Las acusaciones de plagio contra Shakira, entre los ‘samples’  autorizados, las desestimaciones y las derrotas judiciales
A lo largo de su carrera, la cantante barranquillera ha sido señalada por varios críticos y artistas por numerosos parecidos que se han encontrado entre ciertos elementos musicales de sus canciones y las que han sido publicadas por otros profesionales.

Las acusaciones de plagio contra Shakira, entre los ‘samples’ autorizados, las desestimaciones y las derrotas judiciales

Con la publicación de su canción con el productor argentino Bizarrap, Shakira se ha vuelto el centro de la atención de la farándula y se ha vuelto la artista latina con más oyentes mensuales en Spotify, además de romper el récord del menor tiempo en alcanzar las 100 millones de reproducciones en la plataforma de emisión en directo.

Pero la acusación de la ‘influencer’ venezolana Briella de haber copiado la melodía del coro ha oscurecido los logros de la cantante colombiana.

No es la primera vez que Shakira enfrenta este tipo de denuncia.

A lo largo de su carrera ha sido señalada por varios críticos y artistas por numerosos parecidos que se han encontrado entre ciertos elementos musicales de sus canciones y las que han sido publicadas por otros profesionales.

En uno de los primeros casos que alcanzó un alto perfil, el cantante Jerry Rivera criticó a Shakira por utilizar la introducción de vientos metales de su pieza «Amores como el nuestro» en la canción «Hips don’t lie».

En esta ocasión, la colombiana salió indemne luego de que la discográfica de Jerry Rivera emitiera un comunicado en el que aclaraba que Sony BMG, la discográfica de Shakira, solicitó permiso para su uso

Además, el autor de la canción, Omar Alfanno, aparece acreditado como coautor.

En este caso, no hubiera correspondido que a Jerry Rivera, como intérprete de la canción, se le pidiera autorización para hacer uso de la misma.

Es un caso claro de lo que señala Belén Álvarez, socia del despacho Gabeiras & Asociados, como el «uso autorizado de una pieza preexistente para su arreglo o modificación».

«Las partes pueden llegar a un acuerdo por el uso de la obra por un porcentaje de las ganancias, por un pago único o, si al artista le importa más el reconocimiento que el dinero que pueda ganar, el reconocimiento por la autoría», explica, añadiendo que también se puede llegar a un pacto que incluya una combinación entre estas opciones.

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La abogada Belén Álvarez es la directora del área de Cultura de la firma Gabeiras & Asociados.

Se trata de una práctica común en la industria musical, donde las versiones y los ‘samples’ (fragmentos de piezas musicales que se transforman en un bucle para generar una nueva canción) pueden tener precios que pueden depender de factores como su éxito.

De manera parecida, los casos en los que se comprueba que no existe autorización por el uso de composiciones ajenas puede acarrear unos términos parecidos en cuanto a porcentajes y autoría, además de una indemnización por daños y perjuicios cuya cuantía se estima a partir de lo que hubiera obtenido el afectado si se le hubiera pedido permiso.

Un escenario menos común es que se solicite el cese del uso del fragmento.

VARAPALO JUDICIAL POR «LOCA»

Se puede señalar así el varapalo judicial que tuvo Shakira tras el éxito de «Loca».

Una sentencia del 2014, en Nueva York, estableció que se trataba de un plagio de «Loca con su Tíguere», compuesta entre 1996 y 1998 por el dominicano Ramón Arias Vásquez, aunque el juez dijo que no existían suficientes pruebas para decidir si la versión en inglés interpretada por la barranquillera infringe el trabajo de Arias Vásquez.

«Son controversias complejas, especialmente en el momento de probar el uso», dice Álvarez. «El trozo usado tiene que ser lo suficientemente relevante como para que se entienda como un uso sin autorización».

En este sentido, la ley de propiedad intelectual considera que en cada caso «tiene que considerarse una obra lo suficientemente original», algo difícil en ciertos géneros musicales.

Además, la obra debe estar «mínimamente desarrollada y expresada», ya que «no se puede plagiar una idea».

WAKA WAKA

Una gigantesca cantidad de gente reconoce el «Waka waka» de Shakira como el himno de la Copa Mundial de Fútbol del año 2010, en Sudáfrica.

La excepción fue Camerún, donde muchas personas reconocieron la melodía como la de «Zangalewa», de la agrupación Golden Sounds, unos miembros de la guardia presidencial del país que la publicaron en 1986, dedicándola al ejército nacional.

Una campaña digital informal, recogida por varios medios internacionales, surgió espontáneamente para señalar el parecido.

Tras las críticas, Sony y Shakira contactaron a los miembros de Golden Sounds para ofrecerles de forma extrajudicial una compensación y su respectivo crédito como compositores por una canción que ya forma parte del folclore nacional.

La diferencia entre todos estas conclusiones se debe a que, judicialmente, se suelen estudiar «caso por caso», como ilustra Álvarez.

También señala el peso de los informes de los peritos, que estudian y comparan las obras, además del contexto de los creadores, para decidir si hubo una copia intencionada.

En cuanto a las melodías y a las letras, la abogada indica que el tamaño de los fragmentos supuestamente plagiados también importa.

«Una palabra no puede ser monopolizada, siempre la acompaña un contexto creativo», dice. «Lo que plagias es un trozo reconocible».

Aquí cabe el juicio de «La bicicleta».

El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid desestimó la demanda del cubano Liván Castellano Valdés contra Shakira y Carlos Vives.

Castellano argumentaba que la frase que le da el título a su composición, «Yo te quiero tanto», había sido plagiada en la letra de «La bicicleta», pero el juez dictaminó que se trataba de «una expresión común, utilizada en todo tipo de canciones y textos».

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