La Audiencia Nacional avala la semilibertad de Bárcenas pero anula sus salidas de fin de semana y festivos
Estima en parte el recurso de la Fiscalía contra el auto del Juzgado Central de Instrucción número 6 del pasado 30 de noviembre que acordó el sobreseimiento provicional, que revoca. Foto: EP.

Caso Tándem: La AN ordena reabrir la pieza que investigaba presiones a Bárcenas y a su abogado

Destaca que diligencias de investigación pedidas por la Fiscalía que no se han practicado y que en este procedimiento existen “indicios de la comisión de delito”

3 / 02 / 2023 14:05

Actualizado el 03 / 02 / 2023 15:14

La Audiencia Nacional (AN) ha revocado el archivo de la pieza del caso Tándem que investigaba las supuestas presiones ejercidas sobre el extesorero del PP Luis Bárcenas y su antiguo abogado, Javier Gómez de Liaño, para no publicar informaciones sobre dicha formación política.

Así lo dispone el tribunal de la Sala de lo Penal (Sección Tercera), integrado por los magistrados F. Alfonso Guevara Marcos (presidente), Carolina Rius Alarcó y Carlos Fraile Coloma, en un auto dictado el 1 de febrero y conocido hoy (43/2023), en el que estima en parte el recurso de apelación de la Fiscalía Anticorrupción.

El tribunal considera “prematura” la decisión del Juzgado Central de Instrucción número 3 del 30 de noviembre del pasado año, en la que se abrió la pieza separada número 36 y al mismo tiempo se acordó el sobreseimiento provisional ”a limine o ab initio”.

El tribunal sustenta su decisión en que hay diligencias de investigación pedidas por la Fiscalía que no se han practicado y que, tal y como pone de manifiesto el Ministerio Público, en este procedimiento existen indicios de la comisión de delito.

No obstante, desestima la incorporación de esta pieza 36 a la pieza ‘Kitchen’ para no entorpecer la ya muy avanzada tramitación de esta última causa, cuya instrucción se encuentra concluida, y en la que se ha investigado la presunta operación montada para sustraer documentación a Luis Bárcenas.

La pieza 36 se abrió a raíz de la inhibición del Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella acordada en unas diligencias en las que se habían ordenado unas entradas y registro en el domicilio de Halit Sahitaj y Jana Kleiner.

Según eñala el representante del Ministerio Público en el recurso, a raíz de dicha entrada y registro se tuvo acceso por los investigadores a una dirección de correo electrónico en las que constaban cuatro archivos de audio que, en fecha 20 de octubre de 2014, fueron remitidos, desde la dirección de correo electrónico correspondiente al despacho profesional del letrado Javier Gómez de Liaño.

Apunta que dichos archivos de audio «pondrían de manifiesto de manera indiciaria, un encargo realizado por terceras personas vinculadas al Partido Popular a fin de conseguir, mediante presiones a Luis Bárcenas y a su letrado entonces en el sumario conocido con Gürtel, Javier Gómez de Liaño, que no salieran a la luz informaciones comprometedoras o perjudiciales para el Partido Popular vinculadas con dicho sumario”.

La Fiscalía explica que a raíz de dichos audios, se ofició a la Policía para que emitiera un informe e identificara a los tres interlocutores en los cuatro archivos de audio remitidos a la dirección de mail de Gómez de Liaño, tratándose de José Luis Moreno Cela, Mónica Gil Manzano y Juan Ramón Días Moro.

La Fiscalía pedía citar a los tres anteriores una vez se estimara su recurso y se reabriera esta pieza.

En el mismo informe policial se ponía de manifiesto información relativa a Halit Hahitaj, en cuya vivienda se encontraron los audios, “concretada en anotaciones realizadas por el comisario José Manuel Villarejo relativas a supuestos pagos recibidos por Gómez de Liaño que podrían resultar comprometedores -a los cuales, además se hace referencia en los cuatro archivos de audio a fin de utilizarlos como elementos de presión-“.

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