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Lo que nos prometieron a los LAJ desde el Gobierno

Lo que nos prometieron a los LAJ desde el Gobierno
El autor de esta columna, Iván Fructuoso, es LAJ y director del Servicio Común de Sabadell, Barcelona. Foto: Confilegal.
14/2/2023 06:47
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Actualizado: 14/2/2023 10:22
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En las últimas semanas hemos asistido a un enconado enfrentamiento entre los miembros del Cuerpo Superior Jurídico de Letrados y Letradas de la Administración de Justicia (en adelante LAJ) y los cargos de confianza del Ministerio de Justicia.

En primer lugar, el conflicto no se debe a nuevas demandas por parte del colectivo de LAJ sino al incumplimiento de lo ya pactado en abril por el equipo ministerial.

En efecto, el Ministerio de Justicia publicó en su página web el 4 de abril de 2022 que se “valoraba muy positivamente” vincular proporcionalmente las retribuciones de los y las LAJ a las de la carrera Judicial y Fiscal, y que “impulsará y negociará” el resto de demandas.

Días después, el Ministerio de Justicia – por escrito y en fecha 22 de abril de 2022 – reconoció una serie de mejoras retributivas y estatutarias entre las que destacan:

Negociación colectiva propia

En la actualidad, las condiciones de trabajo de los LAJ son negociadas con los sindicatos generalistas, los mismos que defienden los intereses de los funcionarios que dependen de nosotros; la especificidad de las funciones de los LAJ como directores de la oficina judicial precisa de una interlocución directa con el Ministerio de Justicia en materia de negociación colectiva.

No se trata de enfrentarse a los Sindicatos o a las personas que integran los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia, pieza fundamental en el funcionamiento de las oficinas judiciales, sino de reconocer que los intereses de unos y otros son distintos e incluso enfrentados entre sí. No se trata de luchar contra otros colectivos, sino de defender nuestros propios intereses.

Grupos de población

Los funcionarios y las funcionarias de justicia cobran un complemento de destino que varía en función del tipo de población de destino. Los Médicos y médicas forenses, así como las personas que integran los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial cobran un complemento de destino en base a tres grupos de población. Los y las LAJ, en base a cinco.

No se trata de un capricho que persiga la implantación de un régimen discriminatorio respecto al resto de personas trabajadoras en la Administración de Justicia, sino de acabar con una discriminación respecto a los y las LAJ.

Dicho de otra forma, solo por estar destinada en una población concreta, una médica forense puede cobrar un complemento de 800€ más que un LAJ. Se pide por tanto que se nos aplique el mismo régimen retributivo.

La llamada cláusula de enganche

Se trata de impulsar normativamente que los y las LAJ perciban una retribución equivalente al 85 % de la que perciben los jueces y fiscales. Se persigue frenar definitivamente una brecha que separa cada vez más las retribuciones de ambos colectivos pues, en la actualidad, las retribuciones de los y las LAJ están mucho más cerca de las que perciben los miembros del Cuerpo de Gestión Procesal.

Junto a esas tres principales reclamaciones, existen otras reconocidas en el documento del Ministerio de Justicia que tampoco han sido desarrolladas, como definir un modelo de carrera profesional, la actualización del Reglamento Orgánico, la inclusión de las peculiaridades del Cuerpo de LAJ en el régimen de riesgos laborales, etc.

De todos los compromisos del Ministerio de Justicia, solo uno ha sido cumplido y, aún y así a medias: retribuir las sustituciones voluntarias en otro órgano conforme al Real Decreto 101/2019, que fue anulado.

Esta demanda responde a la necesidad de superar un régimen que suponía el cobro de sólo 300 € por acceder a llevar el doble de trabajo (dos Juzgados), más una cantidad variable sometida a objetivos, mientras los miembros de la carrera judicial perciben una cantidad fija bastante mayor. 

Al respecto, es cierto que el Ministerio abona dichas sustituciones, pero mantiene inexplicablemente el mismo límite anual del sistema anterior, de tal forma que el aumento no tiene aplicación material. Imaginemos que una persona cobra 1.000 € mensuales en 14 pagas por un total de 14.000 € y el empresario le sube el sueldo mensual a 2.000 € pero con un límite anual de 14.000 €.

El resultado será que los primeros seis meses cobrará el doble y el resto del año no cobrará nada por haber alcanzado el límite anual.

Llegados a este punto, tras casi tres semanas de huelga e innumerables actuaciones judiciales paralizadas y suspendidas, conviene recordar que el concepto de Democracia descansa sobre el de Derecho, de tal forma que resulta inconcebible una sociedad democrática que no esté basada en el respeto a la Ley, a la norma; así, el sistema normativo no solo regula la convivencia, sino que constituye la herramienta principal e ineludible para la resolución de conflictos.

Entendemos que el Ministerio de Justicia, al poner por escrito el reconocimiento de las demandas del colectivo de LAJ, queda vinculado y obligado a su cumplimiento.

Y, si la Ley constituye el sustrato material de una organización democrática, el uso de la palabra aparece como su principal elemento formal: las personas que conviven en democracia deben hacerse oír a través de la palabra y no de la fuerza o la coacción.

El uso de la palabra debe ser en todo momento moderado, sin permitir que la vehemencia o la fortaleza de los argumentos se trasladen en forma de lenguaje agresivo, soez o intransigente con el adversario.

Es por ello que el Ministerio no puede permitirse nunca cerrar la vía del diálogo; aunque haya sido más tarde de lo debido ya se ha producido el anuncio de que el día 16 de febrero se celebrará una reunión entre el Ministerio y los representantes del colectivo de los y las LAJ.

No olvidemos que el Ministerio de Justicia forma parte de un Gobierno que ha abanderado la idea del diálogo como principal expresión de su mandato, y ha defendido su utilidad incluso con personas que en su día quebrantaron la Ley.

En resumen, incidimos en el hecho de que no pedimos mejora alguna ex nuovo, sino el cumplimiento de lo ya pactado. Imaginemos un colectivo que demande de la empresa el pago de 100 € mensuales. Imaginemos que la empresa se niega y colectivo ejerce el Derecho de huelga. 

Imaginemos que la empresa negocia y concede 50 € mensuales. Imaginemos que se compromete a ello por escrito. Imaginemos que después no los paga. Imaginemos que el colectivo vuelve a ir a la huelga para pedir el pago de lo ya acordado. Imaginemos que esa “empresa” se llama Ministerio de Justicia.

El respeto a la norma y el uso de la palabra deben ser la tónica que presida el ejercicio de funciones y cargos públicos. Entendemos que el Ministerio de Justicia debe respetar el pacto alcanzado y abrir el diálogo, como parece que hará próximamente. Lo contrario resulta inimaginable.

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