Los supervisores alertan de que los criptoactivos no son adecuados como inversión ni como medio de pago para la mayoría de consumidores minoristas
Avisan de los riesgos que entrañan, incluyendo los derivados de la publicidad engañosa que puede realizarse a través de las redes sociales y por los 'influencers'.

Los supervisores alertan de que los criptoactivos no son adecuados como inversión ni como medio de pago para la mayoría de consumidores minoristas

Alertan de que "muchos criptoactivos revisten un carácter muy arriesgado y especulativo"
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18/3/2022 10:48
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Actualizado: 18/3/2022 11:00
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Las Autoridades Europeas de Supervisión del sistema financiero (EBA, ESMA e EIOPA) alertan de que los criptoactivos no son adecuados «como inversión ni como medio de pago para la mayoría de consumidores minoristas».

En un comunicado conjunto, la Autoridad Bancaria Europea, la Autoridad Europea de Valores y Mercados y la Autoridad Europea de Pensiones y Seguros de Jubilación -EBA, ESMA y EIOPA en sus siglas en inglés, respectivamente-, destacan que «muchos criptoactivos revisten un carácter muy arriesgado y especulativo», y advierten de los riesgos que entrañan, incluyendo los derivados de la publicidad engañosa que puede realizarse a través de las redes sociales y por los influencers.

«Los consumidores se enfrentan a la posibilidad real de perder todo el dinero invertido si compran estos activos«, avisan.

Asimismo, señalan que deben ser «particularmente cautelosos» en lo que se refiere a las promesas de una rentabilidad alta o rápida, especialmente aquellas que parecen «demasiado buenas para ser ciertas».

«Los consumidores deben ser conscientes de la falta de procedimientos para poder reclamar, así como de la ausencia de protección, ya que los criptoactivos y los productos y servicios relacionados con ellos en general quedan fuera de la protección que ofrecen las normas vigentes en la Unión Europea sobre servicios financieros», explican.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Banco de España y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones han publicado un comunicado conjunto en el que suscriben el contenido de la advertencia de los supervisores europeos, y comparten la valoración de los riesgos que se identifican en la misma, que están en línea con los ya señalados en los comunicados publicados en 2018 y 2021.

¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES RIESGOS?

Los supervisores señalan como principales riesgos las fluctuaciones extremas de precios; información engañosa; ausencia de protección; complejidad de los productos; fraude y actividades maliciosas; manipulación del mercado, falta de transparencia de precios y escasa liquidez; y los ciberataques, riesgos operativos, y problemas de seguridad.

«Algunos criptoactivos y productos relacionados se anuncian al público de manera agresiva, utilizando material comercial y otra información que puede resultar poco clara, incompleta, inexacta o incluso deliberadamente engañosa. Por ejemplo, la publicidad a través de las redes sociales puede ser muy breve y centrarse únicamente en las posibles ganancias y no en los elevados riesgos. También debes tener cuidado con los influencers en las redes sociales, que normalmente reciben un incentivo financiero para comercializar determinados criptoactivos y productos y servicios relacionados, por lo que sus comunicaciones pueden tener un carácter sesgado», advierten.

Otro de los riesgos que entrañan los criptoactivos derivan de que «algunos productos que ofrecen exposición a los son muy complejos y, a veces, tienen características que pueden incrementar la magnitud de las pérdidas si se producen fluctuaciones de precios adversas, por lo que no se consideran adecuados para muchos consumidores». Por ello, manifiestan que «dada su complejidad, estos productos no son adecuados para muchos consumidores».

Los reguladores también alertan de que existen numerosos criptoactivos falsos y estafas cuyo único objetivo es privar al usuario de su dinero mediante el uso de diferentes técnicas, como el ‘phishing’.

Asimismo, indican que la tecnología de registro distribuído que sustenta los criptoactivos entraña riesgos específicos. «Varios emisores y proveedores de servicios de criptoactivos, en particular los proveedores de intercambio de criptoactivos y monederos electrónicos, han sufrido ciberataques y graves problemas operativos. Muchos consumidores han perdido sus criptoactivos o han sufrido pérdidas por este tipo de ataques e interrupciones del servicio o por haber perdido las claves privadas con las que acceden a sus activos», exponen.

NO HAY TRANSPARENCIA EN PRECIOS NI MECANISMOS PARA PODER RECLAMAR

Por otra parte, los supervisores europeos advierten del riesgo por falta de transparencia de precios, manipulación del mercado y escasa liquidez: «La determinación de los precios de los criptoactivos y la ejecución de transacciones en las plataformas frecuentemente no se realizan de forma transparente. Además, la posesión de determinados criptoactivos está muy concentrada, lo que puede afectar a los precios o a la liquidez».

Afirman que es posible que el usuario no obtenga un precio o trato justo al comprar o vender criptoactivos, o que no puedan vender sus criptoactivos con la rapidez que desearían en ausencia de un posible comprador. «Se han notificado casos de manipulación del mercado en múltiples ocasiones», aseguran.

Los reguladores avisan a los consumidores de la falta de procedimientos para poder reclamar, así como de la ausencia de protección, ya que los criptoactivos y los productos y servicios relacionados con ellos, en general, quedan fuera de la protección que ofrecen las normas vigentes en la Unión Europea sobre servicios financieros.

«La mayoría de los criptoactivos y la venta de productos o servicios relacionados no están regulados en la UE. En estos casos, no disfrutarás de los derechos y las medidas de protección disponibles para los consumidores de servicios financieros regulados, tales como los mecanismos de denuncia o recurso», advierten.

Las Autoridades Europeas Supervisoras (ESAs) señalan el aumento de la actividad y el interés de los consumidores en los criptoactivos, en particular en las denominadas monedas virtuales, y la aparición de nuevos tipos de criptoactivos y productos y servicios relacionados, como los Tokens no fungibles (NFT, en sus siglas en inglés), los derivados con criptoactivos como activos subyacentes, las pólizas de seguros de vida vinculados a fondos de inversión con criptoactivos como activos subyacentes y las aplicaciones de finanzas descentralizadas (DeFi), que aseguran generar una rentabilidad elevada o rápida. A las ESAs les preocupa que un número cada vez mayor de consumidores adquiera esos activos con la expectativa de obtener una buena rentabilidad sin ser conscientes de los elevados riesgos que ello conlleva.

Recuerdan que en septiembre de 2020, la Comisión Europea presentó una propuesta legislativa de reglamento sobre los mercados de criptoactivos. Dicha propuesta establece un marco global para la regulación y la supervisión de los emisores y proveedores de servicios de criptoactivos con vistas a proteger a los consumidores y la integridad y estabilidad del sistema financiero. No obstante, destacan que la propuesta sigue estando sujeta al resultado del proceso colegislativo. «Los consumidores no disfrutarán de ninguna de las salvaguardas previstas en dicha propuesta hasta que esta no sea adoptada y de aplicación», subrayan.

Según informan, a la fecha de esta advertencia existen más de 17.000 criptoactivos diferentes, algunos de los cuales se denominan en ocasiones «monedas virtuales» o «monedas o tokens digitales». Los criptoactivos más habituales hasta la fecha son bitcoin y ether, que en conjunto «representan alrededor del 60% de la capitalización de mercado total de los criptoactivos», indican.

LOS SUPERVISORES ESPAÑOLES NO PUEDEN CONTENER ESTOS RIESGOS

En el último año, tanto la CNMV como el Banco de España han llevado a cabo dos iniciativas en este ámbito.

La CNMV ha aprobado la Circular 1/2022, de 10 de enero sobre publicidad de criptoactivos presentados como objeto de inversión, en la que se desarrollan las normas, principios y criterios a los que debe sujetarse esta actividad publicitaria. Entró en vigor el 17 de febrero, y tiene como objetivo que las campañas publicitarias en este ámbito se lleven a cabo siguiendo determinadas directrices en su contenido y formato, y que incluyan información suficiente sobre los riesgos de la potencial inversión.

El Banco de España, por su parte, ha puesto en funcionamiento un Registro en el que deberán inscribirse quienes ofrezcan en España determinados servicios (cambio de criptomonedas por moneda de curso legal y custodios de monederos digitales), que deberán disponer de medidas y procedimientos adecuados en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

La CNMV, el Banco de España y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones recuerdan que estos desarrollos legales «solo cubren una parte muy limitada de la actividad sobre criptoactivos, por lo que resultan insuficientes para contener adecuadamente los riesgos que se señalan en el comunicado de las autoridades europeas, que siguen siendo plenamente relevantes».

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