La APIF reclama que se establezca como causa automática de cese del fiscal general la infracción del deber de abstención 
"Todo este asunto muestra, a nuestro entender, que la Fiscalía General no está dirigida por la persona idónea", manifiesta esta asociación, presidida por Salvador Viada Bardají, fiscal del Tribunal Supremo.

La APIF reclama que se establezca como causa automática de cese del fiscal general la infracción del deber de abstención 

Plantea instaurar un tipo específico de tráfico de influencias en el Código Penal "para incluir conductas como la de Delgado y el secretario técnico, Álvaro García, en el caso Stampa"
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15/3/2022 14:44
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Actualizado: 16/3/2022 10:18
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La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha reclamado hoy que se establezca como causa automática de cese del fiscal general del Estado la infracción del deber de abstención.

Esta asociación, presidida por Salvador Viada Bardají, fiscal del Tribunal Supremo (TS), se ha pronunciado así en un comunicado «ante la gravedad de las nuevas revelaciones que recogen diversos medios de comunicación sobre la acreditada intervención de la fiscal general del Estado», Dolores Delgado, en el caso Stampa, relativo a las diligencias de investigación que se siguieron contra el exfiscal del ‘caso Villarejo’ Ignacio Stampa por un supuesto delito de revelación de secretos.

Dichas informaciones reflejan que Delgado fue informada sobre el ‘caso Stampa’ a juzgar por un correo electrónico del 4 de diciembre de 2020 que le envió el entonces fiscal superior de Madrid, Jesús Caballero Klink. «En atención a lo solicitado, tengo el honor de informar a V.E. de lo ocurrido el día de ayer, 3 de diciembre de 2020, en el marco de las Diligencias de Investigación 32/2020, seguidas por un presunto delito de revelación de secretos de la que es objeto de investigación el Ilmo. Sr. fiscal D. Ignacio Stampa Fuente», reza el ‘email’, en el que Caballero Klink ofrece un detallado relato.

«Todo este asunto muestra, a nuestro entender, que la Fiscalía General no está dirigida por la persona idónea», afirma la APIF, y sostiene que «la infracción del deber de abstención debe determinar de manera automática el cese de la fiscal general», así como que el secretario técnico «no debería permanecer ni un día más en el puesto».

Esta asociación recuerda que en noviembre de 2021 solicitó que el Consejo Fiscal se pronunciara sobre el caso dado que observaban en el mismo que “estaba presuntamente plagado de irregularidades”. «No nos equivocábamos. El asunto es gravísimo», manifiesta esta asociación.

Añade que Delgado «intervino, contrariamente a lo que se informó al Consejo Fiscal, de manera muy relevante en el conjunto de actuaciones penales que se abrieron contra el fiscal» Ignacio Stampa, «manteniéndose las mismas abiertas de manera artificial durante el tiempo necesario para hacer imposible que el mismo tuviera oportunidad alguna de obtener una plaza que solicitaba y que llevaba aparejado continuar con el asunto que involucraba a varios individuos defendidos por el despacho de la pareja de la fiscal general», en alusión al exjuez Baltasar Garzón.

«La ocultación de la intervención de la fiscal general del Estado al Consejo Fiscal; la calificación de “gravísimas difamaciones” las imputaciones que se le hacían a Delgado; la intervención del secretario técnico en la prórroga de las diligencias sin ningún tipo de competencia para ello, en forma de “sugerencias” al Instructor; los ataques vertidos en el mismo Consejo Fiscal contra el Instructor de las Diligencias (Carlos Ruiz de Alegría) que se negaba a seguir con el juego diseñado desde la cúpula de la Fiscalía General, mientras se le negaba la posibilidad de defenderse en el propio Consejo donde se le injuriaba; la ocultación sistemática de datos a los interesados en el asunto; o el hecho de que hasta en el mismo Senado español, la fiscal general sostuvo que se la estaba difamando por algo que ahora se revela como cierto, convierten este caso en un asunto de insólita gravedad», manifiesta la APIF.

Señala que «el documento ahora publicado, que revela que el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid comunicaba el conjunto de incidencias que afectaban al caso Stampa, en lo que afectaban al conocimiento de éste de las “sugerencias” del secretario técnico para prolongar el asunto vivo», acreditan que fue Delgado quien “solicitó” dicha información; que la solicitó con ”urgencia”; y que se le informó cumplidamente de “los datos objetivos, sin realizar valoraciones”, ofreciéndole, asimismo, las ampliaciones que se estimaran. «Es decir, que intervino», concluye la APIF.

Así las cosas, esta asociación exige «instaurar un sistema de contrapesos al absoluto control de la institución que ejerce el fiscal general». Insiste en que la transparencia en el conjunto de actuaciones internas no debe ser «voluntaria» por parte del fiscal general del Estado, sino una obligación legal.

TRÁFICO DE INFLUENCIAS 

La APIF afirma que «la Fiscalía, en las condiciones actuales y salvo reformas estructurales muy importantes, no está en condiciones de asumir hoy día las investigaciones de los delitos, por el riesgo de que los derechos de los investigados se vean conculcados de la misma forma que lo han sido los del Sr. Stampa».

Además, señala que el Consejo Fiscal «debe funcionar como garante de los derechos de los fiscales y no como órgano acrítico con el fiscal general hasta que la evidencia de los abusos se precipita sobre el mismo». Y considera necesario que se instaure «un tipo específico de tráfico de influencias en el Código Penal que permita incluir conductas como la de Delgado y Álvaro García en el caso Stampa».

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