Los profesionales sanitarios reclaman el complemento de carrera que no percibieron como trabajadores interinos o temporales
La última batalla: la reivindicación de los complementos de carrera de forma retroactiva. Una primera sentencia es pionera.

Los profesionales sanitarios reclaman el complemento de carrera que no percibieron como trabajadores interinos o temporales

|
06/10/2022 01:00
|
Actualizado: 24/11/2022 16:41
|

Eva Fernández-Lizarbe trabajó once años como médico con un contrato temporal que se renovaba cada tantos meses. Durante ese tiempo no la dejaron optar a la plaza en propiedad sino hasta 2017, cuando empezó a trabajar como interina.

Si bien tenía derecho a los complementos de carrera desde entonces, «no los cobraba», en sus palabras. El pasado mes de septiembre se hizo firme una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid por la cual la Comunidad de Madrid deberá pagarle retroactivamente por algunos de los años en los que desempeñó como interina.

Aunque se da un periodo de tres meses para que se complete el pago, Eva expresa dudas sobre lo que pasará. «No sé cuándo me lo van a dar», dice. «Espero que se cumpla, porque es justicia».

Es un caso que se repite varias veces, según Andrés Álvarez Matilla, asesor jurídico del sindicato Asociación Sanitaria Española (ASAES).

La organización ha iniciado alrededor de 120 procesos de reconocimiento de complementos de carrera en la capital, a los que se suman otros en ciertas autonomías.

«Llevamos desde antes de la pandemia haciendo reclamaciones por los derechos de trabajadores sanitarios por los temas de temporalidad y fijeza», explica Álvarez Matilla. «En algunos casos, los propios sanitarios nos hacían eco de otras circunstancias que empezábamos a revisar, como los pagos retroactivos».

Precisamente los pagos retroactivos son «la gran batalla» del sindicato, según el abogado, especialmente por la cantidad de personas que han trabajado durante años en los servicios de salud sin recibir un pago que se ajuste al nivel de su trabajo, independientemente de si la vinculación con el establecimiento es temporal o fijo.

En las plataformas de ASAES establecen que el régimen de temporalidad de los trabajadores sanitarios «se traduce en el reconocimiento de la carrera profesional pero no en el abono de la misma, al no ser funcionarios de carrera y haber pasado un proceso selectivo para conseguir una plaza fija en la Administración».

En esto les dan la razón los tribunales.

La sentencia del caso de Eva reza que «carece de justificación objetiva negar el derecho [percibir el complemento de carrera] al personal vinculado con la Administración por tiempo determinado que realiza las mismas funciones que el fijo de categoría comparable al que sí se le reconoce».

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea también se pronunció en el auto de 22 de marzo de 2018, asunto C-315/2017, según el cual «es discriminatorio negar a los trabajadores temporales los mismos derechos en igualdad de condiciones respecto a la carrera profesional que al personal fijo», ya que el «único elemento diferencial» es «la naturaleza temporal de su contratación».

PAGOS DE ACUERDO A LOS NIVELES

En todos los casos se estima la cuantía de los complementos de carrera de acuerdo a un baremo que asigna distintos «niveles» al personal.

En Madrid se miden desde el nivel 1 hasta el 4 desde que se reconoce la carrera profesional, y hace falta pasar un mínimo de cinco años antes de poder subir de nivel, lo que representaría un aumento en la cuantía del complemento.

En las Comunidades Autónomas a las que se le derivan sus propias competencias en materia sanitaria, cada año que se reconozca como sujeto a pago retroactivo conllevará el cobro de la cuantía correspondiente al nivel en el que se encontrara el profesional que lo reclama.

En este aspecto, el pago de cada año respondería la cuantía dictada por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en la franja temporal correspondiente. Así, una persona que reclama un complemento del 2018, recibiría la cantidad del nivel en el que trabajaba durante ese año.

Cuantías por concepto de niveles en Madrid a 28 de enero de 2022.

En algunos hospitales del territorio español mantienen listados en los que se registra la vinculación profesional y el nivel de varios profesionales fijos e interinos que han solicitado este reconocimiento. A pesar de que se entiende que trabajan en esas capacidades, no necesariamente llevan al pago de los complementos de carrera

Estos listados son el punto de partida para varios de los procesos judiciales que llevan a cabo los trabajadores sanitarios y organizaciones.

Varios sindicatos mayoritarios han publicado en sus páginas web estos documentos, de los cuales destaca que varios hospitales en Navarra, Aragón, Galicia y Castilla-La Mancha no realizan los pagos debidos.

LA CAM RECONOCE LOS COMPLEMENTOS PERO NO LOS PAGOS RETROACTIVOS

En un caso particular, la Comunidad de Madrid ha reconocido el derecho a los complementos de 23 facultativos sanitarios sin llegar a hacer lo mismo con los pagos retroactivos que les debe por reconocimiento judicial, los cuales sumarían más de medio millón de euros entre todos.

Es un reflejo del anuncio del consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, que aseguró este 20 de septiembre implantar el modelo de carrera profesional para más de 22.000 trabajadores temporales con efectos a partir de octubre. Todo sin mencionar los pagos retroactivos. Cabe destacar que esta intervención llega después de la sentencia que favoreció a los susodichos facultativos.

En muchos casos, los trabajadores sanitarios no persiguen las causas legales con los que podrían obtener las sumas de dinero que dejaron de ganar por encontrarse en situación de interinidad. «La gente se desanima por lo largo y lo costoso que puede resultar el proceso», explica Álvarez Matilla. «Hay que animar a todos a reclamar, porque no es un proceso que se conceda proactivamente».

Eva explica que inició su procedimiento sola luego de ver cómo sus compañeros se organizaban para hacer lo mismo, pero que una vez que acudió a ASAES, le acompañaron durante todo el camino.

«Me resolvieron las dudas y me han ayudado a llevar todo», dice. Por eso también anima a las personas que dudan antes de exigir estos derechos por la vía judicial. «Pueden empezar a cobrar [los complementos reconocidos por la Comunidad de Madrid], pero si quieren los pagos retroactivos, creo que solo podrán acceder a ellos a través de una sentencia».

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales