La diputada de la CUP Eulàlia Reguant recurre en el TC su condena de 13.500 euros por no contestar a Vox en el juicio del procés
Eulàlia Reguant, diputada de la CUP en el Parlamento de Cataluña.

La diputada de la CUP Eulàlia Reguant recurre en el TC su condena de 13.500 euros por no contestar a Vox en el juicio del procés

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07/12/2022 13:36
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Actualizado: 07/12/2022 13:43
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Eulàlia Reguant, diputada de la CUP en el Parlamento de Cataluña, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Supremo que le condenó a pagar 13.500 euros al no contestar a las preguntas de Vox durante el juicio del procés en el que compareció como testigo en febrero de 2019. El delito por el que se le condenó fue desobediencia grave a la autoridad. 

Esta obligatoriedad está regulada en el artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal(LECrim) y puede ser penada con hasta un año de cárcel o una multa de hasta 18 meses por un delito de desobediencia.

En el recurso ha asegurado que se han vulnerado sus derechos fundamentales y que ha “habido connivencia del poder judicial con la extrema derecha”. Concretamente, ha resaltado vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia, el derecho a la legalidad penal, a la libertad de expresión y a la libertad ideológica y de conciencia. 

La sentencia del Tribunal Supremo 801/2022 fue conocida el pasado 5 de octubre y la firmaron los magistrados Miguel Colmenero Menéndez de Luarca (presidente), Susana Polo García (ponente), Vicente Magro Servet, Eduardo de Porres Ortiz de Urbina, Ángel Luis Hurtado Adrián, Leopoldo Puente Segura y Javier Hernández García.

Desestimaran condenarle a cuatro meses de prisión e inhabilitación, como pedía la Fiscalía, al considerar que no había razones para optar por la pena más grave prevista legalmente en este caso, especialmente por las consecuencias que tendría en su condición de diputada, que -a juicio del tribunal- superaría el principio de proporcionalidad de la pena.

Pero concluyó que la actitud de la acusada negándose a cumplir el mandato del tribunal fue evidente, inequívoca, clara y patente.

Pues no sólo se expresó en el acto del juicio oral donde fue citada a declarar como testigo, sino también en el escrito presentado por su representación procesal el 22 de abril de 2019, en contestación al acuerdo de 10 de abril de 2019 del tribunal, que requirió a la acusada para que manifestara si accedía a declarar nuevamente en la forma prevista legalmente, o persistía en su negativa a contestar a la acción popular, optando por esto último.

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