FJI pide al Ministerio que reconsidere la adscripción de los equipos técnicos de los Juzgados de Menores a los IMS
Foro Judicial Independiente considera que la medida "perjudica gravemente el funcionamiento de los Juzgados de Menores".

FJI pide al Ministerio que reconsidere la adscripción de los equipos técnicos de los Juzgados de Menores a los IMS

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09/6/2022 20:17
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Actualizado: 09/6/2022 20:20
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La asociación de jueces, Foro Judicial Independiente (FJI), ha pedido al Ministerio de Justicia que reconsidere su decisión de adscribir los equipos técnicos de los Juzgados de Menores a los Institutos de Medicina Legal (IMS) porque «perjudica gravemente el funcionamiento de los Juzgados de Menores», donde están actualmente asignados y «el trabajo que desempeñan los magistrados destinados en dichos órganos».

La medida, decidida por la Dirección General para el Servicio Público de Justicia el pasado 23 de mayo, establece que a partir del próximo 1 de julio dichos equipos técnicos dejarán de estar adscirtos a los juzgados y fiscalías de menores para pasar a depender de los IMS.

Esto ya sucede con los equipos psicosociales de las Unidades de Valoración Forense Integral y los equipos que prestan servicio en materia de familia.

El Ministerio justifica este cambio en “conseguir una mejora en la organización y en la optimización de recursos humanos y materiales”.

FJI reconoce que, aunque la medida tiene soporte legal (el artículo 479.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los equipos técnicos de menores “podrán integrarse” dentro de los Institutos de Medicina Legal), el propósito de esta reforma es el de intentar aliviar la elevada carga de trabajo de los equipos psicosociales que se ocupan de elaborar informes periciales en materia de Derecho de Familia, violencia de género o víctimas de delitos.

MAL REPARTO DEL TRABAJO

«Es una realidad que estos equipos, en la mayoría de las provincias, son incapaces de asumir el volumen de asuntos que les remiten los juzgados y el inevitable retraso en la emisión de informes ralentiza los procedimientos en los que solicita su intervención. Y la causa de esta situación no es otra que la escasa dotación de dichos equipos, cuya ampliación se solicita reiteradamente, sin ser atendida por el Ministerio de Justicia», afirma FJI en un comunicado.

El problema, según esta asociación, no es la escasez de efectivos «sino un mal reparto del trabajo, de modo que, agrupando trabajadores y haciéndoles depender de un mismo superior jerárquico, el trabajo se puede repartir más equitativamente y ser más eficaces».

«A pesar del fracaso que ha supuesto la adscripción de los equipos de valoración en materia de familia a los IML (no por la gestión de sus directores, sino por la escasez de efectivos), el Ministerio de Justicia insiste de nuevo, poniendo en riesgo unos equipos y unos juzgados que vienen funcionando razonablemente bien», añade FJI.

A juicio de esta asociación, el Ministerio desconoce la realidad del funcionamiento de la jurisdicción de menores y, más concretamente, de la actividad de los equipos técnicos de menores.

LOS BREVÍSIMOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN EXIGEN CELERIDAD

La jurisdicción de menores, subraya FJI, por su propia naturaleza, ha de ser una justicia rápida, pues no tiene sentido intervenir con un menor mucho tiempo después de haberse cometido la infracción; pero es que, además, la Ley de Responsabilidad Penal del Menor establece unos plazos de prescripción brevísimos (tres meses para los delitos leves, un año para los menos graves), que imponen la celeridad en todos los trámites del procedimiento.

Estos equipos técnicos prestan una labor de asesoramiento continuo a juzgados y fiscalías de menores. «No se trata, como los equipos psicosociales de familia, o los equipos que valoran el testimonio de las víctimas o intervienen en materia de violencia de género, de una atención puntual o de la emisión de un informe a instancia de parte o a solicitud del órgano judicial».

Los equipos técnicos de menores «tienen obligación de emitir informes sobre la situación sociofamiliar del menor en todos los expedientes, su presencia es obligatoria en los juicios, realizan guardias, han de informar en caso de medida cautelar, de permisos extraordinarios, realizan funciones de mediación, intervienen obligatoriamente en la ejecución de las medidas, etc. Parece imposible que este trabajo no se resienta si, además, tienen que realizar otras funciones ajenas a la jurisdicción de menores».

EN RIESGO EL SISTEMA DE JUSTICIA JUVENIL

FJI recuerda que los menores de edad son una población muy sensible. «Las situaciones personales y familiares que afrontan estos juzgados son muy difíciles y la respuesta que ofrecen, aunque no suele tener reconocimiento por parte de otras instituciones, es rápida y, generalmente, satisfactoria. No es admisible que, para intentar solucionar un problema de falta de medios en otros ámbitos, se ponga en riesgo el sistema de justicia juvenil».

Por ello, no cree que no «la nueva adscripción de los equipos técnicos de menores vaya a servir para resolver la grave situación de los equipos psicosociales ya adscritos a los Institutos de Medicina Legal ni que puedan contribuir a agilizar los procedimientos penales o de familia en los que éstos actúan».

«Y, no solo eso, sino que lo más probable es que se resienta el funcionamiento de los juzgados y fiscalías de menores, dando lugar a trámites administrativos innecesarios y retrasando los expedientes de menores», concluye.

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