En cambio, interesan rebajar la pena a los que fueron condenados exclusivamente por sedición. Foto: EP.
Los fiscales del ‘procés’ piden al Supremo que mantenga la condena de 13 años de inhabilitación de Junqueras
También la delos exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, condenados a 12 años de cárcel e inhabilitación por malversación y sedición
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25/1/2023 13:53
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Actualizado: 04/6/2024 16:35
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Los fiscales del caso ‘procés’, José Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno, han pedido al Tribunal Supremo (TS) que mantenga la pena de 13 años de inhabilitación del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras tras la reforma penal que elimina la sedición y modifica la malversación.
El tribunal que juzgó el caso dio el pasado 12 de enero un plazo de 8 días a las acusaciones y a las defensas para que realizaran las alegaciones que consideraran pertinentes sobre el efecto en la causa de dicha reforma, que entró en vigor aquel mismo día.
En su escrito de alegaciones, fechado a 24 de enero y de 55 páginas, los fiscales también reclaman no revisar las condenas impuestas a los exconsejeros catalanes Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, que fueron sentenciados a 12 años de cárcel e inhabilitación por malversación y sedición.
En cambio, estiman que han de revisarse las penas de los que fueron condenados exclusivamente por el delito de sedición, que son la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell (11 años y medio de prisión e inhabilitación), los exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull (10 años y medio de prisión e inhabilitación ), y los líderes de la Asamblea Nacional Catalana y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente, ambos condenados a 9 años de cárcel e inhabilitación.
Así, interesan 9 años y dos meses de inhabilitación para Forcadell. En concreto, siete años y medio de inhabilitación absoluta por el delito de desórdenes públicos, y un año y ocho meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de desobediencia.
Para Forn y Rull piden ocho años y dos meses de inhabilitación. Por el delito de desórdenes públicos, seis años y medio de inhabilitación absoluta, y por el delito de desobediencia un año y ocho meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público; mientras que para Sànchez y Cuixart reclaman cinco años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito de desórdenes públicos.
NO HAY «DESPENALIZACIÓN»
Los fiscales explican que la sedición, como delito complejo, «abarcaba y absorbía en su injusto típico, tanto la fuerza y violencia que fueron empleadas, como los desórdenes públicos y el incumplimiento de las resoluciones judiciales», por lo que su derogación «no supone una despenalización».
«La consecuencia no puede ser otra que un nuevo juicio de tipicidad, a modo de ‘resurrección o vuelta a la vida’ de los preceptos preteridos, mediante la aplicación de aquellos tipos penales menos graves que no se aplicaron por la absorción en el tipo penal más grave y complejo de la sedición», argumentan.
LLARENA APLICA LA DEROGACIÓN DE LA SEDICIÓN A PUIGDEMONT, PERO MANTIENE SU PROCESAMIENTO POR MALVERSACIÓN Y DESOBEDIENCIA
Por su parte, el magistrado instructor del ‘procés’, Pablo Llarena Conde, dictó el 12 de enero un auto en el que estableció las consecuencias de dicha reforma penal para los procesados en la causa declarados en rebeldía: el expresidente catalán Carles Puigdemont, los exconsejeros Antonio Comín, Lluis Puig y Clara Ponsatí, y la secretaria general de Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), Marta Rovira.
Llarena ha aplicado la derogación de la sedición a Puigdemont, pero ha mantenido su procesamiento por malversación y desobediencia. El instructor considera que la derogación plantea un “contexto cercano a la despenalización” de los hechos investigados, al no encajar en desórdenes públicos.
Ha dejado sin efecto las euroórdenes actuales por sedición, pero ha ordenado la busca y captura de Puigdemont, Comín y Puig por malversación y desobediencia.
Ha pospuesto la decisión de emitir una nueva euroorden contra Puigdemont y los otros dos acusados de malversación a la resolución de los tribunales de la UE sobre la inmunidad parlamentaria y la cuestión prejudicial.
El delito por el que están procesadas Marta Rovira y Clara Ponsatí ha pasado a ser desobediencia.
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