentan facetas de desvalor diferentes a las examinadas al amparo de la Ley de propiedad intelectual. Se trata de un principio inicialmente acuñado en la jurisdicción para los derechos marcarios, pero que también resulta aplicable en la relación entre derechos de autor y competencia desleal.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona. 

«Pasapalabra» ya fue objeto de un primer litigio judicial que se zanjó en octubre de 2019, cuando el Tribunal Supremo obligó a Telecinco a dejar de emitir el programa al perder la demanda que la cadena -Mediaset España Comunicación, S.A.- había presentado en 2010 contra la sociedad británica ITV, a raíz de un conflicto con esta productora.

Entonces, ITV cedió a Atresmedia los derechos del programa y Antena 3 volvió a emitir el programa en mayo del año pasado.

El Supremo no determinó en su sentencia si la prueba de ‘El Rosco’ es susceptible de ser protegida por la propiedad intelectual como formato autónomo, un resquicio legal que dio pie a la nueva demanda presentada por MC&F para recuperar los derechos sobre el programa.

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