Seis fiscales del Supremo piden a Delgado que se abstenga en el caso del hermano de Díaz Ayuso
Los fiscales que suscriben el escrito refieren la naturaleza política de la actual fiscal general del Estado, quien antes fue ministra de Justicia. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Seis fiscales del Supremo piden a Delgado que se abstenga en el caso del hermano de Díaz Ayuso

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28/3/2022 20:14
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Actualizado: 29/3/2022 11:54
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Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena, José Miguel de la Rosa, Javier Huete y Pilar Fernández Valcarce, seis fiscales de Sala del Supremo, han dirigido un escrito a Dolores Delgado, fiscal general del Estado, para que se abstenga en la investigación sobre el contrato de compra de mascarillas suscrito entre la Comunidad de Madrid y una empresa con la que colaboraba Tomas Díaz Ayuso, hermano de la presidenta, Isabel Díaz Ayuso.

Delgado ha rechazado la petición de abstenerse porque «está en servicios especiales» y porque los seis fiscales de Sala no tienen legitimidad para pedirle que se aparte del caso, cosa con la que disienten los mencionados fiscales.

En su escrito, entregado por los seis fiscales a Delgado al comienzo de la reunión de la Junta de Fiscales de Sala, celebrada hoy, le recuerdan a la fiscal general del Estado que el artículo 351 de la Ley Orgánica del Poder Judicial es claro: se debe evitar que un cargo político intervenga en asuntos en los que estén implicados otros cargos políticos.

«Es notorio que las diligencias de investigación 3/2022 de la Fiscalía Anticorrupción se iniciaron por denuncia de los grupos parlamentarios del PSOE, Más Madrid y Unidas Podemos en la Comunidad de Madrid», dicen los seis fiscales.

«Es igualmente notorio que la Fiscal General del Estado, sin solución de continuidad ha sido Ministra de Justicia y seguidamente participó en las elecciones generales pasadas obteniendo acta de diputada, para seguidamente renunciar y ser nombrada Fiscal General del Estado», añaden.

Dicho artículo 351 de la LOPJ dice, en su apartado f), aplicable a los fiscales, que «los jueces y magistrados, y los funcionarios de otros cuerpos, que reingresen en la Carrera correspondiente deberán abstenerse, y en su caso podrán ser recusados, de intervenir en cualesquiera asuntos en los que sean parte partidos o agrupaciones políticas, o aquellos de sus integrantes que ostenten o hayan ostentado cargo público».

«Es igualmente notorio que la Fiscal General del Estado, sin solución de continuidad ha sido Ministra de Justicia y seguidamente participó en las elecciones generales pasadas obteniendo acta de diputada, para seguidamente renunciar y ser nombrada Fiscal General del Estado», afirman los seis fiscales de Sala del Supremo

Los fiscales recuerdan que el artículo 28 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dice con claridad que «Los miembros del Ministerio Fiscal no podrán ser recusados. Se abstendrán de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de las causas de abstención establecidas para los Jueces y Magistrados en la Ley Orgánica del Poder Judicial, en cuanto les sean de aplicación».

Lo que es aplicable a Dolores Delgado, entienden.

Y refieren un párrafo del borrador de decreto sobre el que se ha tratado hoy que dice: «es relevante destacar que lo que propiamente investiga la Fiscalía Especial [Anticorrupción] atañe a delitos que pudieran afectar al más alto cargo de la Administración autonómica madrileña en la medida en la que se pueda confirmar o descartar la hipótesis de la participación en tales conductas de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, persona aforada ante el Tribunal Supremo español«.

Recuerdan, además, que las diligencias de investigación 3/2022 de la Fiscalía Anticorrupción se iniciaron por denuncia de los grupos parlamentarios del PSOE, Más Madrid y Unidas Podemos en la Comunidad de Madrid.

Por lo que entienden que se cumplen todas las condiciones para que Delgado se aparte de estas diligencias una vez cumplido el trámite de la reunión de la Junta de Fiscales de Sala.

Estos fiscales le aconsejaron que retirara del decreto la referencia de que la Fiscalía Anticorrupción estaba investigando a una autoridad autonómica, para lo que no sería competente dicho órgano sino la Fiscalía del Tribunal Supremo.

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