Podemos provoca que el presidente del TSJ de Canarias sea recusado por Salvador Alba por falta de imparcialidad
Juan Luis Lorenzo Bragado, presidente del TSJC, ha incurrido en falta de imparcialidad por sus palabras sobre Salvador Alba en el Parlamento canario.

Podemos provoca que el presidente del TSJ de Canarias sea recusado por Salvador Alba por falta de imparcialidad

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08/6/2022 18:34
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Actualizado: 08/6/2022 18:58
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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Juan Luis Lorenzo Bragado, en su condición de presidente de la Sala de lo Civil y Penal de ese órgano judicial, ha sido recusado formalmente por Salvador Alba por haber dado explicaciones procesales al portavoz de Podemos en el Parlamento canario, Francisco Antonio Déniz Ramírez, sobre la ejecución de su sentencia –de la que es máximo responsable–.

Y por permitir que la Oficina de Comunicación del TSJC distribuyera, a los periodistas, a través de su cuenta de «WhatsApp» aspectos íntegros del informe forense sobre su estado de salud; datos pertenecen a su intimidad.

Lorenzo Bragado ha incurrido, por lo tanto, en falta de imparcialidad.

Podemos ha sido parte procesal en la causa seguida contra Salvador Alba y que concluyó el pasado mes de noviembre, cuando la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, ratificó su condena, decidida en primera instancia, a 6 años y 3 meses de prisión; tres años por un delito de prevaricación judicial y tres años y seis meses por un delito de falsedad en documento público.

Debido a su precario estado de salud, el exmagistrado ha solicitado el aplazamiento de su entrada en prisión. Lorenzo Bragado, que preside la mencionada Sala de lo Civil y Penal del TSJC, tiene la decisión final.

LA APARIENCIA DE IMPARCIALIDAD DE LORENZO BRAGADO, EN TELA DE JUICIO

Alba considera que la apariencia de imparcialidad del presidente Lorenzo Bragado para este cometido está seriamente en tela de juicio, tras su intervención del 1 de junio pasado ante la Comisión de Gobernación, Desarrollo Económico, Justicia y Seguridad del Parlamento Canario para presentar la Memoria Judicial anual correspondiente al año 2021.

Prueba de ello es que al día siguiente de esta intervención, el jefe de prensa del TSJC, Antonio Fernández de la Gándara, facilitó vía «WhatsApp», y sin nota de prensa, «aspectos íntegros del informe médico forense sobre su estado de salud».

Dicho largo «WhatsApp» dice: «El médico forense no ve impedimentos para que Salvador Alba ingrese en prisión. El dictamen de la médico forense que ha reconocido a Salvador Alba (después de que el exjuez recusara a la primera perito judicial que le examinó) concluye que sus patologías no impiden que el hoy ex magistrado pueda ingresar en un centro penitenciario.

«Después de describir los procesos patológicos que presenta el informado, el dictamen forense concluye que estos ‘pueden ser resueltos o controlados con el tratamiento médico adecuado, no revistiendo riesgo vital en el momento actual ni condicionando limitaciones significativas en la autonomía personal del condenado'».

Alba subraya que él no ha sido reconocido por la médico forense y que no ha dado «consentimiento alguno para que se haga público ningún aspecto relativo a su salud» ni sus conclusiones, «porque ello forma parte de su estricta intimidad».

Conclusiones que «ha visto publicadas en una veintena de medios esos datos estrictamente personales porque han sido facilitados desde la oficina de prensa de este Tribunal Superior de Justicia».

ANTICIPA LA DENEGACIÓN DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL SOLICITADA

De acuerdo con Alba, «es evidente que ese WhatsApp del TSJ que preside el recusado que, a su vez, es responsable máximo de la Oficina de Comunicación, ya sugiere y anticipa la denegación de la suspensión condicional solicitada por esta defensa, cuando ni siquiera se han formulado alegaciones por las partes al respecto».

Salvador Alba, explica en su escrito, que conoció el contenido de ese informe forense la noche del 2 de junio, a través de la publicación que dirige Carlos Solsa Báez, que fue acusación particular en su juicio.

Esa misma información fue distribuida por el TSJC, por medio de la cuenta de WhatsApp, a los medios de comunicación a las 9 de la mañana del día siguiente, el 3 de junio.

Avanzado ese día es cuando el TSJC comunicó al procurador de Alba el citado informe.

«Conoce el Tribunal perfectamente la Ley Orgánica de Protección de Datos y el Reglamento de Protección de Datos, como la propia Ley de Autonomía del Paciente 41/2002 que ordena que ‘Toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada en la Ley'», afirma en su escrito.

«La secuencia temporal de los hechos que se exponen evidencian que el Excmo. Sr. Presidente del TSJ de Canarias y de esta Sala de lo Civil y lo Penal facilitó explicaciones sobre el asunto que está sometido a su jurisdicción a un partido político personado en este procedimiento, refiriendo aspectos muy concretos de la ejecución y que, al día siguiente, facilitó la información contenida en un informe médico forense relativa a D. Salvador Alba, con el objeto de dar explicaciones a todos los medios de comunicación y justificarse ante la pregunta que le había dirigido el portavoz del Grupo Podemos del Parlamento de Canarias, que había trascendido a los medios de comunicación», dice el escrito.

Por ello, si Lorenzo Bragado no se abstiene voluntariamente, ha quedado recusado formalmente en base al artículo 118.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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