violencia de género
El cambio legal se recoge en una enmienda registrada por el Grupo Socialista en el Congreso al proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa del servicio público de Justicia.

El PSOE propone que las víctimas de violencia de género puedan declarar por videoconferencia desde centros de asistencia

2 / 10 / 2022 19:27

Actualizado el 02 / 10 / 2022 19:30

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El PSOE ha planteado en el Congreso una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) para facilitar que las víctimas de violencia sexual, de violencia de género o de trata declaren por videoconferencia sin necesidad de acudir al juzgado, y para ello proponen que estas declaraciones telemáticas se realicen desde la oficina municipal de Justicia que les corresponda o incluso en las sedes de los centros donde les prestan asistencia.

El cambio legal se recoge en una enmienda registrada por el Grupo Socialista en el Congreso al proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa del servicio público de Justicia, que, junto a los proyectos de Ley de Eficiencia Procesal y de Eficiencia Digital, constituye la base legislativa del plan Justicia 2030, defendido por el Ministerio dirigido por Pilar Llop.

La declaración por videoconferencia está prevista en el Estatuto de la Víctima, pero sólo puede ser en dependencias del propio juzgado.

En su enmienda, a la que tuvo acceso Europa Press, el PSOE propone introducir a la LeCrim un nuevo artículo 137 bis, en el que se regulen las actuaciones judiciales mediante el sistema de videoconferencia, con el fin de introducir en su apartado tercero que las víctimas de violencia sexual, de violencia de género o de trata, así como personas con discapacidad «podrán intervenir desde los lugares donde se encuentren recibiendo oficialmente asistencia, atención, asesoramiento y protección, o desde cualquier otro lugar si así lo estima oportuno el juez».

Según han precisado los socialistas, este procedimiento podrá llevarse a cabo «siempre» que se dispongan de «medios suficientes» para asegurar la identidad y las adecuadas condiciones de la intervención conforme a lo que se determine reglamentariamente.

DIEZ DÍAS DE ANTELACIÓN

Esta enmienda completaría la modificación propuesta respecto del artículo 439 quáter de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que prevé como nuevo servicio de las oficinas municipales de Justicia la práctica de actos procesales mediante videoconferencia.

Desde el grupo parlamentario han incidido en que el uso de dichos medios de videoconferencia deberá solicitarse con «antelación suficiente», diez días antes de la declaración, y que podrá aplicarse no solo en los casos ante el juez en las oficinas municipales de Justicia, sino también ante los letrados de la Administración de Justicia.

El pasado agosto, la fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, abogó por llevar a cabo una reforma legal que permitiese que las víctimas de agresiones sexuales sólo tuviesen que declarar durante la fase de investigación, ahorrándoles así el «calvario» del proceso y la asistencia al juicio oral, algo que algunas mujeres prefieren evitar y que en ocasiones puede llevar a que lleguen a una conformidad con el agresor.

Aunque en esta enmienda no se plantea el alcance sugerido por Peramato, se propone que las víctimas no tengan que acudir presencialmente ante la autoridad judicial.

MENORES, TESTIGOS Y PERITOS DESDE LA OFICINA MUNICIPAL

En el marco de la enmienda, el PSOE ha puntualizado que «cuando la persona declarante sea menor de edad la declaración por videoconferencia solo se podrá hacer desde una oficina judicial».

Lo mismo aplica para «los profesionales, así como las partes, peritos y testigos que deban intervenir en cualquier actuación por videoconferencia». Deberán comparecer ante la oficina judicial correspondiente al partido judicial de su domicilio o lugar de trabajo. En el caso de disponer de medios adecuados dicha intervención también se podrá llevar a cabo desde la Oficina de Justicia en el municipio de su domicilio o de su lugar de trabajo.

Al margen, el PSOE ha planteado –en otra de sus enmiendas– modificar el artículo 229 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para que la identidad de las personas que intervengan a través de la videoconferencia se pueda acreditar por los medios de identificación electrónica y firma electrónica que se determinen por la ley que regule el uso de las tecnologías en la Administración de Justicia, respetándose lo establecido en las leyes procesales.

En este sentido, los socialistas han abogado por dotar de medios materiales e instrumentales a las oficinas municipales de Justicia para poder llevar a cabo dicha actuación.

A su juicio, esta modificación es «imprescindible» para que la normativa vigente «se adecúe a la nueva realidad digital y organizativa».

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