La Fiscalía pide dos años y medio de cárcel para el exalcalde de Majadahonda (Madrid) y dos exconcejales
Acusa al exregidor Narciso de Foxá (en la imagen) y a los exconcejales Juan Carlos Pérez González y Carmen Menéndez Rodríguez de haber concedido a Sociedad Concesionaria Hospital Majadahonda la licencia de primera ocupación a pesar de haber recibido informes de los servicios técnicos municipales en los que les alertaba sobre la existencia de varias deficiencias en el centro sanitario. Foto: EP

La Fiscalía pide dos años y medio de cárcel para el exalcalde de Majadahonda (Madrid) y dos exconcejales

Les imputa un delito sobre ordenación de territorio
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05/7/2022 10:58
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Actualizado: 05/7/2022 14:59
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La Fiscalía Provincial de Madrid reclama dos años y medio de prisión para el exalcalde de Majadahonda Narciso de Foxá (PP) y paras sus ex concejales Juan Carlos Pérez González y Carmen Menéndez Rodríguez por un delito sobre ordenación de territorio.

Los acusa de haber concedido a Sociedad Concesionaria Hospital Majadahonda S. A. la licencia de primera ocupación, a pesar de haber recibido informes de los servicios técnicos municipales en los que les alertaba sobre la existencia de varias deficiencias en el centro sanitario, “la mayor parte de ellas relativas a protección contra incendios”.

El representante del Ministerio Público relata en su escrito de acusación que en 2008 comenzó a funcionar el Hospital Universitario Puerta de Hierro de Majadahonda cuya actividad sanitaria era responsabilidad del Servicio Madrileño de Salud, mientras que su construcción y explotación lo era de la citada empresa.

Así, para desarrollar tal actividad había obtenido declaración de impacto ambiental de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y por Decreto de la concejal delegada de Urbanismo, Infraestructuras Públicas y Vivienda del Ayuntamiento de Majadahonda se le había concedido licencia de obra mayor para la construcción del hospital.

Sin embargo, la Fiscalía explica que el hospital comenzó sus actividades sin haber obtenido del Consistorio la preceptiva licencia de primera ocupación. Según indica, dicha licencia fue solicitada el 16 de junio de 2008, lo que dio lugar a diversas visitas de inspección e informes de los servicios técnicos municipales en los que se pusieron de manifiesto un total de 66 deficiencias, “la mayor parte de ellas relativas a protección contra incendios”.

La Fiscalía explica que tras efectuarse sendos requerimientos de subsanación al solicitante, el hospital continuó su actividad, “que no cesó en ningún momento”, sin que la empresa comunicara haber procedido a la corrección de tales deficiencias.

Dado que tal situación se prolongaba, el 18 de diciembre de 2012 los responsables del Servicio de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Majadahonda pusieron “expresamente de manifiesto” al servicio jurídico de la Concejalía de Urbanismo que la actividad estaba funcionando sin la correspondiente licencia de primera ocupación, “y por consiguiente sin licencia de funcionamiento”. 

A continuación, solicitaron un informe sobre las medidas que se deberían adoptar al respecto, a lo que  J. C. P. G., en ese momento concejal de Urbanismo del citado Ayuntamiento, contestó en un primer momento solicitando otro informe sobre los pasos dados en dicho expediente y justificación del tiempo transcurrido en su tramitación. Una vez elaborado el informe, el concejal lo remitió al negociado de Urbanismo y Vivienda “sin dar respuesta alguna y sin adoptar tampoco medida alguna”, señala la Fiscalía.

Hasta el 2 de diciembre de 2014, la representación de Sociedad Concesionaria Hospital Majadahonda, S.A. se abstuvo de contestar a todos los requerimientos “manifestando haber procedido a la subsanación de las deficiencias”, expone la Fiscalía, y apunta que esa respuesta originó  nuevas visitas de inspección de los servicios técnicos “constatando la subsanación de tales deficiencias” lo que, a su vez, motivó que se emitieran  sendos informes favorables a la concesión de la licencia de primera ocupación, que fue concedida por resolución del concejal delegado de Urbanismo, que en aquellos momentos era P. G. C.  

Por otra parte, en marzo de 2007 la sociedad concesionaria solicitó al Ayuntamiento una licencia de apertura y ejercicio de actividades para la instalación, apertura y funcionamiento de la actividad de hospital. Fue entonces cuando los servicios técnicos municipales volvieron a poner de manifiesto una serie de deficiencias, al tiempo que requirieron al solicitante para que las subsanara, algo que no ocurrió hasta el 9 de abril de 2015, cuando se emitió informe jurídico favorable y por resolución del concejal delegado de Urbanismo de 29 de abril de 2015 en el que se concedía la licencia de apertura de actividad calificada para el ejercicio de hospital. 

La Fiscalía pone de manifiesto que mientras el hospital estuvo funcionando sin licencia de primera ocupación ni licencia de apertura de actividad calificada (de septiembre de 2008 a abril de 2015), “no se adoptó por los acusados ningún tipo de actuación o medida tendente a la protección o restauración de la legalidad urbanística infringida, ni sancionadora”.

En su opinión, la adopción de tales medidas correspondían al entonces alcalde N. F. A., así como a  J. C. P. G. y  C. M. R.  en su condición de concejales delegados de Urbanismo ya que “pese a que se había puesto en conocimiento de tales acusados que el hospital se encontraba funcionando sin las preceptivas licencias, así como la necesidad de adoptar las referidas medidas”. 

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