La justicia impone medidas cautelares a UEFA y FIFA que impiden sancionar o actuar contra los clubes de la "Súper Liga"
El Wanda Metropolitano, estadio del Atlético de Madrid, uno de los socios fundadores de la European Superleague Company, S.L.

El abogado general del TJUE concluye que la FIFA y la UEFA pueden negar la participación de los miembros de la Superliga en sus competiciones

15 / 12 / 2022 13:16

Actualizado el 15 / 12 / 2022 13:27

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Athanasios Rantos ha comunicado sus conclusiones sobre el caso de la Superliga, estimando que puede desarrollar su actividad de forma independiente, pero que sus miembros necesitarían la aprobación de la FIFA y la UEFA para participar en los encuentros deportivos que desarrollan estas asociaciones.

Rantos ha señalado que las normas comunitarias no prohíben que la FIFA y la UEFA sancionen a los clubes afiliados a las federaciones miembro y ligas nacionales si estos colaboran en la creación de una nueva competición que «pudiera vulnerar los objetivos legítimos perseguidos por esas federaciones de las que son miembros».

En este sentido, el Derecho de la Unión contempla en materia de competencia que la FIFA y la UEFA impongan las restricciones a la comercialización exclusiva de los derechos relativos a las competiciones organizadas si son inherentes a sus objetivos legítimos.

Aquí señala el abogado general que el artículo 165 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) reconoce el «modelo deportivo europeo» por promover un sistema transparente de competiciones abiertas con equilibrio deportivo que favorecen el mérito deportivo.

En contraste pone el proyecto de la la European Super League (ESL), la primera competición europea anual de fútbol cerrada (o «semiabierta»), que contradice los principios de participación basada en resultados deportivos, de igualdad de oportunidades y de solidaridad económica (redistribuyendo y reinvirtiendo los ingresos en los niveles inferiores del deporte los ingresos) de la FIFA y la UEFA.

Por eso, no ve que los participantes en la Superliga se vean privados indebidamente de un acceso al mercado, incluso si se toma en cuenta la posición dominante de la UEFA como única organizadora de las grandes competiciones de fútbol en el ámbito de los clubes europeos, cuyas decisiones inciden en la disponibilidad de clubes y jugadores para crear esta nueva competición.

Es importante destacar que las conclusiones del abogado general no son vinculantes, sino que son una propuesta para que el TJUE pueda encontrar una solución en los asuntos jurídicos de los que se ocupa. Los jueces dictarán una sentencia después de terminar de deliberar sobre el caso.

LaLiga ha comunicado su satisfacción con las conclusiones del abogado general del TJUE, afirmando que, de seguirse en el veredicto final, permitirían «un adecuado desarrollo [del] deporte, desde la base hasta las categorías profesionales, con una convivencia adecuada entre las ligas nacionales y las competiciones europeas».

“Desde LaLiga, junto con otras ligas europeas, seguiremos luchando para que las instituciones europeas legislen y proporcionen amparo legal al modelo europeo actual del fútbol.” ha dicho Javier Tebas, presidente de LaLiga.

Desde la asociación deportiva recuerdan que el Consejo y el Parlamento Europeo se han pronunciado también sobre el caso de la Superliga, haciendo referencia a una resolución aprobada por amplia mayoría por el Parlamento sobre la política deportiva de la Unión Europea que rechazaba las competiciones que no tomaran en cuenta el mérito deportivo.

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