Los magistrados del TS, Susana Polo y Vicente Magro, proponen 17 medidas contra la violencia de género y doméstica

Los magistrados del TS, Susana Polo y Vicente Magro, proponen 17 medidas contra la violencia de género y doméstica

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16/2/2023 06:48
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Actualizado: 16/2/2023 09:48
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Susana Polo y Vicente Magro, ambos magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y conocidos especialistas, reputados y reconocidos, en el campo d ela violencia doméstica y de género, han elaborado 17 medidas para hacer frente a esta lacra.

Ha sido a requerimiento de la presidenta del Observatorio contra la violencia doméstica y de género, María Ángeles Carmona, y de Clara Martínez de Careaga, presidenta de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Ambas son vocales del órgano de gobierno de los jueces que colabora con el Gobierno y con otras instituciones en la generación de ideas eficaces que contribuyan a reducir el número de mujeres muertas por este tipo de violencia.

Las propuestas de los magistrados Polo y Magro son estas:

I.-Periodicidad mensual en las reuniones de coordinación de las Audiencias Provinciales en materia de violencia de género.

con el análisis de datos y situaciones producidas, sobre todo en aquellos casos donde se han producido crímenes de género y análisis del caso respecto a si había denuncias previas, orden de protección, etc. Remisión de conclusiones al CGPJ inmediatas y elaboración de informe anual sobre resultados obtenidos y conclusiones.

II.-Implantación  de la asignatura de Tolerancia Cero frente a la violencia de género y doméstica

en las escuelas desde el primer curso y en Universidades obligatoria ante la necesidad de reducir los niveles de violencia en el hogar.

III.- Constitución de una comisión de expertos

para la presentación al Ministerio de Justicia de un proyecto de reforma del CP y LECRIM que pueda mejorar la lucha contra la violencia de género y doméstica.

IV.- Elaboración de los protocolos de coordinación que cita la LO 8/2021

de protección de la infancia en su articulado para su implantación a nivel nacional sin hacerlo depender de su aplicación territorial aislada y descoordinada.

V.- Elaboración de un protocolo único de detección del riesgo tras las denuncias

para evitar situaciones como el regreso voluntario de la víctima con el agresor y que vigile el riesgo de la violencia vicaria. (policial y forense).

VI.- Traslación a las víctimas de violencia de género del posible riesgo de violencia vicaria

que pueda existir en cada caso y medidas a adoptar de protección policial.

VII.- Elaboración de folletos informativos para que puedan estar disponibles para las víctimas de violencia de género y doméstica

en dependencias policiales, oficinas de ayudas a las víctimas, juzgados, Ayuntamientos y centros sociales para mejorar la información acerca de qué debe hacer una víctima ante la violencia, dónde puede ir, explicar de forma comprensible qué reformas legales se han aprobado que protejan a las víctimas, etc Todo ello para hacer más fácil el conocimiento de las víctimas acerca de lo que debe hacer cuando lo es.

El desconocimiento de la víctima retrae la denuncia.

VIII.- Elaboración de un protocolo nacional acerca del uso de la videoconferencia para las declaraciones de víctimas

de violencia de género, doméstica y sexual para unificar criterios acerca de cómo deben declarar las víctimas por este sistema, cómo deben pedirlo  y cómo se les puede ofrecer que declaren por videoconferencia a la hora de tener que hacerlo ante un juicio.

IX.- Optimización en el uso de los psicólogos, criminólogos y trabajadores sociales en la asistencia a las víctimas

cuando denuncian, durante todo el procedimiento y cuando van a declarar en juicio oral para que puedan conocer dónde pueden acudir a pedir ayuda e información personal y psicológica para afrontar la dureza que para ellas supone el procedimiento judicial.

X.- Establecer folletos informativos de fácil acceso para las víctimas

donde se alerte del riesgo y peligro del regreso voluntario con el agresor para evitar situaciones de perdón de la víctima y vuelta con quien le ha agredido, así como acercarse voluntariamente a los agresores con orden de alejamiento, pena o medida cautelar.

XI.- Elaboración de un protocolo de información para su aplicación en las comunidades de propietarios

que secuencie cómo deben actuar los vecinos cuando conocen que en un piso de su comunidad existen casos de violencia de género, doméstica o sexual.

XII.- Introducir temas específicos en todas las oposiciones a cuerpos de cualquier Administración Pública

en relación a la violencia de género, doméstica y sexual.

XIII.- Realizar folletos informativos que informen a las víctimas de violencia de género, doméstica y sexual

cuáles son los pasos de un procedimiento judicial desde que denuncian para facilitar la denuncia inmediata por las víctimas tras haberlo sido, acentuando el dato del riesgo que supone retrasar denunciar los hechos y no pedir medidas de protección.

XIV.- Homologar programas formativos de formación continuada para los profesionales que atienden a víctimas de género, doméstica y sexual

como abogados/a, policías, atención sanitaria, etc, a fin de conseguir una mejora en la formación acerca de cómo atender a las víctimas.

XV.- Homologar un programa de atención de violencia doméstica, de género y sexual en la red sanitaria pública y privada

para la detección de estas violencias.

XVI.- Mejorar la formación continuada del profesorado tanto en la escuela como en la Universidad

acerca del tratamiento de la violencia de género, doméstica y sexual.

XVII.- Realizar encuestas nacionales acerca de cómo perciben los ciudadanos la violencia de género, doméstica y sexual,

a fin de evaluar cómo piensa la sociedad española ante estos tipos de violencia y elaborar informes tras los estudios sociológicos que se obtengan para saber el índice de mentalidad machista en la ciudadanía a raíz de las respuestas, o personas que justifican la violencia en el hogar. Todo ello, para canalizar las medidas a adoptar en base a las conclusiones.

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