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Cartas desde Londres: Hacia la mediación obligatoria en la jurisdicción civil de Inglaterra y Gales (IV)

Cartas desde Londres: Hacia la mediación obligatoria en la jurisdicción civil de Inglaterra y Gales (IV)
La sentencia Gore v Naheed, de la Court of Appeal, removió los cimientos del sistema inglés sobre la mediación. Foto: Confilegal.
07/2/2023 06:48
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Actualizado: 21/2/2023 11:59
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Volvamos al asunto del señor Gore contra sus vecinos, Naheed y Ahmed.

Como recordarán, los demandados habían sido condenados a las costas por la ‘High Court’ y, por ello, apelaron reclamando la aplicación de una moderación de esta condena, dado que habían invitado al demandante a una mediación y este había pasado del tema olímpicamente.

Para ello, Naheed y Ahmed alegaron la ‘Authority’ en este ámbito, es decir el precedente relevante y que en aquél momento era el caso ‘PGF II SA v OMFS’. Este asunto, que vimos la semana pasada, iba sobre el arrendamiento de unas oficinas y el tribunal de apelación inglés vino a decir que si alguien algo así como que, “quien pasa de la mediación, después que no espere cobrar costas”.

El razonamiento del tribunal inglés era muy simple: en litigios muy costosos, como era el caso ‘PGF’, donde se debatían cifras muy altas, las partes deben ser razonables en su comportamiento y utilizar aquellos métodos que tengan a su alcance que permitan evitar el proceso judicial, como es el caso de la mediación.

Quédense con el concepto “razonable” porque será importante.

Por tanto, si una de las partes ha evitado la mediación y su actitud ha sido más propia de Paco Martínez Soria en “Don erre que errre”, lo lógico es que no pueda beneficiarse de ese comportamiento caprichoso.

Por este motivo, en ese caso el tribunal de apelación impidió a esa parte recuperar las costas procesales.

Así, siguiendo este criterio y aplicándolo al caso de Gore v Naheed, los demandados esperaban que la ‘Court of Appeal’ les redujera o incluso les perdonara el pago de las costas, dado que ellos habían hecho exactamente eso mismo: habían propuesto una mediación al señor Gore y este no había hecho ningún caso.

En consecuencia, alegaron ellos, el juez de la ‘High Court’ se había equivocado ya que debió seguir el precedente de ‘PGF’ e impedir al señor Gore recuperar las costas, dado que no había sido razonable al rechazar la mediación.

Lógico ¿No?

LA DECISIÓN DE LA ‘COURT OF APPEAL EN CASO GORE V NAHEED

Y aquí es donde nos encontramos ante una de las decisiones más controvertidas en la jurisdicción de Inglaterra y Gales sobre mediación de los últimos años: la sentencia de la ‘Court of Appeal’ en Gore v Naheed [2017] EWCA Civ 369, que ha dado lugar a auténticos ríos de tóners.

En esta sentencia, el juez ponente, Lord Justice Patten expresó su parecer sobre el tema y resolvió:

“Me cuesta aceptar que el deseo de una parte de que sus derechos sean dirimidos ante un tribunal, con preferencia a la mediación, pueda considerarse una conducta irrazonable, especialmente cuando, como en este caso, esos derechos son finalmente reconocidos”.

Por tanto, a diferencia de la sentencia ‘PGF II’, en la decisión ‘Gore v Naheed’ negarse a la mediación era una conducta razonable, dado que el abogado de Gore había valorado que no tendría ninguna perspectiva realista de éxito y, además aumentaría los costes de las partes.

Además, Lord Justice Patten señaló que este caso sobre servidumbres planteaba “cuestiones de derecho bastante complejas que lo hacían inadecuado para la mediación

Como se imaginarán, el resultado de la sentencia ‘Gore v Naheed’ removió los cimientos del sistema inglés sobre la mediación, dado que generó una gran incertidumbre sobre si negarse a mediar podría considerarse razonable o no.

¿Qué dirá el tribunal si me opongo?

Y sobre todo: ¿Me impondrá las costas o no?

Con esto que llegamos a uno de los mayores caso en este tema: el caso Lomax v Lomax.

¿EL CAMBIO DE PARADIGMA? UN CASO DE “EVALUACIÓN NEUTRAL ANTICIPADA”

Vamos con este asunto, pero antes tenemos que hacer una precisión.

Aunque impacta sobre la mediación, el asunto Lomax no va estrictamente sobre este medio de resolución alternativa de disputas (‘ADR’), sino que va sobre la llamada “Evaluación Neutral Anticipada” (‘Early Neutral Evaluation’, también conocida por su iniciales, ‘ENE’ ).

¿Y esto qué diantres es?

Chiste sobre la Evaluación Neutral Anticipada de la que habla Josep Gálvez en su columna.

Pues otro ADR que consiste en que las partes designan a un evaluador experto e independiente, habitualmente un juez, para que examine los puntos fuertes y débiles de las posturas de cada parte y emita su valoración en un informe.

Esta valoración es muy importante ya que permite a las partes hacer una previsión de por dónde pueden ir las cosas si el caso acaba ante un tribunal. Pero es que además, este informe será el punto de inicio de las negociaciones que lleven a un posible acuerdo, resolviendo la disputa.

Todo ello sin tener que recurrir a los tribunales, ahorrando mucho tiempo y sobre todo muchísimo dinero a los litigantes.

Hecha esta precisión vamos con Lomax.

EL CASO LOMAX V LOMAX

Viendo los apellidos de las partes, como en aquella fantástica película de 1980, “Kramer v Kramer” con Dustin Hoffman y Meryl Streeep, el caso Lomax tiene por objeto un conflicto de derecho de familia.

En concreto, un pleito que enfrenta a la viuda del difunto señor Lomax y su hijastro, del mismo linaje, bajo la Ley de Sucesiones de 1975 (‘Inheritance Act 1975’).

Lo que nos importa ahora es que la demandante, la señora Lomax se inclinó por acudir a una “Evaluación Neutral Anticipada” para tratar de llegar a un acuerdo entre las partes, pero el demandado, Lomax Jr. se opuso a la propuesta.

La sentencia Lomax será la primera piedra que marcará el camino hacia la mediación obligatoria en la jurisdicción de Inglaterra y Gales

Ya ante el tribunal y, a pesar de considerar que se trataba de un caso que “clama, de hecho grita, por una evaluación”, tras revisar las normas pertinentes y las orientación en las distintas reglas procesales aplicables, la jueza, Mrs Justice Parker, decidió que la ‘ENE’ no podía ordenarse sin el consentimiento de las partes, desestimando la pretensión de la señora Lomax.

El Lord Justice Moylan concluyó que no era necesario el consentimiento de las partes para recurrir a una ‘ENE’ dado que las normas procesales civiles, el equivalente a la Ley de Enjuiciamiento civil en España, no lo exigen

Así que nos vamos ante la ‘Court of Appeal’ para que resuelva el recurso interpuesto por la viuda.

Y aquí es cuando la cosa se pone interesante.

La decisión de primer instanciafue revocada por el Tribunal de Apelación, encabezado por Lord Justice Moylan, con la plena conformidad de Lord Justice McCombe y Lady Justice Rose.

En su sentencia, el Lord Justice Moylan concluyó que no era necesario el consentimiento de las partes para recurrir a una ‘ENE’ dado que las normas procesales civiles, el equivalente a la Ley de Enjuiciamiento civil en España, no lo exigen.

En efecto, en la decisión Lomax v Lomax [2019] EWCA Civ 1467, el Juez Moylan concluyó que, si fuera necesario requerir el consentimiento de los litigantes, se habría dispuesto expresamente en las normas procesales, lo que no sucede, como veremos.

Por tanto, exigir judicialmente el consentimiento podría llevar a una desviación de las normas procesales vigentes.

LA REGLA PROCESAL CIVIL 3.1(2)(M)

Como vemos, la cuestión se centró en las Reglas Procesales Civiles en Inglaterra y Gales, las célebres ‘CPR’, de las que tantas veces hemos hablado por aquí.

En este caso, la Regla 3.1 contiene una lista con los poderes generales que tiene un tribunal inglés para la gestión de los casos, que se suman a cualquier otra facultad que pueda tener el tribunal específico.

Y en esta lista se incluye, en el apartado 2(m), una disposición general que permite al tribunal «tomar cualquier otra medida o dictar cualquier otra orden con el fin de gestionar el caso y promover el objetivo primordial, incluida una audiencia de Evaluación Neutral Anticipada con el interés de ayudar a las partes a resolver el caso«.

Quédense ahora en el concepto “objetivo primordial” que también será importante.

En su recurso, la viuda de Lomax alegó que en el artículo de marras no había ninguna previsión que justificara la interpretación de la jueza Mrs Justice Parker, en el sentido de hacer depender la orden a acudir a una ‘ENE’ del consentimiento de las partes.

Así fue, la ‘Court of Appeal’ advirtió que, efectivamente, las reglas procesales no contemplan esa exigencia e hizo especial hincapié en recordar que el “objetivo primordial” de un tribunal es “tratar proporcionalmente los casos particulares en aras del bien común”, que es precisamente el fundamento del derecho de Inglaterra y Gales.

Es decir, del caso particular, se extrae la norma general.

Justo al revés que los sistemas continentales.

La sentencia Lomax será la primera piedra que marcará el camino hacia la mediación obligatoria en la jurisdicción de Inglaterra y Gales.

Le seguirán otras.

Pero eso ya lo veremos la semana que viene.

Hasta entonces, mis queridos anglófilos.

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