El TSJCat confirma la condena a un subinspector de los Mossos d’Esquadra por acoso laboral: “Tú lo que tienes que hacer es operarte las tetas”
El subinspector ha sido condenado a seis meses de cárcel y tendrá que indemnizar a su compañera con 149.000 euros.

El TSJCat confirma la condena a un subinspector de los Mossos d’Esquadra por acoso laboral: “Tú lo que tienes que hacer es operarte las tetas”

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26/1/2023 16:36
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Actualizado: 28/1/2023 22:40
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La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha confirmado la condena a un subinspector de los Mossos d’Esquadra de 6 meses de cárcel por acoso laboral a una compañera. También tendrá que indemnizarla con 149.618 euros. Le infravaloraba en el trabajo, le mandaba realizar funciones de administrativa y le decía frases como, por ejemplo, “tú lo que tienes que hacer es operarte las tetas”.

La sentencia 9/2023 a la que ha tenido acceso Confilegal ha sido dictada por los magistrados Angels Vivas, Roser Bach y María Jesús Manzano.

Antonio Xavier A.R se incorporó en 2012 como Subinspector de la Unidad de Investigación de la Comisaría del Cuerpo de Mossos d’Esquarda de Granollers. Y un año más tarde, su compañera, la que sufrió el acoso, volvió al trabajo tras estar un tiempo de baja por maternidad. Ésta realizaba funciones de agente del cuerpo y estaba bajo su mando.

Tras reincorporarse, solicitó una reducción de jornada por cuidado de hijo, la cual le fue concedida. En esos momentos, el subinspector decidió que ya no iba a seguir desarrollando sus labores habituales en la Unidad de Policía Científica, sino que iba a comenzar a realizar funciones administrativas en el grupo de análisis de la citada unidad.

Durante ese tiempo, el subinspector manifestó que no le asignaría funciones policiales propias de la Unidad, mostrando descontento por la reducción de jornada de su compañera.

En abril de 2015, el condenado ordenó reestructurar el mobiliario de la Unidad de Investigación pero la agente, al no estar conforme con su ubicación puesto que no tenía luz suficiente, decidió cambiar la orientación de su mesa. Pero al subinspector no le gustó y le advirtió de que si no volvía a ponerlo como estaba, la destinaría a un despacho y planta distintos, por lo que ésta decidió dejarlo como estaba.

No le avisaba de reuniones, no le impartía órdenes directas, expresiones degradantes…

Pero aun así, al tiempo le trasladó de unidad y le dejó de encomendar labores policiales. Además, no le avisaba de las reuniones ni tampoco le impartía órdenes de forma directa, ya que lo hacía a través de sus compañeros. Le llegó a decir que no valía como policía ni valía la mitad que el resto de sus compañeros.

A finales de octubre, ambos se reunieron en el despacho y su superior le dijo expresiones degradantes como, por ejemplo, “tú lo que tienes que hacer es operarte las tetas”, ¿es que tienes la regla?, “vete a la peluquería, ponte guapa y empieza a espabilarte un poquito” o “estás súper sexy, me encanta ver a una mujer llorar, así demuestras que tienes sentimientos”.

Le dieron la incapacidad permanente absoluta

Como consecuencia del trato recibido, le otorgaron la incapacidad temporal por problemas en el ámbito laboral con un diagnóstico de trastorno bipolar y en abril de 2017 le concedieron la permanente absoluta.

En febrero de 2016, cuando habían transcurrido cuatro meses desde la baja médica de la policía, el subinspector se personó en una clínica con el objetivo de solicitar información sobre las visitas que hacía al centro.

Por estos hechos, la Audiencia de Barcelona le condenó como autor de un delito de acoso laboral a una pena de seis meses de prisión y a abonarle 149.618 euros a su compañera en concepto de responsabilidad civil.

Contra dicha sentencia Antonio Xavier A.R recurrió ante el TSJCat. Alegó un error en la valoración de la prueba, falta de causalidad y conexión entre la conducta imputada y el resultado de la enfermedad e invalidez declarada de la denunciante y error en la calificación de conducta.

La Sala ha relatado que varios agentes declararon que no se la convocaba a las reuniones, que estaba deprimida y que se le había separado de la unidad a un lugar carente de medios materiales, pues no tenía ni teléfono. Asimismo, también verificaron que el subinspector dijo que sólo valía como administrativa.

Por otro lado, otra compañera que también se encontraban en reducción de jornada recibió las mismas palabras de su superior, que no valía. Y otra agente relató que en el despacho le había llamado loca, que tenía que ir al médico, y que tenía que cogerse el coche para ir a mantener relaciones sexuales, que era lo que le hacía falta.

Estos hechos fueron corroborados por la psicóloga del departamento, que manifestó que hasta cinco personas de la unidad estaban recibiendo tratamiento debido al malestar causado por el superior.

Los magistrados han relatado que el hostigamiento ha sido doloroso por el cambio de lugar de trabajo, no avisarle de reuniones y por el desprecio absoluto a su condición de mujer con alusión a su físico. Por lo que han procedido a confirmar la condena.

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