Condenada una policía nacional por dar información a un delincuente con el que mantenía una relación y por blanqueo de capitales
El tribunal ha declarado probado que esta funcionaria, destinada en la unidad de Policía Judicial de Elche, infringió el deber de sigilo y reserva al que estaba obligada por su cargo y realizó consultas en bases de datos policiales sobre un delincuente con el que mantenía una relación. Foto: Imagen de archivo de una agente de la Policía Nacional.

Condenada una policía nacional por dar información a un delincuente con el que mantenía una relación y por blanqueo de capitales

Ha sido condenada por blanqueo de capitales y revelación de secretos
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12/12/2022 09:52
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Actualizado: 12/12/2022 13:30
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La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un año de cárcel y dos años y tres meses de inhabilitación para cargo o empleo público a una policía nacional de Elche (Alicante) que dio información a un delincuente con el que mantenía una relación sentimental y, además, porque recibió en una cuenta corriente 7.500 euros procedentes de la compraventa fraudulenta de vehículos en Italia.

Ha sido sentenciada por blanqueo de capitales y revelación de secretos.  

La condenada es nacida en Elche en 1978 y pertenece a la Escala Básica, segunda categoría. Desde 2010 ejerce su labor profesional en la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV) de la Brigada Local de Policía Judicial de Elche, la cual tiene como función la investigación y persecución de los delitos relacionados con el patrimonio, el consumo, el medio ambiente y la propiedad intelectual e industrial.

Además de la pena de cárcel y de inhabilitación, se le ha impuesto una multa de 10.000 euros y otra de 3.840 euros.

Sin embargo, la Audiencia la ha absuelto de un delito de omisión del deber de perseguir delitos, del que también estaba acusada, al entender el tribunal que no ha quedado probado que presenciara en su vivienda cómo su compañero sentimental y otros individuos fabricaban sustancias estupefacientes.  

La sentencia es la número 191/2022, de 15 de julio. Se ha conocido este mes.

La firman los magistrados Asunción Cristina Ferrández López-Egea (presidenta y ponente), Manel Martínez Aroca y Joaquina De La Peña Saavedra.

La causa se inició mediante oficio sobre informe de investigación de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional, de 29 de enero de 2021, dando lugar a la incoación de Diligencias Previas el 2 de febrero de 2021, habiéndose practicado las diligencias probatorias que se estimaron procedentes.

La causa recayó en el Juzgado de Instrucción número 5 de Elche, y en octubre de 2021, el instructor dictó auto acordando la continuación del trámite de procedimiento abreviado.

LOS HECHOS PROBADOS

Según exponen los magistrados, la condenada inició en abril de 2019 una relación sentimental con un delincuente conocido en el ámbito policial, el cual cuenta con 46 reseñas policiales, once de ellas desde abril de aquel año, llegando a convivir juntos, y prolongándose dicha relación sentimental hasta el octubre de ese mismo año, fecha en la que él ingresó en prisión.

El tribunal explica que mientras existía la relación, así como en meses posteriores a la ruptura, la condenada, «con infracción del deber de sigilo y reserva a que se halla obligada por motivo de su cargo, obtuvo información relevante relativa a su pareja, así como a su entorno delincuencial», utilizando para ello los medios materiales y las aplicaciones informáticas de acceso a la Base de Datos de Dirección General de la Policía, tales como «Argos/Personas, Sindepol y Objetos», puestos a su disposición por razón de su condición profesional.

Esas consultas se produjeron entre abril de 2019 y diciembre de 2020 y la información suministrada por la agente fue aprovechada por los receptores “para eludir la persecución policial y judicial respecto a diversas infracciones delictivas”

En concreto, durante 2019 se detectaron hasta 77 rastreos de datos directamente relacionados con el que fuera pareja de esta agente y 58 relativos a su entorno delictivo, registrándose desde marzo de 2019 hasta diciembre de 2020 un total de 46 búsquedas de datos directamente relacionados con él y 38 relativas a su entorno.

«Para efectuar las consultas descritas», la agente «utilizaba las claves de uso personal y exclusivo que tiene asignadas por razón de su cargo durante su jornada laboral», detalla la Audiencia, y señala que la información obtenida del modo descrito por la ahora condenada fue «suministrada por la misma y aprovechada por sus receptores para eludir la persecución policial y judicial respecto a diversas infracciones delictivas que se hallaban perpetrando».

En concreto, el novio de la ahora penada pudo conocer así que un juzgado le había intervenido tres de sus teléfonos móviles en el marco de una investigación por un delito de robo con fuerza, así como los datos de un coche policial camuflado, lo que frustró esa investigación. 

El tribunal también declara probado que esta agente recibió en una cuenta corriente 7.500 euros procedentes de la compraventa fraudulenta de vehículos en Italia, a sabiendas de su procedencia delictiva. 

La Audiencia de Alicante también ha declarado probado que esta policía nacional recibió en junio de 2019, en una cuenta corriente de su exclusiva titularidad, 7.500 euros en concepto de «Pago a proveedor», siendo el ordenante de la misma un hombre, «con la única finalidad de ocultar el origen de dicho importe consistente en la compraventa fraudulenta de vehículos en Italia». 

Por el delito continuado de revelación de secretos, ha sido condenada a 16 meses de multa con cuota diaria de 8 euros, y a dos años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público, mientras que por el delito de blanqueo de capitales se le ha impuesto un año de cárcel, una multa de 10.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de tres meses de privación de libertad en caso de impago, y un año de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión, así como al pago de las costas.

La resolución todavía no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

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