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El tiempo ha terminado por absolver al Banco de Madrid, víctima de la policía «patriótica»

El tiempo ha terminado por absolver al Banco de Madrid, víctima de la policía «patriótica»
El Banco de Madrid, sobre el que escribe en su columna Carlos Berbell, tenía su sede en la madrileña Plaza de Colón.
03/6/2022 06:49
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Actualizado: 04/6/2022 11:52
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Lo contaban esta semana «al alimón» Fuentes Informadas y El País. La intervención del Banco de Madrid y de su matriz, la Banca Privada de Andorra (BPA), en marzo de 2015, fue el producto de una campaña de lo que hoy llamamos «Fake News», construida por la policía «patriótica» –José Manuel Villarejo y compañía– para forzar a sus máximos responsables a entregarles todos los datos sobre el dinero que tenía Jordi Pujol y su familia en ese entidad financiera del Principado.

Hay que recordar el contexto. Cinco meses atrás, el 9 de noviembre de 2014, el gobierno autonómico catalán, que presidía Artur Mas –el sucesor de Jordi Pujol– había celebrado un simulacro de consulta sobre la independencia de Cataluña que, aunque no tenía ningún valor jurídico, sirvió para que el separatismo catalán exhibiera su fuerza en la calle con concentraciones masivas como la cadena humana de 400 kilómetros que unió los dos extremos del territorio.

Había que desinflar el movimiento.

La campaña de «Fake News» de la policía «patriótica» fue construida con informaciones, que no tenían base ni en pruebas ni en evidencias acreditadas. Pero hicieron creer a la Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) –Red de Ejecución de Delitos Financieros– del Departamento del Tesoro de Estados Unidos que, desde BPA, estaban facilitando el blanqueo de sus capitales a organizaciones criminales internacionales.

Los americanos «compraron» lo que les contaron desde España, asumiendo que la información que les facilitaron era fetén: el BPA blanqueaba capitales para mafias chinas y rusas, oligarcas venezolanos y el mismísimo cartel mexicano de la droga de Sinaloa. Las «bestias negras» de Estados Unidos.

La FinCEN mordió el anzuelo y emitió una «Notice» (aviso) considerando a la BPA una «institución financiera extranjera sometida a preocupación de primer orden en materia de blanqueo de capitales», sobre la base de la sección 310 de la USA Patriot Act.

Fue el 10 de marzo de 2015.

Aquello provocó que dos días más tarde, el 12 de marzo, el Institut Nacional Andorrà de Finances (INAF), el regulador andorrano, sin mayores evidencias ni pruebas, sobre la base de una suposición y una sospecha –no por su grado de insolvencia– interviniera la BPA.

Y el 13 de marzo la Batllia, la jurisdicción de Primera Instancia e Instrucción en el ámbito civil, administrativo y penal, ordenó detener a Joan Pau Miquel, máximo responsable ejecutivo del grupo BPA en Andorra, cuyos accionistas mayoritarios eran la familia Cierco, quien se pasaría los 22 meses siguientes en prisión preventiva.

EL CASO DEL BANCO DE MADRID

En el momento de su intervención, en España, el Banco de Madrid –la siguiente pieza en caer– contaba con 14.800 depositantes y 74.000 partícipes en fondos de inversión. Su coeficiente de solvencia era del 38,40 % frente al 12,10 % de la banca española. Y su índice de morosidad era del 1,92% frente al 13,61 % de la media del sector.

Gestionaba 6.000 millones de euros en activos y custodiaba 695 millones de euros en depósitos. Dos tercios del negocio del BPA procedían del Banco de Madrid. Era una de las entidades financieras españolas más solventes; empleaba a 300 trabajadores.

La «Notice» del FinCEN, la decisión del INAF y el desembarco del Banco de España acabaron en solo tres días con el Banco de Madrid.

Un capítulo que no está cerrado en absoluto.

Como se suele decir, el tiempo ha puesto a cada uno en su sitio. Nada de lo que se argumentó entonces fue verdad.

Entre unos y otros, por una cuestión claramente política, se cargaron un banco español que funcionaba muy bien y estaba muy bien gestionado. Y lo hicieron con «Fake News». Con bulos y mentiras, como se decía antes.

De hecho, los magistrados de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, José Luis Gil Ibáñez, Margarita Pazos Pita y Fátima de la Cruz Mera, tienen que pronunciarse próximamente sobre la demanda que los propietarios de la BPA, la familia Cierco, han interpuesto contra el Estado –la causa 1871/2021–, por la que reclaman como indemnización 141,6 millones de euros por la desaparición del Banco de Madrid.

Tienen que hacer justicia.

ARCHIVADO EN LA JURISDICCIÓN MERCANTIL

Una demanda que ha llegado precedida de razón y de archivos de todas las causas abiertas en todos los frentes contra el Banco de Madrid.

En el mercantil el Ministerio Fiscal solicitó la calificación culpable contra todos los miembros del Consejo de Administración de este Banco. Pero el Juzgado de lo Mercantil 1 de Madrid no respondió en la línea solicitada. Al contrario, dictó sentencia el 28 de julio de 2017. Declaró fortuito el concurso del Banco de Madrid y absolvió a todas las personas afectadas.

La declaración de fortuito quiere decir que el concurso no ha sido culpable por dolo o por negligencia. La Fiscalía no pudo acreditar ninguno de los ilícitos penales, administrativos o contra la normativa sobre prevención de capitales supuestamente cometidos por los investigados «por acción u omisión».

El fiscal argumentó que la entidad era culpable porque había infringido la legislación sobre prevención del blanqueo de capitales, cosa que no pudo demostrar.

De hecho, no lo recurrió y, por ello, devino en firme.

ARCHIVADO EN LA JURISDICCIÓN PENAL

La causa fue iniciada mediante la preceptiva querella que interpuso ante la Audiencia Nacional un grupo de clientes del Banco Madrid por los supuestos delitos de insolvencia punible y blanqueo de capitales. Una causa que cayó en el Juzgado Central de Instrucción 4 del que era titular el magistrado Fernando Andreu. Éste descartó de inmediato la insolvencia y derivó el procedimiento a los Juzgados de Madrid, que eran los competentes.

Le correspondió al Juzgado de Instrucción 38 de Madrid. El 2 de enero de 2019 dictó auto de sobreseimiento al no encontrar base delictiva alguna.

Un auto que fue confirmado seis meses más tarde, el 3 de julio, por la Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid; el tribunal colegiado desestimó el recurso de apelación del Ministerio Fiscal contra el archivo.

El auto de este Juzgado es muy duro y contundente.

Dice que no «existen indicios suficientes» para probar que se hayan llevado a cabo operaciones de «blanqueo de capitales».

«El informe pericial efectuado por el señor Salinas, del SEPBLAC [el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, la Unidad de Inteligencia Financiera de España] y su posterior ratificación no puede considerarse elemento suficiente para considerar indiciaramente acreditados los hechos inicialmente imputados», escribe el magistrado.

«Ante las afirmaciones o insinuaciones efectuadas acerca de la vinculación entre clientes del banco matriz en Andorra (BPA), que habrían ‘blanqueado’ capitales a través de la entidad Banco de Madrid, el propio señor Salinas confirma que los sistemas informáticos de ambas entidades estaban completamente separados y en absoluto vinculados, sin desprenderse de su informe ningún anexo o vinculación a los efectos de este procedimiento», subraya.

Sobre una supuesta operación de «blanqueo, referida a un ciudadano ruso, Andrei Petrov y a su empresa DDC, S.L., el magistrado subraya, sobre la base de la información facilitada por Salinas, que era una solicitud de préstamos de un millón de euros: «El propio perito señala que ‘en ningún caso se dice que … (esa operación)… es de blanqueo», recuerda.

Tampoco pudo asegurar el perito del SEPBLAC que pudiera haber participado el Consejo de Administración del Banco de Madrid en nada delictivo.

El magistrado también recuerda que la investigación que comenzó, a instancias del Ministerio Fiscal, la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional, no había dado ningún fruto.

«El responsable de dicha investigación ya hizo saber que inicialmente se llevó a cabo una investigación global y absoluta sobre la totalidad de los archivos físicos e informáticos que fueron incautados en la sede del Banco de Madrid con ocasión de la entrada y registro que se produjo antes de que este órgano conociera de este procedimiento», subraya el juez.

Una investigación que no aportó nada relevante.

No se hallaron «indicios de criminalidad suficientes al nivel exigible más allá de meras afirmaciones que no han sido suficientemente acreditadas a lo largo de estas diligencias», concluye.

EL SEPBLAC TAMBIÉN DIO CARPETAZO

El mismo 12 de marzo de 2015, cuando el INAF, el regulador andorrano, sin mayores evidencias ni pruebas, solo sobre suposiciones y sospechas, intervino el BPA en Andorra, el SEPBLAC abrió un expediente sancionador contra los consejeros del Banco de Madrid. Como consecuencia de un informe de inspección de 25 de febrero.

Ese expediente fue la excusa que se utilizó para presionar a los directivos de BPA para que colaborasen con la policía «patriótica» entregando información bancaria de Jordi Pujol, Artur Mas y Oriol Junqueras.

Dicho expediente quedó paralizado por prejudicialidad penal por la instrucción que llevó a cabo el Juzgado de Instrucción 38. Cuando este órgano judicial archivó, el SEPBLAC lo reactivó. Fue el 14 de septiembre de 2020.

Sin embargo, 11 meses después, el 24 de agosto de 2021, la Unidad de Inteligencia Financiera de España terminó por archivar el expediente sancionador y así se lo comunicó a los antiguos consejeros del Banco de Madrid. No encontró nada.

ABSOLUCIÓN TAMBIÉN EN LA AUDIENCIA NACIONAL

El cuarto frente, el procedimiento penal abierto en la Audiencia Nacional contra Santiago Roselló, ex director de BPA, por un delito de blanqueo de capitales, desembocó en un juicio ante la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y en su absolución. En sentencia de fecha 20 de noviembre de 2018. La número 40/2018.

Los tribunales y los órganos administrativos han exculpado al Banco de Madrid.

La conclusión a la que uno llega tras estudiar y analizar lo sucedido, con la distancia que da el tiempo, y con toda la información sobre la mesa –incluyendo los decisivos audios del comisario José Manuel Villarejo– es que lo ocurrido al Banco de Madrid, a su matriz, la BPA, un banco privado con presencia en seis países, Andorra, España, Suiza, Luxemburgo, Paraguay y Uruguay, fue el resultado de una conspiración en toda regla que vulneró gravemente el estado de derecho.

Dicen que la Justicia es como un elefante, lenta, pero cuando llega se hace sentir.

En este asunto la Justicia tiene la obligación expresa de hacerse sentir. De forma contundente si quiere mantener lo más preciado que puede poseer: la confianza de la ciudadanía.

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