El Sindicato de Abogados presenta una denuncia ante Inspección de Trabajo por la existencia falsos autónomos en los bufetes
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una foto tomada el pasado 1 de marzo en el acto en el que conmemoró los 116 años de la existencia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a la que describió como "piedra angular del sistema democrático". Foto: MT.

El Sindicato de Abogados presenta una denuncia ante Inspección de Trabajo por la existencia falsos autónomos en los bufetes

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07/3/2022 06:51
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Actualizado: 06/3/2022 23:43
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La denuncia fue interpuesta el pasado 2 de marzo ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Trabajo por el Sindicato de Abogados para que lleven a cabo las consiguientes inspecciones a fin de determinar la existencia falsos autónomos en despachos de abogados y en asociaciones de consumidores y usuarios.

«Desde este sindicato, en virtud de la creación de un buzón de denuncias en nuestra página web (www.sindicatodeabogados.org), hemos tenido conocimiento de que existen grandes despachos de abogados, incluso importantes asociaciones de consumidores y usuarios que cuentan con abogados dados de alta como autónomos o mutualistas, cuando en realidad se dan todas y cada una de las notas para ser relación laboral con arreglo al artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores», dice la denuncia interpuesta por este Sindicato.

«En dichas empresas, despachos y organizaciones, los trabajos son realizados por cuenta de las mercantiles u despachos, dentro de su ámbito de organización y dirección, bien en sus propias instalaciones, o mediante teletrabajo, dentro de la jornada, horario, demás derechos y condiciones laborales unilateralmente impuestos por el empleador», añade.

«LA EXISTENCIA DE FALSOS AUTÓNOMOS ES UNA REALIDAD»

De acuerdo con Belén García, la secretaria general de este nuevo sindicato, la percepción de una retribución no a cargo del cliente sino de la empresa que ha contratado al abogado contratado en función de una tarifa especificada por acto o de un número de clientes atentidos, «son indicios de laboralidad que manifiestan la existencia de trabajo por cuenta ajena».

Para García, «la existencia de falsos autónomos en la abogacía es una realidad mucho más extendida de lo que pudiéramos pensar. Como el miedo que alimenta ese estado de cosas. Los compañeros no se atreven a denunciar por miedo a perder su puesto de trabajo. Muchos tienen horario, mesa, funciones, todo lo que tiene un contratado. Pero trabajan como falsos autónomos. Hemos podido constatarlo a través de las denuncias que hemos recibido. Y creemos que ha llegado el momento de romper esa cadena de miedo con esta denuncia ante Inspección de Trabajo».

Algunos se han atrevido a ello. «No muchos, es cierto. Han presentado demandas ante los Juzgados de lo Social. ¿Que cómo suelen solucionarlo los empleadores? Llegando a indemnizaciones muy generosas a cambio de la firma de acuerdos de no confidencialidad. De esa forma establecen la «omertá», la ley del silencio entre sus antiguos trabajadores, que no pueden contar nada», precisa.

En la denuncia ante Inspección de Trabajo, el Sindicato de Abogados hace mención a la sentencia de 11 de octubre de 2012 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que hoy es un referente, en el que determina lo que configura la relación laboral y el trabajo como autónomo.

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