Los interinos denuncian al Gobierno ante la Comisión Europea, la Fiscalía Europea y el Defensor del Pueblo Europeo
Desde la sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2021, Arauz ha presentado varias denuncias ante la Comisión por falta de transposición de la Directiva 1999/70/CE.

Los interinos denuncian al Gobierno ante la Comisión Europea, la Fiscalía Europea y el Defensor del Pueblo Europeo

Javier Arauz, abogado del Estado en excedencia, está volcado en la defensa del colectivo de interinos impulsando ahora las reclamaciones de estos profesionales en Europa
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15/2/2022 01:00
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Actualizado: 15/2/2022 01:12
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“La ley 20/2021 de reducción de la temporalidad es una patada hacia adelante del Gobierno que no resuelva la cuestión ni estabiliza a los interinos. En muchas Comunidades Autónomas la ignoran convocando procesos selectivos al margen de lo que se ha marcado en la norma. Esto hará que se judicialice aún mas el conflicto». 

Son las primeras valoraciones de Javier Arauz, abogado del Estado en excedencia, volcado en la defensa del colectivo de interinos, y que impulsa ahora la ofensiva de estos profesionales hacia Europa para denunciar la situación agravada por la aprobación de dicha normativa a finales de diciembre pasado.

A su juicio, “hay una vulneración clara de la normativa comunitaria y Europa debe preocuparse de que los Estados miembros cumplan con sus normas».

«Hemos presentado varias denuncias ante la Comisión Europea, ante la Fiscalía Europea y el Defensor del Pueblo Europeo porque no se está cumpliendo la normativa comunitaria”.

Javier Arauz, abogado.

Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 19 de marzo de 2021, Arauz ha presentado varias denuncias ante la Comisión por falta de transposición de la Directiva 1999/70/CE por parte del Gobierno y tribunales. Han sido 8 en total las denuncias y ampliaciones presentadas ante los dos procedimientos abiertos en Europa (CHAP 2013-01917 y procedimiento de infracción 2014-4224).

Estas denuncias son “más datos que se aportan a los dos procedimientos de infracción abiertos a nuestro país en el 2014. Desde ese año, están abiertos porque se incumple la Directiva 1999/70. Son datos que revelan que seguimos sin cumplir dicha directiva. Creemos que debería actuar ya y presentar una demanda ante España en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea [TJUE] o cualquier otra medida sancionadora”.

A este respecto, la denuncia planteada ante el Defensor del Pueblo Europeo viene a señalar “la pasividad de la Comisión Europea que es lo que está generando esta situación. No puede tener siete años con un expediente cuando la normativa europea habla de tramitación en un año. Tiene que actuar el Defensor del Pueblo en este contexto”.

Para este experto en temas de función pública e interinos, “desde el punto de vista del derecho de la UE, no se aplica la Directiva 1999/70 en los términos que señala el TJUE. Al mismo tiempo, vemos los incumplimientos de España del Plan de Resilencia enviado a Bruselas”.

Sobre dicho Plan de recuperación, por el que nuestro país recibe Fondos Europeos ‘Next Generation’, Arauz indica que “se habla de reducir la temporalidad de la función pública española a coste cero, sin indemnizaciones según el Componente 11. Pero tres meses después tanto el Real Decreto-Ley 14/2021 como la nueva Ley 21/2021 habla de indemnizaciones para aquellos empleados públicos que no aprobasen las oposiciones”.

Madrid y Valencia se saltan la ley

Arauz considera que “se está incumpliendo el compromiso asumido ante la UE de ese coste cero, al mismo tiempo se detectan que pese a lo que dice la Ley 20/2021 muchas administraciones públicas convocan oposiciones para no cumplir dicha norma. Eso está pasando en muchas Comunidades Autónomas, los casos de Valencia y Madrid son exponentes de ello”.

En el caso de Madrid, esta comunidad autónoma ha reconocido que está haciendo la convocatoria de oposiciones docentes para evitar aplicar la ley aprobada para reducir la temporalidad.

“Eso debería tener algún tipo de responsabilidad si se actúa a sabiendas de que hay que cumplir dicha ley”, comenta.

Por su parte, en la Comunidad Valenciana, su Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública, al igual que antes la Universidad de Alicante y la Conselleria de Justicia, en vez de intentar solucionar el problema de los interinos, como están realizando otras administraciones, como es el caso del Ayuntamiento de Valencia, premian a su personal con unas oposiciones, tal y como estaban ofertadas hace 5 años, sin  aplicar la nueva ley para la reducción de la temporalidad.

A todo esto, desde el colectivo de interinos se denuncia que hay algunas categorías profesionales donde llevaban décadas sin ofertar ninguna plaza, los trabajadores se ven abocados a presentarse a unas oposiciones con un número de plazas irrisorio lo que les va a obligar a realizar un esfuerzo sin posibilidad de consolidar realmente sus puestos de trabajo.

Desde este colectivo se denuncia que “a los dirigentes de la Conselleria de Sanidad no parece importarles nada su personal, ya que tras unos años de duro trabajo a causa de la pandemia por Covid-19, hay que añadir las dificultades que impiden prepararse los trabajadores en igualdad de condiciones a otros opositores”.

Así señalan como obstáculos “las horas de trabajo extras acumuladas, elevada edad, cargas familiares, etc., cuestiones todas ellas que ni siquiera se han planteado a la hora de decidir continuar con unos procesos selectivos obsoletos”.

Para este jurista, se malinterpreta la ley cuando se habla de docentes y sanitarios. Tienen leyes específicas y el Estatuto básico del empleado público (EBEP) se aplica con carácter secundario. “Tiene que quedar claro que las disposiciones adiciones sexta y octava de la norma, que son de aplicación inmediata, con lo cual esas plazas deberían ir a concurso de méritos como otras tantas de estos colectivos”.

Este jurista aclara que “pese a lo que dicen dichas disposiciones adicionales no están todas las plazas de interinos en abuso en concursos de méritos, sino que se quitan algunas plazas para evitar la aplicación de la norma. Todo esto debería generar responsabilidades porque ya ni siquiera están cumpliendo la ley nacional aprobada hace algo más de un mes”.

Una ley que vincula a todos y que no se cumple

Para Arauz, “lo que no puede ser es que cada administración pública la interprete de una forma en contra de lo que señala la propia normativa, sobre todo esto esta sucediendo en muchas Comunidades Autónomas”.

Este experto recuerda que “Europa a raíz de la Comisión de Peticiones del Parlamento de Europeo provocada por un grupo de interinos ya dio instrucciones a la Comisión de supervisar la normativa española de cara a si cumplía la jurisprudencia del TJUE”.

Realmente hay dos problemas, apunta, “el primero, si la ley se adapta a ese marco comunitario y otro relacionado su aplicación que vemos no se esta adaptando correctamente. Es un problema que afecta a más de 900.000 personas y tres millones de familias. No se ha buscado una solución realista”.

Desde su punto de vista, esta Ley 20/2021 es insuficiente y está generando más problemas a los interinos, “hasta el punto de que hay jueces que han planteado cuestiones prejudiciales como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Habrá que ver qué dice el TJUE ante dichas consultas porque la ley aprobada es un parche, alarga el problema y no le da una solución definitiva”.

Para José Luis Gutiérrez, portavoz de este colectivo y vinculado a la Coordinadora Andaluza de empleados públicos en abuso de temporalidad (CAEPAT) y al Sindicato de Empleados Públicos de Málaga (SEPMA), adscrito a dicha coordinadora, cuando los sindicatos mayoritarios solicitan establecer criterios comunes es «otra clara demostración de su nulo interés en estabilizar el empleo temporal”.

En su opinión, “es en cada Mesa de Negociación donde han de negociarse las bases de dichos procesos selectivos”.

A su juicio, “una vez más, desde UGT, CCOO y CSIF se mira hacia otro lado para justificar su pasividad en la defensa de los empleados públicos en situación de abuso, derivando la responsabilidad hacia el Ministerio de Hacienda y Función Pública».

“Eso se demuestra también cuando piden aclaración al Ministerio sobre los procesos convocados con anterioridad a la publicación de la Ley 20/2021, es decir, se pide al ejecutivo que aclare la voluntad del legislativo”, destaca.

En su opinión esto es toda una perversión, “cuando desde el mandato de las instituciones europeas, la propia exposición de la ley y la modificación del legislador. Con esa actitud, UGT, CCOO y CSIF están avalando la avalancha de convocatorias realizadas en todas las comunidades autónomas (de todo signo político), durante el debate y aprobación de la referida ley”.

Gutiérrez indica que “desde nuestras plataformas y la incipiente Confederación realizaremos funciones de Observatorio para denunciar a aquellas instituciones autonómicas y locales (Castilla y León, País Vasco, Baleares, Andalucía, Galicia, Canarias, etc.), que están desarrollando los procesos sin respetar el mandato de la propia Le 20/2021, poniendo a disposición de los perjudicados el correspondiente asesoramiento jurídico”.

Desde su punto de vista, “es obvio, que cuando el legislador modifica la disposición transitoria primera sobre el régimen jurídico de los procesos ya convocados prevista en el ‘Icetazo’, solo refiere un límite temporal para la finalización de los procesos (idéntico a los de las disposiciones sexta y octava), desapareciendo esa obligación”.

“Por tanto, entendemos claramente que dichos procesos han de integrarse, respectivamente, en los procesos de las disposiciones adicionales citadas por aplicación del principio constitucional de igualdad previsto en el artículo 14 de nuestra Constitución”, indica.

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